Perú
02.11.16
Intervenciones urgentes

Hostigamiento judicial contra 15 ronderos a través de dos procesos penales

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LLAMADO URGENTE - EL OBSERVATORIO

PER 002 / 1116 / OBS 090

Hostigamientojudicial

Perú

2 de noviembre de2016

ElObservatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programaconjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH,solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Perú.

Descripciónde la situación:

El Observatorio ha recibido congrave preocupación información de fuentes fidedignas sobre elhostigamiento judicial contra 13[1]ronderos[2]de Yagén (Departamento de Cajamarca), incluyendo a los Sres. Elmer Saldaña y Wilson Rojas Díaz, respectivamente Presidente y Vicepresidente delFrente de Defensa de Yagén, así como contra los también dirigentes ronderos,los Sres. AbsalónMartos Velásquez y SegundoNazario Chavez Tirado. Estos dos procesos penales se producen en el contexto de laoposición por parte de comunidades locales a la construcción de 20 centraleshidroeléctricas a lo largo del río Marañón, lo cual implicaría la destrucciónde la biodiversidad de la zona -la región hídrica más importante de la Amazoníaperuana- así como la inundación de siete mil kilómetros cuadrados condenando alas poblaciones indígenas de la región al desplazamiento forzado y a ladestrucción de su modo de vida.

Según lasinformaciones recibidas, el 3 de noviembre de 2016 a las 11am, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Cajamarcacomienza el juicio en primera instancia contra los 13 defensores bajo laacusación de secuestro, a raíz de una intervención realizada por la rondacampesina en junio de 2014 contra un grupo de trabajadores de la empresabrasileña Odebrecht, que pretende construir la hidroeléctrica Chadín II en elrío Marañón La fiscalía solicita 30 años de prisióny 32.000 soles (aproximadamente 8700 euros) de reparación[3]. .

A raíz deesta intervención 19 ronderos fueron denunciados de los cuales 13 enfrentan unriesgo inminente de cárcel, pero permanencen en libertad a la espera de juicio,mientras que otros seis defensores fueron retirados del proceso durante lainvestigación, incluyendo al Sr. HitlerRojas con motivo de su asesinato.

ElObservatorio recuerda que el Sr Hitler Rojas fue posteriormente asesinado el 28de diciembre de 2015 tras ser atacado por cuatro agresores que le propinaronocho disparos.Uno de los autores materiales fue condenado a 20 años de prisión mientras quelos otros autores materiales y mediatos permanecen en la impunidad. El Sr.Rojas era un prominente defensor de derechos humanos y líder campesino, vicepresidentedel Frente de Defensa del Yagén y presidente de la Central Única Nacional deRondas Campesinas del Perú (CUNARC), que acababa de ser elegido alcalde delcentro poblado de Yagén y encebezaba en esa localidad la defensa del Marañón.

Además, el4 de noviembre de 2016 a las 9 a.m. la Sala de Apelaciones de Cajamarcarevisará en segunda instancia la sentencia condenatoria contralos dirigentes ronderos, los Sres. Absalón MartosVelásquez y Segundo Nazario Chavez Tirado. El 25 de octubre de 2016, el JuzgadoPenal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Cajamarca les condenó arbitrariamente por el delito de“coacción”. Los Sres. Martos Velásquez y Chavez Tirado rechazan la construcciónde la hidroeléctrica Río Grande I también en el río Marañón y también impulsadapor la empresa brasileña Odebredtch en la zona de Oxamarca (Celendín). Losdefensores fueron sentenciados a un año de prisión efectiva y al pago de 4000soles (aproximadamente 1087 euros) de reparación civil[4].

La condenase origina en una intervención realizada el 20 de junio del 2014 por la ronda campesina de Quillamachay parainvestigar una denuncia de tráfico de tierras en zonas aledañas al río,operación que estaría dirigida a facilitar la construcción de lahidroeléctrica. Como parte de su investigación, la ronda campesina detuvo acuatro personas durante ocho horas, al término de las cuales tanto losintervenidos como la Policía acreditaron que no se registró ningún tipo deagresión física.

ElObservatorio recuerda que los procesos judiciales contra los defensores dederechos humanos del Marañón son arbitrarios porque desconocen que las rondascampesinas tienen facultades jurisdiccionales conforme al artículo 149 de laConstitución Política del Perú. Por lo tanto, cuando en el ejercicio de susfunciones las rondas intervienen a personas para investigarlas o sancionarlasno están cometiendo secuestro ni ningún otro delito, según lo precisa elAcuerdo Plenario 1-2009 sobre rondas y derecho penal[5].

