Túnez
25.02.08
Intervenciones urgentes

Seguimiento del caso TUN 171207_Sentencia de muerte confirmada

Caso TUN 171207.2
Seguimiento de los casos TUN 171207 y TUN 171207.1

Condenas/ Pena de muerte/ Ausencia de garantías de un proceso regular/ Alegaciones de tortura

Ginebra 25 de febrero de 2008

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) ha recibido nuevas informaciones en lo concerniente a la siguiente situación en Túnez.

Nuevas informaciones

El Secretariado Internacional de la OMCT ha sido informado por el Consejo Nacional para las Libertades en Túnez (Conseil National pour les Libertés en Tunisie, CNLT), organización miembro de la red SOS-Tortura de la OMCT, de la confirmación, el 20 de febrero de la pena de muerte del Sr. Saber Rakoubi (24 años), así como de los juicios de primera instancia pronunciados contra los otros 29 acusados en el llamado caso de « Soliman », con una reducción de pena poco significativa para algunos (ver detalles en el anexo) por el tribunal de apelación de Túnez, presidido por el juez Manoubi Ben Hmidan. La segunda condena de muerte, es decir la del Sr. Imed Ben Amer (34 años) fue conmutada a pena de cadena perpetua en prisión.

Según las informaciones recibidas, se observaron numerosas irregularidades durante el juicio. Así, el tribunal se negó a examinar las solicitudes previas de los abogados de la defensa, como la petición de examen médico y la comprobación de las huellas de tortura mostradas por los acusados ante el tribunal. Los abogados de la defensa tienen la intención de apelar en casación ante el Tribunal Supremo.

El Secretariado Internacional de la OMCT manifiesta su profunda inquietud en cuanto al veredicto, sobre todo a la confirmación de la pena capital y a las consecuencias inhumanas que de ésta se derivan. La OMCT recuerda que se opone firmemente a la pena de muerte en tanto en cuanto es una forma extrema de tratamiento cruel, inhumano y degradante así como una violación del derecho a la vida tal como se proclama en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en otros instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos. La OMCT está aun más preocupada tras las alegaciones de tortura durante el arresto y las irregularidades durante el juicio .

La OMCT recuerda que Túnez es parte de la Convención de Naciones Unidas contra la tortura y otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes y también del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) que prohíbe la tortura y los malos tratos. En relación con las obligaciones de estos tratados, las autoridades tunecinas deben ocuparse de que las autoridades competentes procedan inmediatamente a una investigación imparcial cada vez que haya motivos razonables que induzcan a pensar que se ha cometido un acto de tortura en cualquier territorio bajo su jurisdicción. Por otro lado el artículo 15 de dicha Convención estipula que “Todo Estado Parte se asegurará de que ninguna declaración que se demuestre que ha sido hecha como resultado de tortura pueda ser invocada como prueba en ningún procedimiento, salvo en contra de una persona acusada de tortura como prueba de que se ha formulado la declaración.”

La OMCT también insta a las autoridades judiciales a conformarse a todos los principios internacionales reconocidos en materia de proceso igualitario y garantizar en cualquier circunstancia la libertad de sus residentes, conforme al artículo 9.1 del PIDCP que estipula que «Nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrarios». La OMCT también está muy preocupada por las condiciones de arresto de estas personas y ruega a las autoridades tunecinas que les garanticen en todas circunstancias la integridad física y psíquica, conforme al artículo 10.1 del PIDCP que dice que “Toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano” y conforme también al Conjunto de Reglas Mínimas para el tratamiento de los reclusos.

Recordatorio de los hechos

El Secretariado Internacional de la OMCT había sido informado sobre los malos tratos sufridos por 30 detenidos durante una audiencia a manos de varios agentes de la Brigada de intervención rápida en la ciudad de Túnez, en hechos ocurridos el 15 de diciembre de 2007.

Según las informaciones recibidas el 15 de diciembre de 2007 los 30 jóvenes de edades comprendidas entre los 21 y los 36 años, que comparecieron por el caso Nº 14502/4 en virtud de la ley antiterrorista, fueron golpeados con matracas por varios agentes de la Brigada de Intervención Rápida que irrumpieron en la sala durante la audiencia presidida por el juez Mehrez Hammami.

