Perú
30.04.08
Intervenciones urgentes

Campaña de difamación en contra de la APRODEH y su Presidente, el Dr. Francisco Soberón

Carta Abierta al Doctor Alan García, Presidente de la República del Perú

Paris-Ginebra, 30 de abril de 2008

Re: Campaña de difamación en contra de la Asociación Peruana de Derechos Humanos (APRODEH) y en particular contra su Presidente, el Dr. Francisco Soberón.

Su Excelencia,

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), desea expresar su seria preocupación por la campaña de difamación que se está llevando a cabo en contra del Dr. Francisco Soberón, Presidente de la Asociación Peruana de Derechos Humanos (APRODEH).

El Observatorio ha recibido con preocupación informaciones según las cuales se ha desatado una peligrosa campaña mediática contra la persona de Francisco Soberón, después del voto negativo de la Eurocámara sobre la enmienda que tenía por objeto integrar al Movimiento Revolucionario Tupac Amarú (MRTA) a la lista de organizaciones terroristas[1]. APRODEH había dirigido al Parlamento Europeo una carta, co-firmada por el Sr. Miguel Jugo, Director ejecutivo de la APRODEH, para pedir que no se aceptara esta enmienda, reiterando la condena a todos los actos de terrorismo y a los crímenes que cometiera el MRTA, pero resaltando que dicha organización fue desarticulada hace más de ocho años, que sus principales dirigentes se encuentran en prisión y que dicha iniciativa se enmarca en un contexto de represión a la protesta social que su gobierno quiere asociar al terrorismo, generando de paso una cobertura que se preste para generar impunidad para los crímenes por los que hoy se investiga y juzga al ex dictador Alberto Fujimori.

El Observatorio recuerda que usted mismo, Sr. Presidente, trató al Dr. Soberón, eminente defensor de los derechos humanos, de “traidor a la patria” y que varios artículos de prensa recientemente publicados apuntaron a desacreditar el trabajo del Dr. Soberón- y, por ende, el de la APRODEH además de que los principales periódicos del Perú se hicieron eco de estos ataques y descalificaciones.

El Observatorio respalda la opinión de la APRODEH de que no era necesario incluir en la lista de organizaciones terroristas al MRTA, no porque no condene todas las expresiones del terrorismo, sino porque, y se constata de nuevo ahora, las autoridades de su país han tratado como terrorista cualquier forma de protesta social, y los fujimoristas aprovechan la ocasión para descalificar una vez más la defensa de los derechos humanos, buscando la impunidad para los crímenes que cometiera su líder.

El Observatorio vuelve a señalar que la APRODEH goza de un reconocido prestigio a nivel internacional. En la representación de las víctimas de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante el régimen del ex presidente Fujimori fue la primera en actuar ante los tribunales para exigir justicia, luego para solicitar su extradición y sigue actuando como parte civil en las causas penales abiertas contra Alberto Fujimori.

Señor Presidente, el Observatorio condena con firmeza la campaña de difamación fomentada, y encabezada por Usted, y le insta a que rectifique públicamente estos señalamientos y a que se tomen las medidas más adecuadas para que se garantice la seguridad e integridad personal del Sr. Francisco Soberón, del Sr. Miguel Jugo y de todos los demás miembros de APRODEH.

El Observatorio insiste en la necesidad de garantizar el derecho a la libertad de promover la protección y realización de los derechos humanos, y a cumplir con su compromiso de proteger a los defensores de derechos humanos tal como está previsto en la Declaración sobre los Defensores de Derechos Humanos adoptada por las Naciones Unidas el 9 de diciembre de 1998, así como en los artículos 6 y 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y 4 y 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), así como la necesidad que se asegure la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente a la protección del derecho de toda persona “individual o colectivo, de promover la protección y el respeto de los derechos humanos, de las libertades fundamentales, tanto en el plano nacional como internacional y a esforzarse por ellos” (Art.1), así como en lo relativo al deber del Estado de garantizar “la protección de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia o represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración” (art.12.2).

Señor Presidente, confiando en su compromiso con los derechos humanos, agradeciendo su atención a la presente y esperando que adopte de inmediato las medidas más oportunas, nos suscribimos de usted muy respetuosamente,

Souhayr Belhassen
Presidente de la FIDH Eric SOTTAS
Secretario General de la OMCT

1] El Observatorio ha conocido además que coincidencialmente, el 28 de abril de 2008, luego del apoyo de APRODEH a la posición de la Eurocámara respecto del MRTA, el Poder Ejecutivo Peruano, a través de un decreto supremo firmado por el Ministerio de Justicia en cabeza de la Sra. Rosario Fernández, retiró del Consejo Nacional de Derechos Humanos (CNDH) - un organismo dependiente del Ministerio de Justicia - a APRODEH y a otras 63 ONG que integran la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos.

El motivo esgrimido por el Ministerio de Justicia para retirar a la Coordinadora Nacional de DD.HH. es que los miembros de las ONG -según el mencionado decreto- no son funcionarios y, por lo tanto, no están obligados a guardar reserva de los asuntos que se tocan al interior del Consejo CNDH. Sin embargo, la mencionada ministra habría declarado que las ONG de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos "tienen un conflicto de intereses que colisiona con la posición del Estado en temas de derechos humanos". Por otra parte y en relación con este decreto, las otras dos entidades que funcionaban como observadoras -la Conferencia Episcopal Peruana y el Concilio Nacional Evangélico del Perú- ya no tienen esa calidad y tampoco pueden acreditar un representante de enlace con ese ministerio.