ElObservatorio condena enérgicamente el hostigamiento judicial en contra de estos15 defensores de derechos humanos que parecen formar parte de un patrón de usoindebido del derecho penal en contra de las legítimas actividades en defensa delos derechos humanos por parte de los defensores del derecho a la tierra enPerú, y concretamente, en el caso de los defensores del Río Marañón. Por todolo anterior, el Observatorio insta a las autoridades peruanas a absolver a lostrece defensores de Yagén y a revisar y revocar la condena en primera instanciaen contra de los Sres. Absalón Martos Velásquez y SegundoNazario Chavez Tirado.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de Perúinstándolas a:

  1. Promover la absolución de los 15 ronderos acusados , ya que actuaron en el marco de las funciones jurisdiccionales reconocidas por el artículo 149 de la Constitución de Perú;

  1. Garantizar que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento, incluyendo el hostigamiento judicial, en contra de los defensores de derechos humanos que trabajan en defensa del Río Marañón, así como en general, en contra de todos los defensores y defensoras de derechos humanos en Perú;

  1. Proporcionar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los ronderos e indígenas de la amazonía peruana, y en general la de todos los defensores de derechos humanos en Perú;

  1. Emitir una directiva dirigida a todos los funcionarios públicos, incluyendo todos los órganos jurisdiccionales competentes, para asegurar el respeto del Artículo 149 de la Constitución y el Acuerdo Plenario 1-2009 sobre rondas y derecho penal, así como el Convenio 169 de la OIT, para asegurar que se ponga fin al uso indebido del derecho penal en contra de defensores y defensoras de derechos humanos en Perú;

  1. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998;

vi. Demanera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertadesfundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales dederechos humanos ratificadas por Perú.

Direcciones:

· Sr. Presidente Pedro Pablo Kuczynski, Presidente de laRepública del Perú. E-mail: secretariageneral@presidencia.gob.pe;

· Sr. Carlos Basombrío, Ministro del Interior de laRepública del Perú. E-mail: dm@mininter.gob.pe;

· Sra. María SoledadPérez Tello, Ministra de Justicia y Derechos Humanos de la República del Perú.E-mail: mperez@minjus.gob.pe, webmaster@minjus.gob.pe;

· Sr. Pablo SánchezVelarde, Fiscal de la Nación. E-mail: psanchez@mpfn.gob.pe;

· Dr. Luis FernandoMeza Farfán, Coordinador de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y JusticiaIndígena. E-mail: onajup@pj.gob.pe;

· Dr. VíctorLucas Ticona Postigo, Presidente del Poder Judicial. E-mail: vticona@pj.gob.pe;

· S. E. Sr. Luis EnriqueChávez Basagoitia, Embajador, Misión Permanente del Perú ante la Oficina de lasNaciones Unidas en Ginebra. E-mail: misionperu@onuperu.org;

· S. E. Sra. CristinaMaría del Rosario Ronquillo de Blödorn​, Embajadora del Perú en el Reino deBélgica. E-mail: info@embaperu.be;

· S. E. Ana Rosa MaríaValdivieso Santa María, Embajadora del Perú ante la Organización de los EstadosAmericanos. E-mail: peru@oas.org;

Porfavor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de Perú en susrespectivos países.

***

Ginebra-Paris,2 de noviembre de 2016

Agradecemosque nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de estellamado en su respuesta.

ElObservatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (elObservatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contrala Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir oremediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensorasde los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu,el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanosimplementado por sociedad civil internacional.

Paracontactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:

  • E-mail: Appeals@fidh-omct.org
  • Tel. y fax: OMCT : + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
  • Tel. y fax: FIDH : + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80


[1] Los otros denunciados son SantosHuamán Julca (teniente alcalde de la Municipalidad distrital de Cortegana),Eladio Julca Julca, Nelans Hamilton Rojas Gonzales, Pedro Chavez Marín, RubénMicha García, William Quelcin Calla Rojas, Wilson Rojas Díaz (Vicepresidentedel Frente de Defensa), Richard Mayta Julca, Vicente Huamán Julca, Luis EliseoDávila Julca, Jesús Reynerio Mayta Bustamante y Jose Edil Human Micha.

[2] Las RondasCampesinas son organizaciones comunales surgidas en las zonas rurales de Perúen los años 70 en respuesta a la carencia de protección de las zonas ruralespor parte del Estado. Son organizaciones autónomas diseñadas para la protecciónde derechos humanos en zonas rurales reguladas por la Ley nº 27908 en la que sereconoce el derecho de las rondas a participar en la vida política del país, sucapacidad conciliadora y su apoyo general a la administración de justicia.

[3] Exp.760- 2016 Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio- SP.

[4] Exp.1148- 2015 Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio- SP.

[5] Disponibleen: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/06089c804075b990b629f699ab657107/ACUERDO_PLENARIO_01-2009-CJ-116_301209.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=06089c804075b990b629f699ab657107.