Nicaragua
21.12.07
Intervenciones urgentes

Actos de intimidación contra varios organizaciones de los derechos humanos de las niñez y de las mujeres

NIC 003 / 1207 / OBS 173
Actos de intimidación / Hostigamiento judicial
NICARAGUA21 de diciembre de 2007

El Observatorio para la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos, un programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH), solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Nicaragua.

Descripción de la situación:

El Observatorio ha recibido informaciones del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) sobre los actos de intimidación sufridos por varias organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos de las niñez y de las mujeres en Nicaragua.

De acuerdo con las informaciones, las Sras. Ana María Pizarro, Juana Antonia Jiménez, Lorna Norori Gutiérrez, Martha María Blandón, Luisa Molina Arguello, Martha Munguía Alvarado, Mayra Sirias, Yamileth Mejía Palma y Violeta Delgado Sarmiento, líderes de organizaciones de mujeres y niñez, quienes forman parte de diferentes organizaciones como la Red de Mujeres contra la Violencia, la Coordinadora de la Niñez y Adolescencia en Nicaragua y Campaña 28 de septiembre, fueron denunciadas ante el Ministerio Publico por el Sr. Roberto José Petray, Director Ejecutivo de la Asociación Nicaragüense Pro Derechos Humanos (ANPDH), por los supuestos delitos contra la administración de justicia, encubrimiento del delito de violación, de asociación ilícita para delinquir y apología del delito.

Esta denuncia se ubica en un contexto de lucha, llevada por las mencionadas y sus organizaciones junto con organismos de derechos humanos como el CENIDH, contra la penalización del aborto terapéutico, el cual fue derogado, en octubre de 2006, con la promulgación de la Ley 603, Ley de derogación del articulo del Código Penal vigente que permitía la práctica del aborto terapéutico. Dicha lucha ha sido a través de manifestaciones publicas y mecanismos legales como recursos por inconstitucionalidad contra la citada ley, por violar el derecho a la vida y a la salud obligando a las mujeres buscar servicios ilegales e inseguros.

Según las informaciones recibidas, este contexto explica que las mencionadas estén perseguidas para ser procesadas y condenadas por lo supuestos delitos denunciados por la ANPDH, organización presidida por el obispo Abelardo Matta, jerarca de la iglesia católica visible líder del movimiento anti-aborto conocido como pro-vida.

Según las informaciones, desde el 29 de noviembre de 2007, las representantes de estas organizaciones solicitaron personalmente y por escrito una copia de la denuncia. El Ministerio Publico, a través de la Fiscal Mirna Siles Herrera, les habría negado este derecho, limitándose a hacerles una lectura oral, al pesar de sus derechos y garantías a la defensa que implican que el denunciado tiene el derecho a saber de todo el proceso, desde el momento de la investigación ante las autoridades policiales hasta el proceso judicial[1].

Posteriormente, el 14 de diciembre de 2007, el Ministerio Publico entregó una copia de las dos denuncias presentadas por la ANPDH el 9 de octubre de 2007 y el 31 de octubre de 2007 respectivamente.

La primera denuncia habría sido preparada por autoridades estatales de Nicaragua según lo siguiente: “me presenté ante varias de las ciudadanas denunciadas [...] en mi calidad de Director General de la Protección Especial [del Ministerio de la Familla] y la Autoridad administrativa que represento, les solicite entregaran a la Adolescente “Rosita” y a su menor hija [...] solicitud que fue rechazada de plano por las ciudadanas en total destaco a la autoridad administrativa, todo en presencia de los fiscales Doctora Odeth Leyton y Medardo Antonio Trejos Téllez”.

En la segunda denuncia, el Sr. Roberto José Petray indica que las denunciadas “han liderado acciones violentas de alteración al orden publico en distintos lugares de la capital, llamando a la población a desobedecer a la Ley y a las instituciones [...] Estos hechos se agravan aún más, porque las denunciadas se dedican habitualmente a recolectar fondos y trabajar con organizaciones extranjeras comprometidas con la legalización del aborto con organizaciones en los países pobres como Nicaragua para burlar o cambiar las leyes que protegen la vida humana”. Asimismo, el Sr. Roberto José Petray señaló que el objetivo de la Red de Mujeres contra la violencia es “la despenalización total del aborto en Nicaragua; ideología extranjeras que por diversos medios y forma ha sido rechazada por la inmensa mayoría de los nicaragüenses.”

Según las informaciones recibidas, el Ministerio Público ya realizó las entrevistas a las nueve denunciadas, sin embargo, hasta este momento, no decidió si iba a ejercer una acción penal o no en contra ellas.

El Observatorio condena estos actos de intimidación, así como los actos cometidos con el fin de deslegitimar y desprestigiar a las defensoras de derechos humanos de las mujeres y al trabajo hecho por las mismas. El Observatorio manifiesta también su seria preocupación por la seguridad y por la integridad física y psicológica de las Sras. Ana María Pizarro, Juana Antonia Jiménez, Lorna Norori Gutiérrez, Martha María Blandón, Luisa Molina Arguello, Martha Munguía Alvarado, Mayra Sirias, Yamileth Mejía Palma y Violeta Delgado Sarmiento, así como de todos los miembros de sus respectivas familias, y en general por todos los miembros de las organizaciones que defienden los derechos humanos de las niñez y de las mujeres en Nicaragua.

