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Campañas / Campaña internacional en favor de la prohibición absoluta de …
 

Yves Flückiger: Los fundamentos éticos de la prohibición absoluta de la tortura

Señora Alcaldesa de la Ciudad de Ginebra,
Señor Alto Comisionado,
Señor Presidente de la OMCT
En nombre de la Universidad de Ginebra quiero, en primer lugar, ofrecer el apoyo incondicional de la institución que tengo el honor de representar esta noche, respecto a:

  • la causa defendida desde hace tantos años y con tanta convicción por la Organización Mundial contra la Tortura; y
  • la campaña "Nada justifica la tortura, bajo ninguna circunstancia", cuyo Manifiesto ya ha sido firmado por nuestro Rector, Jean-Dominique Vassalli, en nombre de la Universidad de Ginebra.

Este compromiso es ahora más necesario que nunca para hacer frente a un nuevo cuestionamiento, por un número creciente de países, del carácter absoluto de la prohibición de la tortura. A ese respecto, cabe recordar que numerosas convenciones, declaraciones o pactos han suscrito el principio de una prohibición absoluta de la tortura en el derecho internacional. Ella está claramente formulada, entre otros, en:

  1. La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948;
  2. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966;
  3. Los Convenios de Ginebra de 1949 relativos al trato de los prisioneros de guerra;
  4. La Declaración sobre la protección de todas las personas contra la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 9 de diciembre de 1975;
  5. La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, adoptada en 1984.

A pesar de su prohibición absoluta, infortunadamente debemos constatar que la tortura no ha sido erradicada. Por el contrario, en los años recientes estamos asistiendo a un resurgimiento, si no de prácticas efectivas de tortura, en todo caso de justificaciones políticas de su empleo en determinadas condiciones.
Infortunadamente, cierto discurso tiende hoy a apoyar esta política que busca relativizar la prohibición de la tortura. Esta desviación relativista contribuye a legitimar el uso de la tortura en nombre de supuestos intereses de la comunidad, aunque ellos la circunscriban a ciertas condiciones particulares tales como la gravedad de los peligros existentes o la urgencia de las situaciones vividas.
En realidad, se trata de una visión truncada. El típico caso de la "bomba de tiempo" (torturar a un individuo para evitar que una bomba explote y mate a varias personas) es un auténtico fraude intelectual, digno del dilema planteado por Dostoievski en su famoso diálogo de los hermanos Karamazov: "imagina que tú estás construyendo el edificio del destino humano con el objeto de hacer felices a las personas y de darles la paz, pero que para eso tú debes inevitablemente torturar a un niño hasta la muerte"...
La desviación relativista constituye una visión truncada porque la prohibición de la tortura no se puede cuestionar en nombre de algún beneficio para la comunidad o para la humanidad porque ésta se fundamenta en el respeto de la dignidad de sus miembros. Ningún beneficio puede obtenerse desde que la razón de ser de la colectividad o de la humanidad sea arbitrariamente violada.
En ese ámbito, me temo que la ética no nos permite encontrar una respuesta a dicha desviación relativista. En efecto, si se adopta un enfoque weberiano, la confrontación corre el riesgo de focalizarse en torno a una ética de la convicción que justifica la prohibición absoluta de la tortura, y a una ética de la responsabilidad, que a su vez tiende a aproximarse a una visión relativa de la prohibición.
Por tanto, conviene reiterar el predominio del derecho internacional para asegurar claramente el carácter absoluto de la prohibición de la tortura, que constituye una norma imperativa de derecho internacional que tiene, en caso necesario, un valor superior a un tratado o a cualquier otra reserva.
Los derechos humanos fueron puestos en marcha justamente para evitar argumentos como el de una posición relativista frente a la tortura, para evitar que sean objeto de cálculos utilitarios y para impedir que el bien común justifique la violación de los derechos del individuo.
Están pensados como valores inalienables para que nadie esté en condición de juzgarlos, de evaluarlos o de contextualizarlos.
La Universidad de Ginebra está convencida de que el mundo académico puede y debe contribuir a fortalecer la visión de la prohibición absoluta de la tortura. El mundo académico debe hacerlo a través de la investigación y la formación:

  • Desarrollando programas en el campo de los derechos humanos,
  • Garantizando la formación de futuros jueces, abogados y personas responsables de su aplicación.

Esa es, en particular, la misión que la Universidad de Ginebra desea asumir para situar a los derechos humanos en el centro de sus preocupaciones, como principio inalienable e indiscutible.
La elaboración de convenciones y otros instrumentos internacionales constituye ciertamente un paso decisivo, pero no suficiente, para que esas reglas sean universalmente aceptadas y para que todos los Estados las apliquen. Como anotara Thomas Masaryk "incluso el mejor derecho debe ser defendido activamente, para que no siga siendo letra muerta".
La Universidad de Ginebra hace suya esta máxima.
Gracias por su atención.



Yves Flückiger

Yves Flückiger

El Manifiesto

El Manifiesto "Ninguna circunstancia permite tolerar la tortura" también fue firmado, por correo electrónico, por varios ganadores del Premio Nobel. Consulte el Manifiesto para ver los Premios Nobel. [...]
 

Discursos

Intervenciones hechas por los oradores durante la ceremonia del 23 de junio de 2010

  • Yves Berthelot
    Presidente de la OMCT
  • Sandrine Salerno
    Alcaldesa de la ciudad de Ginebra
  • Yves Flückiger
    Vicerrector de la Universidad de Ginebra
  • Eric Sottas
    Secretario General de la OMCT
  • Aminata Dieye
    Miembro del Consejo Ejecutivo de la OMCT
  • Kofi Annan
    Premio Nobel de la Paz

Firmas

Firmas en ésta fecha: 2361



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