Colombia
02.09.02
Intervenciones urgentes

Colombia: Carta abierta al Presidente sobre la Corte Penal Internaciona

Organización Mundial Contra la TorturaP.O. Box 21- 8, rue du Vieux BillardCH 1211 Ginebra 8, SuizaTel.: (+0041 22) 809 49 39 / Fax.: (+0041 22) 809 49 29E-mail: omct@omct.org / Internet: www.omct.org CARTA ABIERTA AL Sr. ALVARO URIBE VELEZ PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Ref: Corte Penal Internacional Ginebra, 2 de septiembre del 2002 Estimado Sr. Presidente: El Secretariado Internacional de la OMCT desea manifestar su preocupación frente al hecho que el gobierno de Colombia suscriba un acuerdo bilateral propuesto por los Estados Unidos, por medio del cual ningún nacional de dicho país pueda ser llevado ante la Corte Penal Internacional (CPI) en caso de cometer, en territorio colombiano, un delito de competencia del mencionado tribunal. El Secretariado Internacional de la OMCT manifiesta su clara oposición a que Colombia suscriba el mencionado acuerdo propuesto por los Estados Unidos ya que esto implicaría ir en contra de la integridad de la Corte Penal Internacional, cuyo establecimiento fue el resultado de un largo proceso, llevado a cabo con el objetivo de que los crímenes más graves no queden en la impunidad. La OMCT subraya que el artículo 98 del Estatuto de Roma otorga a los Estados Partes la prioridad para la investigacion y procesamiento, de manera que sean los gobiernos quienes tengan la oportunidad de actuar cuando alguno de sus ciudadanos sea acusado de haber cometido un delito de competencia de la CPI, por tanto un Estado que coopera con la Corte no puede entregar a un Estado que no es parte a un nacional de este último, que sea sospechoso de haber cometido un crimen de competencia de la CPI, ya que de esta manera estaría favoreciendo la impunidad frente a la competencia de la CPI, y se desconocería el objeto mismo del instrumento y las obligaciones contraidas en virtud de este. La OMCT recuerda que de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados, un tratado deberá interpretarse de buena fe y teniendo en cuenta su objeto y fin, que en este caso es el de que ninguno de los delitos extremamente graves incluidos en la competencia de la CPI quede en la impunidad. Por tanto, la OMCT considera que la propuesta de celebrar un acuerdo entre Colombia y Estados Unidos, en virtud del cual los nacionales de ese país que cometan crímenes de competencia de la CPI no sean sometidos a esta, atenta contra el objeto y fin del Estatuto de Roma, ya que, además, la idea misma de lo que es la justicia exige que todas las personas sean iguales ante la ley. La OMCT considera muy importante tener en cuenta también que la situacion de los derechos humanos y del derecho humanitario en Colombia es muy grave, y que las violaciones de los derechos humanos en su gran mayoría permanecen en la impunidad, por lo que no se puede autorizar a ninguna persona, de ninguna nacionalidad, para que cometa graves crímenes o crímenes de guerra o de lesa humanidad, por lo cual, la firma de un acuerdo como el arriba mencionado constituiría una seria contradicción con el espíritu democrático del gobierno colombiano para cumplir con sus obligaciones internacionales, manifestado claramente el 5 de junio pasado, al ratificar su adhesión a la Corte Penal Internacional. Sr. Presidente, el Secretariado Internacional de la OMCT, teniendo en cuenta todas estas consideraciones, pide que Su Excelencia tome las medidas necesarias con el fin de que Colombia no suscriba el acuerdo bilateral propuesto por los Estados Unidos respecto a la Corte Penal Internacional (CPI). Agradeciéndole de antemano la atención que pueda prestar a la presente nos suscribimos de Su Excelencia, Atentamente, Eric Sottas Director Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT)