Colombia
17.10.06
Intervenciones urgentes
Admisibilidad del caso CCAJAR a la CIDH
COLOMBIA: Admisibilidad del caso CCAJAR a la CIDH
París - Ginebra, 17 de octubre de 2006. El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), se alegra de la emisión, el 10 octubre 2006, de un Informe de admisibilidad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el marco de un caso sobre alegaciones por la responsabilidad internacional del Estado colombiano por los ataques, actos de intimidación y hostigamiento y amenazas de que han sido víctimas los miembros de la Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo" (CCAJAR).
El Observatorio acoge con satifación la emisión del Informe de admisibilidad (No. 55/06) en el marco del caso 12.380 referido a una petición presentada por la CCAJAR el 19 de abril de 2001 frente a la CIDH, sobre alegaciones por la responsabilidad internacional del Estado colombiano por los asesinatos, ataques, amenazas y actos de intimidación y hostigamiento de que han sido víctimas sus miembros desde 1990.
Este caso se enmarca dentro de un contexto de vulnerabilidad generalizado en el que se encuentran defensores y defensoras de derechos humanos en Colombia, documentado por diferentes organismos intergubernamentales y no gubernamentales a nivel internacional de protección y defensa de los derechos humanos, entre ellos, la CIDH y el ONU.
La decisión de la CIDH, señala que el caso es admisible, al reunir los requisitos establecidos por la Convención Americana de Derechos Humanos para que la CIDH pueda conocer de una petición por violación a los derechos humanos. De acuerdo con el Informe, el caso estaría exceptuado del agotamiento de recursos internos, en tanto que el Estado colombiano "no ha justificado, siendo su obligación procesal, el por qué a la fecha, ninguna persona ha sido vinculada a las varias investigaciones abiertas, ni cuáles han sido las medidas concretas que ha adoptado para el esclarecimiento de los hechos".
A partir de este Informe, se inicia la etapa de fondo, en la que la CIDH deberá decidir si el Estado colombiano es responsable internacionalmente por la violación a los derechos a la vida, integridad personal, garantías judiciales, derecho de asociación, libertad de expresión, honra y dignidad y derecho de libre circulación y residencia, en conexidad con la obligación general del Estado de respetar y garantizar los derechos garantizados en la Convención Americana de Derechos Humanos, en perjuicio de todas y todos los integrantes y trabajadores de la CCAJAR.
El Observatorio, que no ha parado de denunciar la situación de violencia y de grave inseguridad en la cual viven los miembros de la CCAJAR (Ver informes anuales del Observatorio de 1998 hasta 2005), se alegra de la decisión de la CIDH, esperando que esta decisión contribuirá a poner fin a esta situación lo mas pronto posible.
Contactos prensa:
FIDH : Gaël Grilhot : +33 1 43 55 25 18
OMCT : Eric Sottas : +41 22 809 49 39
París - Ginebra, 17 de octubre de 2006. El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), se alegra de la emisión, el 10 octubre 2006, de un Informe de admisibilidad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el marco de un caso sobre alegaciones por la responsabilidad internacional del Estado colombiano por los ataques, actos de intimidación y hostigamiento y amenazas de que han sido víctimas los miembros de la Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo" (CCAJAR).
El Observatorio acoge con satifación la emisión del Informe de admisibilidad (No. 55/06) en el marco del caso 12.380 referido a una petición presentada por la CCAJAR el 19 de abril de 2001 frente a la CIDH, sobre alegaciones por la responsabilidad internacional del Estado colombiano por los asesinatos, ataques, amenazas y actos de intimidación y hostigamiento de que han sido víctimas sus miembros desde 1990.
Este caso se enmarca dentro de un contexto de vulnerabilidad generalizado en el que se encuentran defensores y defensoras de derechos humanos en Colombia, documentado por diferentes organismos intergubernamentales y no gubernamentales a nivel internacional de protección y defensa de los derechos humanos, entre ellos, la CIDH y el ONU.
La decisión de la CIDH, señala que el caso es admisible, al reunir los requisitos establecidos por la Convención Americana de Derechos Humanos para que la CIDH pueda conocer de una petición por violación a los derechos humanos. De acuerdo con el Informe, el caso estaría exceptuado del agotamiento de recursos internos, en tanto que el Estado colombiano "no ha justificado, siendo su obligación procesal, el por qué a la fecha, ninguna persona ha sido vinculada a las varias investigaciones abiertas, ni cuáles han sido las medidas concretas que ha adoptado para el esclarecimiento de los hechos".
A partir de este Informe, se inicia la etapa de fondo, en la que la CIDH deberá decidir si el Estado colombiano es responsable internacionalmente por la violación a los derechos a la vida, integridad personal, garantías judiciales, derecho de asociación, libertad de expresión, honra y dignidad y derecho de libre circulación y residencia, en conexidad con la obligación general del Estado de respetar y garantizar los derechos garantizados en la Convención Americana de Derechos Humanos, en perjuicio de todas y todos los integrantes y trabajadores de la CCAJAR.
El Observatorio, que no ha parado de denunciar la situación de violencia y de grave inseguridad en la cual viven los miembros de la CCAJAR (Ver informes anuales del Observatorio de 1998 hasta 2005), se alegra de la decisión de la CIDH, esperando que esta decisión contribuirá a poner fin a esta situación lo mas pronto posible.
Contactos prensa:
FIDH : Gaël Grilhot : +33 1 43 55 25 18
OMCT : Eric Sottas : +41 22 809 49 39