Acción solicitada:

Favor dirigirse a las autoridades de Nicaragua urgiéndolas a:

  1. adoptar urgentemente las medidas apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de las Sras. Ana María Pizarro, Juana Antonia Jiménez, Lorna Norori Gutiérrez, Martha María Blandón, Luisa Molina Arguello, Martha Munguía Alvarado, Mayra Sirias, Yamileth Mejía Palma y Violeta Delgado Sarmiento, de todos los miembros de sus respectivas famillas, y, en general, de todos los defensores de derechos humanos de las niñez y de las mujeres en Nicaragua;
  2. poner fin a todo tipo de hostigamiento y de intimidación en contra de las Sras. Ana María Pizarro, Juana Antonia Jiménez, Lorna Norori Gutiérrez, Martha María Blandón, Luisa Molina Arguello, Martha Munguía Alvarado, Mayra Sirias, Yamileth Mejía Palma y Violeta Delgado Sarmiento, así como en contra de todos los defensores de derechos humanos en Nicaragua;
  3. asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los defensores de los derechos humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre 1998, en particular en lo referente a la protección del derecho de toda persona “...individual o colectivamente, a promover la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional y a esforzarse por ellos” (Art. 1), así como en lo relativo al deber del Estado de garantizar “...la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración” (Art. 12.2);
  4. conformar sus acciones, de modo general, a lo dispuesto en los Pactos y Convenciones Internacionales ratificados por Nicaragua.

Direcciones:

  • Comandante Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República, Casa de Gobierno, frente al Palacio a la cultura, Managua, Nicaragua. E-mail : Presidente@presidencia.gob.niSra. Ana Isabel Morales Mazun, Ministra de Gobernación, dirección postal: Frente a la Dirección General de Ingresos (DGI) de Sajonia, Managua, Nicaragua. Telf.: + 505.2284544, + 505.2227530, Fax.: + 505.2227778, E-mail: amoralesm@migob.gob.ni
  • Sr. Julio César Vega Pasquier, Ministro de Gobernación, Esquina opuesta donde fue el Supermercado La Unión el Redentor, Managua, Nicaragua, Fax : + 505 2222 789 ; E-mail : webmaster@migob.gob.niSr. Omar Cabezas Lacayo, Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos Nicaragua, E-mail: jdespachop@procuraduriaddhh.gob.ni ; Estación de Bomberos frente al Estadio Nacional 1 cuadra abajo, Managua, Fax: +505 266.71.10
  • Diputado Eduardo Jerónimo Gómez López, Presidente Asamblea Nacional de Nicaragua, E-mail: ejgomez@correo.asamblea.gob.ni ; Edificio Asamblea Nacional Avenida Bolívar, frente al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Managua, Fax: +505 228 3039Fiscalía General de la República, Dirección: Managua, Nicaragua, de donde fue el Sandy´s (carretera a Masaya) veinticinco metros al sur. Telf.: + 505.2556816, Fax.: + 505.2556832.
  • Primera Comisionada Aminta Granera Sacaza, Jefa de la Policía Nacional, dirección postal: Edificio Faustino Ruiz, Plaza El Sol, Managua, Nicaragua. Telf.: + 505.2770042, + 505.2770050, Fax.: + 505.2771871, E-mail: jrelpublicas@policia.gob.niMisión Permanente de Nicaragua ante las Naciones Unidas en Ginebra, 37-39 rue de Vermont, 1202 Ginebra, Suiza. Fax :+41.22.734.65.85 TEL.: +41.22.740.51.60, E-mail: mission.nicaragua@ties.itu.int
  • Sr. Lester Mejía Solís, Misión Diplomática de Nicaragua en Bruselas, 55 Avenue de Wolvendael, 1180 Uccle, Bélgica, Tel: + 32 2 375 64 34 / 65 00; Fax: + 32 2 375 71 88Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Nicaragua en sus respectivos países.

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Ginebra-París, 21 de diciembre de 2007

Favor informarnos sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio, programa conjunto de la FIDH y la OMCT, está destinado a la protección de los defensores de los derechos humanos víctimas de violaciones y a proporcionarles una ayuda cotidiana tan concreta como sea posible.

Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:
Tel. y fax: FIDH: + 33 1 43 55 20 11 / + 33 1 43 55 18 80
TEL. y fax OMCT: + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
E-mail: Appeals@fidh-omct.org

[1] La Constitución Política de Nicaragua señala en el articulo 26.4 que toda persona tiene derecho “a conocer toda información que sobre ella hayan registrado las autoridades estatales, así como el derecho a saber porque y con que finalidad tiene esa información,” y el Código Penal en el articulo 103 infine, señala que “Los defensores tendrán, desde el momento de su designación, el derecho de intervenir en todas las diligencias en las que se procura la prueba”.