Esta intervención se produjo justo después de que los abogados pidieran el informe del caso para permitir a los abogados de oficio asignados por el Consejo del Orden tomar conciencia del “expediente” y visitar a sus clientes. El decano del Colegio de abogados habría pedido el informe interponiendo varias demandas en nombre de la defensa y entre ellas el acceso al expediente original del caso, puesto que las fechas del arresto habían sido borradas de la copia entregada a los abogados que habían tenido acceso al mencionado “expediente”.

No obstante, según las mismas informaciones, el Presidente de la audiencia habría denegado las demandas de la defensa y anunciado que empezaría el interrogatorio de los acusados procediendo a la lectura del acto de acusación, hecho por el que la defensa, apoyada por los acusados, habría expresado su queja contra este ataque a sus derechos. Varios agentes de la Brigada de intervención rápida habrían irrumpido en la sala de audiencia y se habrían abalanzado sobre los acusados golpeándoles violentamente con sus matracas y evacuándolos de la sala a golpes. A pesar de las quejas de los abogados, el Presidente siguió la lectura del acto de acusación provocando la retirada de la defensa.

Por otro lado, según las informaciones, el padre de un acusado, el Sr. Moncef Al Jaziri, fue arrestado y detenido varias horas en el Palacio de Justicia, acusado de haber alterado la audiencia.

El 30 de diciembre de 2007, el juzgado N°ª 4 del Tribunal de Primera Instancia de Túnez condenó a pena de muerte a dos de las personas acusadas de terrorismo, a saber: el Sr. Imed Ben Amer y el Sr. Saber Rakoubi. Ocho personas fueron condenadas a cadena perpetua y el resto de los detenidos a penas de prisión de 5 a 30 años de prisión firme.

Según las informaciones, los mencionados 30 individuos fueron arrestados entre la segunda quincena de diciembre de 2006 y la primera semana de enero de 2007 en varias ciudades del país, sospechosos de tener relación con el grupo responsable de las confrontaciones armadas con las fuerzas del orden que tuvieron lugar en las afueras de Túnez a finales de diciembre de 2006 y que se saldaron con la muerte de 12 personas y de miembros del ejército.

Según las informaciones, sus abogados afirmaron que habían sido sistemáticamente torturados en las dependencias del Ministerio del Interior y que las actas de la habían sido falsificadas. Fueron transferidos a la prisión después de más de un mes de arresto y allí fueron de nuevo torturados así como sometidos a tratamientos degradantes. Allí a ellos los vendaban y les habrían dado palizas y obligado a dormir en el suelo, y les habrían quitado las mantas en pleno invierno. Además sus abogados se quejaron que los detenidos llegaban a los locutorios para las visitas con los ojos vendados y las manos y las piernas atadas.

Acciones solicitadas

Se ruega que escriban a las autoridades de Túnez solicitándoles:

  1. garantizar en cualquier circunstancia la seguridad, y la integridad física y psicológica de todas las personas condenadas en los hechos mencionados anteriormente, incluyendo los cuidados médicos apropiados que ellos requieran;
  2. garantizar el acceso incondicional de los mismos a sus abogados y a sus familias;
  3. anular las condenas a muerte y declarar nulos los juicios basados en elementos de prueba obtenidos mediante tortura u otras coacciones;
  4. garantizarles una reparación adecuada;
  5. garantizar una investigación exhaustiva, independiente e imparcial de todos los hechos, en particular sobre las alegaciones de tortura y malos tratos, y esto con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal civil, independiente, competente e imparcial y aplicarles las sanciones penales, civiles o administrativas previstas por la ley;
  6. instituir una moratoria sobre las ejecuciones en vista de abolir la pena de muerte (tal como prevé la Resolución de la AG A/C.3/62/L.29 titulada “Moratoria sobre la pena de muerte” );
  7. garantizar el respecto de los derechos humanos y las libertades fundamentales a través del país según las leyes nacionales y los instrumentos internacionales de los derechos humanos.

