Guatemala
14.02.20
Intervenciones urgentes

El Congreso restringe la libertad de asociación - Presidente Giammattei debe vetar el Decreto

COMUNICADO DE PRENSA - EL OBSERVATORIO

Ginebra-Paris, 14 de febrero de 2020 – Con la aprobación del Decreto4-2020 el Congreso guatemalteco ha establecido peligrosas limitaciones a lalibertad de asociación evidenciando que mantiene la ofensiva contra el Estadode derecho iniciada durante la anterior legislatura, denunció el Observatoriopara la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (OMCT-FIDH).

El nuevo artículo 15, modificado por el Decreto 4-2020, debido a lavaguedad de su redactado, otorga una grave discrecionalidad en la posibledisolución de ONGs que actúen fuera del orden público. A su vez, el mismoartículo también autoriza la criminalización de las y los integrantes y deaquellas ONG que utilicen financiamiento externo "para realizaractividades que alteren el orden público en el territorio nacional".

Estas medidas confirman lo establecido en el textode la iniciativa 5257 inicialmente presentada en 2017 que ya establecíalimitaciones y nuevos obstáculos para la labor que desarrollan las ONG[1].De igual forma, es alarmante como el artículo 16 establece que existirá unproceso de cancelación como ONG cuyo recurso de revocatoria será resuelto porel Ministerio de Gobernación (o por el órgano ejecutivo) y no por un recurso oinstancia judicial, prueba de imparcialidad y derecho al debido proceso.

Además, es importante señalar que, tal y como habíasido denunciado por la sociedad civil incluido un informe de la FIDH en 2019[2],las ONG tendrán la obligación de informar de la recepción de fondos delextranjero, identificando la cantidad recibida, el origen de los mismos y sufinalidad. Atendiendo al nivel de dependencia de las organizaciones nacionalesrespecto de los recursos internacionales y a que las acusaciones de vigilanciay espionaje a las personas y organizaciones defensoras de derechos humanos hansido una constante en Guatemala, esta medida parece una forma de más controlara las organizaciones y de obstaculizar el ejercicio de los derechos a lalibertad de expresión y de asociación[3], estas trabas para el financiamientointernacional de las ONG son además contrarías a los estándares internacionalesen términos de libertad de asociación.

Este decreto aprobado, retoma el texto de la iniciativa 5257 del año 2017 que yahabía generado gran preocupación y alarma por parte de organizaciones dederechos humanos, de la sociedad civil a nivel nacional e internacional y de laAlta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos[4],así como del Parlamento Europeo[5].A pesar de esto, resulta condenable que su aprobación además ocurriera sin seranteriormente agendada o prevista en el orden del día de la legislatura yproducida en el contexto de un debate sobre la situación de emergencia delCoronavirus.

El Observatorio recuerda que la anterior legislaturadel Congreso guatemalteco y el accionar del ejecutivo presidido por JimmyMorales se caracterizaron por una serie de medidas regresivas para los derechoshumanos incluyendo intentos claros de perjudicar la lucha contra la impunidad yla corrupción que cristalizaron, entre otras medidas, en la no renovación delmandato de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG),así como en acciones contra la Corte de constitucionalidad y contra otrosoperadores de justicia. La agenda de leyes regresivas como la Ley de ONG o laconocida como Ley de Amnistía, así como el aumento de agresiones contra laspersonas y organizaciones defensoras de derechos humanos también caracterizaronel periodo anterior.

Por todo lo anterior, el Observatorio considera queel nuevo Presidente Alejandro Giammattei se enfrenta a una primera de fuego enla que tiene la oportunidad de demostrar su compromiso con los derechos humanosy el Estado de Derecho a través del ejercicio de su derecho al veto presidencialpara devolver al Congreso la Ley de ONG por ser contraria a los estándaresinternacionales en materia de derechos humanos.

ElObservatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (elObservatorio) es un programa creado en 1997 por la FIDH y la OrganizaciónMundial Contra la Tortura (OMCT) y tiene por objetivo intervenir para preveniro remediar situaciones concretas de represión contra los defensores ydefensoras de los derechos humanos. FIDH y OMCT son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la UniónEuropea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civilinternacional.

Para obtener más información, por favor contactencon:

· OMCT:Miguel Martín / Delphine Reculeau: (+41) 22 809 49 39

· FIDH:Samuel Hanryon: + 33 6 72 28 42 94 / José Carlos Thissen: + 51 95 41 31 650


[1] Para un análisis más detallado véase por ejemplo Comunicado de Prensa delObservatorio (OMCT-FIDH) de 13 de febrero de 2019, Guatemala: No a laaprobación de la iniciativa 5257 por amenazar la libertad de asociación,disponible aquí: https://www.omct.org/es/human-rights-defenders/urgent-interventions/guatemala/2019/02/d25241/

[2] Véase por ejemplo, InformeFIDH, 2019 https://www.fidh.org/IMG/pdf/424112108-guatemala-justicia-y-estado-de-derecho-en-la-encrucijada.pdf

[3] Véase Informe de AmnistíaInternacional, "Leyes concebidas para silenciar: ataque mundial a lasorganizaciones de la sociedad civil valiente”, 2019. Disponible en: https://www.amnesty.org/download/Documents/ACT3096472019SPANISH.PDF.Véase también Informe Anual 2013 del Observatorio (OMCT-FIDH),"Violaciones del derecho de las ONG a la financiación: del hostigamiento ala criminalización", disponible aquí: https://www.omct.org/es/human-rights-defenders/reports-and-publications/2013/02/d22162/.

[4] El pronunciamiento de laOACNUDH está disponible aquí.

[5] [5] Véase Comunicado ConjuntoOMCT-UDEFEGUA de 14 de marzo de 2019, Guatemala: Resolución del ParlamentoEuropeo constituye enésima muestra de preocupación internacional por crisis dederechos humanos en el país, disponible aquí.