México
11.02.22
Intervenciones urgentes

México: Los concejales José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza ya son libres

LLAMADO URGENTE - EL OBSERVATORIO
    Nuevas informaciones
    MEX 004 / 0221 / OBS 016.4
    Liberación
    México

    11 de febrero de 2022

    El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, ha recibido nueva información y solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en México.

    Nuevas informaciones:

    El Observatorio ha recibido información sobre la puesta en libertad de los concejales José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza, autoridades del Concejo Ciudadano Indígena de Nahuatzen (CCIN)[1], detenidos de manera arbitraria durante más de tres años en represalia por su defensa del territorio y de los derechos de los pueblos indígenas de su comunidad, en el estado de Michoacán.

    El 9 de febrero de 2022, las y los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalaron por unanimidad el proyecto del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo que revoca la sentencia y ordena la liberación inmediata y absoluta de José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza, tras otorgarles el amparo directo interpuesto por ambos defensores ante la SCJN en diciembre de 2020. Los dos defensores fueron puestos en libertad el mismo día, unas horas después de la orden emitida por la Primera Sala de la SCJN.

    El Observatorio recuerda que José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza, tras casi un año de prisión preventiva, fueron condenados el 8 de noviembre de 2019 a siete años de cárcel por el delito de “sabotaje” en perjuicio del Ayuntamiento de Nahuatzen, Michoacán. Se acusó a los dos defensores de, supuestamente, liderar un grupo de entre 60 y 70 personas que habría ocasionado disturbios en el Ayuntamiento de Nahuatzen el 1 de noviembre de 2018, disparando armas largas de fuego, amenazando a funcionarios municipales y robando dos vehículos, a pesar de que, según sus representantes legales, ninguno de los dos se encontraba en el lugar de los hechos.

    A lo largo del proceso judicial en contra de los dos defensores se produjeron numerosas irregularidades, incluyendo la aceptación de pruebas sin sustento, la ausencia de investigación de presuntos malos tratos durante el arresto o la omisión de la calidad jurídica de los Sres. concejales Arreola y Jiménez en tanto que indígenas y autoridades tradicionales de gobierno.

    En este sentido, el veredicto de la Primera Sala de la SCJN del 9 de febrero de 2022 subraya que, a lo largo del proceso judicial, no se probó uno de los elementos establecidos por la ley para acreditar que José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza cometieron el delito de sabotaje. Además, la SCJN reconoce la necesidad de aplicar una perspectiva intercultural a todo proceso penal que involucre a una persona indígena con el fin de garantizar su acceso pleno a la jurisdicción del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    El Observatorio acoge con satisfacción la resolución de la Primera Sala de la SCJN, pero recuerda que José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza nunca deberían haber sido detenidos, procesados y sentenciados por defender de manera pacífica y legítima los derechos humanos de los pueblos indígenas. Asimismo, el Observatorio recuerda que el CCIN fue incorporado al Mecanismo de Protección de Defensores de Derechos Humanos y Periodistas en octubre de 2019 bajo un contexto de hostigamiento, intimidaciones y difamación en su contra por su defensa de los derechos de los pueblos indígenas.

    El Observatorio urge a las autoridades estatales y federales mexicanas a investigar de manera inmediata e imparcial los presuntos malos tratos y actos de tortura ejercidos en contra de José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza, y a otorgarles medidas de reparación integral por las violaciones de derechos humanos cometidas en su contra.

    Asimismo, el Observatorio hace un llamado a las autoridades a tomar las medidas necesarias para garantizar el derecho a defender los derechos humanos de los pueblos indígenas, incluyendo la implementación de medidas que aseguren la seguridad y la integridad física y psicológica de quienes defienden los derechos humanos, y poniendo fin a la criminalización en su contra.

    Acción solicitada:

    Por favor, escriban a las autoridades de México urgiéndolas a:

    i. Llevar a cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a los presuntos malos tratos en contra de José Antonio Arreola Jiménez y José Luis Jiménez Meza arriba mencionados, con el fin de identificar a los responsables aplicando las sanciones penales previstas por la ley;

    ii. Poner fin a todo tipo de hostigamiento, incluido a nivel judicial, contra el Consejo Ciudadano Indígena de Nahuatzen, las personas defensoras de los derechos indígenas, así como que en contra de todas las personas defensoras de derechos humanos en el país;

    iii. Incluir como tema central en la agenda de derechos humanos del gobierno federal el establecimiento de una política integral de garantías para el ejercicio del derecho a defender derechos humanos en México, con amplia participación de la sociedad civil.

    Direcciones:

    • Sr. Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Twitter: @lopezobrador_
    • Sr. Alejandro Encinas Rodríguez, Subsecretario de Derechos Humanos y Población, Secretaría de Gobernación (SEGOB). E-mail: ajencinas@segob.gob.mx
    • Sra. Martha Delgado Peralta, Subsecretaria Para Asuntos Multilaterales Y Derechos Humanos, Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). E-mail: mdelgadop@sre.gob.mx
    • Sr. Rafael Coello, Secretario General de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. E-mail: rcoelloc@mail.scjn.gob.mx
    • Sra. Embajadora Socorro Flores Liera, Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas en Ginebra. E-mail: / sflores@sre.gob.mx
    • Sr. Embajador Mauricio Escanero Figueroa, Misión de México ante la Unión Europea y Embajada de México ante el Reino de Bélgica y el Ducado de Luxemburgo. E-mail: embamex@embamex.eu / hacosta@sre.gob.mx
    • Sra. Embajadora Luz Elena Baños Rivas, Misión Permanente de México ante la Organización de los Estados Americanos. E-mail: mexico.oea@sre.gob.mx
    • Rafael Coello, Secretario General de Acuerdos de la SCJN. E-mail: rcoelloc@mail.scjn.gob.mx

    Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de México en sus respectivos países.

    ***

    Ginebra-París, 11 de febrero de 2022

    Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

    El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

    Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:

    • Tel. OMCT: + 41 22 809 49 39
    • Tel. FIDH: + 33 1 43 55 25 18


    [1] El CCIN es un órgano de gobierno autónomo comunitario, conformado en 2015, y reconocido legalmente como autoridad indígena en 2017 por el Estado mexicano, a través de sentencias judiciales emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán y confirmadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.