Direcciones

  • Sr. Zine el-Abidine Ben Ali, Presidente de la República, Palacio de Cartago, 2016 Cartago, Túnez, Fax: +216 71 744 721 ò +216 71 731 009
  • Sr. Mohamed Ghannouchi, Primer Ministro, Oficina General del Gobierno, Rue de la Kasbah, 1008 Túnez (ciudad), Túnez, Fax: +216 71 562 378
  • Sr. Rafik Belhaj Kacem, Ministerio del Interior y del Desarrollo local, Avenue Habib Bourguiba, 1001 Túnez (ciudad), Túnez, Fax: ++ 216 71 340 888; E-mail: mint@ministeres.tn
  • Sr. Kamel Morjane, Ministerio de Defensa Nacional, Avenue Bab Mnara, La Kasbah, 1008 Túnez (ciudad), Túnez, Fax: +216 71 561 804
  • Sr. Bechir Tekkari, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 57, Boulevard Bab Benat, 1006 1001 Túnez (ciudad), Túnez, Fax : ++216 71.568.106; E-mail: mju@ministeres.tn
  • Embajador, S.E M. Samir Labidi, Misión permanente de Túnez de la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, 58 Rue Moillebeau, Código postal 272, 1211 Ginebra 19, Suiza, Fax: +41 22 734 06 63; E-mail: mission.tunisia@ties.itu.int
  • Embajada de Túnez en Bruselas, 278 avenue de Tervueren, 1150 Woluwe-Saint-Pierre, Bélgica, Fax. : +32 2.771 06 94; Email: amb.detenusie@brutele.be

Se ruega escriban también a las Representaciones Diplomáticas de Túnez de sus países respectivos

Ginebra, 25 de enero de 2008

Infórmenos de cualquier acción emprendida citando el código de este llamamiento en su respuesta.

Anexo

Veredicto contra los 30 condenados pronunciados el 20 febrero de 2008

  1. Ahmed Mrabet (de 23 años de edad), condenado a 20 años de prisión (en vez de 30)
  2. Ali Arfaoui (43 años), condenado a cadena perpetua
  3. Ali Sassi (22 ans) condenado a 30 años de prisión
  4. Amine Dhiab (29 años) (disminuido mental), condenado a 20 años
  5. Amine Jaziri (28 años), condenado a 30 años
  6. Badreddine Ksouri (25 años), condenado a 30 años
  7. Fethi Salhi (24 años), condenado a cadena perpetua
  8. Hatem Ryabi (29 años), condenado a 10 años
  9. Imed Ben Amer (34 años), condenado a cadena perpetua
  10. Jamal Mellakh (24 años), condenado a 10 años
  11. Jawhar Kassar (30 años), condenado a 15 años
  12. Jawhar Salam (29 años), condenado a 20 años
  13. Kamel Omhani (24 años), condenado a 15 años
  14. Khalifa Garraoui (26 años), condenado a 7 años
  15. Khelil Zendah (22 años), condenado a 3 años
  16. Marouane Khelif (30 años), condenado a 8 años
  17. Mehdi Haj Ali (27 años), condenado a 8 años
  18. Mejdi Latrach (24 años), condenado a 30 años
  19. Mohamed Bekhiti (22 años) (invidente), condenado a 12 años
  20. Mohamed Ben Latifa (24 años), condenado a cadena perpetua
  21. Mokhless Ammar (26 años), condenado a cadena perpetua
  22. Nafti Bennani (31 años), condenado a 4 años (en vez de 6 años)
  23. Osama Abadi (25 años), condenado a 30 años en lugar de cadena perpetua
  24. Ramzi Aifi (25 años), condenado a cadena perpetua
  25. Saber Rakoubi (24 años), condenado a muerte (pena capital)
  26. Sahbi Nasri (26 años), condenado a cadena perpetua
  27. Taoufik Houimdi (29 años), condenado a 30 años
  28. Wael Ammami (22 años), condenado a cadena perpetua
  29. Zied Esid (26 años), condenado a 30 años
  30. Zouhayr Jridi (27 años), condenado a 3 años (en lugar de 5)