Paraguay
16.10.03
Intervenciones urgentes
Paraguay: Excesivo uso de la fuerza policial en desalojo causa un muerto y varios heridos
Caso PRY 161003 / Caso PRY 161003.ESCR
Excesivo uso de la fuerza policial en desalojo
Ginebra, 15 de octubre de 2003
El Secretariado Internacional de la OMCT solicita su intervención URGENTE en la siguiente situación en Paraguay.
Breve descripción de la situación
El Secretariado Internacional de la OMCT ha sido informado por la Comisión Latinoamericana por los Derechos y Libertades de los Trabajadores y Pueblos (CLADEHLT), miembro de la Red de la OMCT, y por otras fuentes confiables, del violento desalojo del cual fueron víctimas más de ciento veinte (120) familias campesinas pertenecientes a la Organización Nacional Campesina (ONAC), afiliada a la Central Nacional de Trabajadores (CNT), el 2 de octubre de 2003 en el Asentamiento de Tembiapora, en Paraguay.
De acuerdo con la información recibida, el desalojo fue ejecutado por la Policía Nacional del Asentamiento Tembiapora, dejando como saldo un centenar de campesinos golpeados, 26 detenidos (actualmente liberados), la muerte del Sr. Miguel Peralta, quien recibió varios impactos de bala propinados por la Policía Nacional, y cinco (5) heridos de gravedad que se encuentran internados en el Centro de Salud de Hernandarias: Reinaldo David Espinola de 16 años; Jorgelina Rolón de 36 años; Elva González de 47 años; Félix Benítez de 39 años y Felipe Ortiz de 44 años.
Los informes indican que aproximadamente a las 09:00 de la mañana del 2 de octubre pasado, 80 efectivos policiales con armas de guerra (metralletas, revólveres y pistolas de distintos calibres), sin exhibir ninguna orden judicial, pero actuando supuestamente por Orden del Agente Fiscal de Hernandarias, Abogado Cantalicio Avalos, habrían llegado al asentamiento, procedido a quemar ranchos y, ante el pedido de diálogo y explicación sobre el procedimiento, habrían respondido directamente abriendo fuego contra el grupo de campesinos, ocasionando la muerte de uno de ellos, el Sr. Miguel Peralta (3 impactos de balas), y 5 heridos graves, todos con impactos de balas: Elva González, con 3 impactos; Félix Benítez, con 2 impactos; Felipe Ortiz, con 2 impactos; Reinaldo Espinola, con 1 impacto y Jorgelina González, con 1 impacto. Los 5 heridos habrían sido imputados por el Fiscal Cantalicio Avalos y contarían con Orden de Captura en su contra. En esta operación también habrían estado presentes el Jefe de la IV Zona Policial, Comisario Centurión, el Jefe de la Policía Departamental del Alto Parana, Comisario Arístides Cabral, y el Jefe de Orden y Seguridad, Comisario Morel. Luego, alrededor de las 16 horas, la policía volvió a incursionar en el lugar y detuvo a 26 campesinos (actualmente en libertad).
Nuestras fuentes señalan, además, que, alrededor del mediodía del 3 de octubre, continuaba el desalojo, con las mismas acciones violentas de quema de ranchos y persecución de campesinos, pese a que la mayoría de los campesinos, ante las acciones de la Policía, ya había abandonado pacíficamente el predio en cuestión, ubicándose en improvisadas carpas en la calle. Sin embargo, seguían siendo desalojados de allí con una violencia innecesaria. Finalmente, mediante la rápida intervención de los dirigentes de la Organización Nacional Campesina (ONAC), de la Central Nacional de Trabajadores (CNT); el Senador Nacional Estanislao Martínez y el acompañamiento oportuno de las autoridades de la Gobernación del Alto Paraná y la Junta Departamental, y algunos Diputados, se habría logrado devolver la tranquilidad y garantizar la permanencia de los campesinos en la carpa denominada “Carpa de la Resistencia”.
Según nuestras fuentes, la razón alegada por la Policía para el desalojo sería "la restitución" de la propiedad a sus supuestos propietarios: "Gladis Comercial e Industrial" de la familia Duarte Alder (el General Enrique Duarte Alder fue Personero de la Dictadura de Alfredo Stroessner que gobernó Paraguay desde 1954 al 1989), que las habría adquirido de “Industrial Paraguaya SA”. Indican que para el desalojo no hubo ni notificación previa ni orden judicial alguna, pues el caso remite al fuero penal bajo la figura de “Invasión de Propiedad Privada”, con lo cual los pobladores habrían estado en calidad de “invasores”. Si bien es cierto que los pobladores no tienen título de propiedad, la ocupación de dichas tierras, nos informan, se encontraría legitimada por diversas razones, pues correspondería a un excedente fiscal propiedad del Instituto de Bienestar Rural (organismo competente del Estado sobre tierra y Reforma Agraria), y existirían serias dudas sobre la legalidad del título que posee la familia Duarte Alder y sobre la posibilidad de atribuirse legalidad sobre la propiedad de dicha tierra, improductiva antes de la ocupación en el año 1998. Los informes señalan que el General Enrique Duarte Alder habría utilizado influencias para apropiarse indebidamente de una parte del excedente fiscal, y que habría fraguado un título ya que de otra manera dicha tierra nunca podría pasar a sus manos, por no ser él mismo sujeto de la Reforma Agraria (ninguno de los ex personeros del Régimen de Alfredo Stroessner podría ser sujeto de la Reforma Agraria).
Antecedentes
El asentamiento de Tembiapora se conformó el 9 de julio de 1998, está integrado por 127 familias y cuenta con viviendas, una capilla, una Escuela Primaria reconocida por el Ministerio de Educación y Cultura, y cultivos de diferentes rubros. El Asentamiento, que se ubica dentro de la Finca No. 1340, y ambos dentro de un Excedente Fiscal, habría sido indebidamente anexado a las tierras pertenecientes a la Firma “La Industrial Paraguaya S.A.”. El Instituto de Bienestar Rural no habría nunca inscrito ese excedente a nombre de la Institución y hasta la fecha, no se ha podido hacer dicho trámite por hallarse extraviado el expediente judicial en referencia.
Cabe señalar también que desde la década de los 70, y con la construcción de la Itaipú y el proyecto de la Supercarretera hasta Saltos del Guairá, además de la incursión de un modelo de producción de rubros agrícolas en gran escala, se ha generado un enorme interés sobre la posesión de las tierras en esa zona. En este contexto, hay serias sospechas en cuanto a la desaparición del Expediente Judicial y a la no inscripción del Excedente Fiscal a nombre del IBR, y serias dudas sobre la propiedad a nombre de “La Industrial Paraguaya S.A”. y, consecuentemente, de “Gladis Comercial e Industrial”.
El Secretariado Internacional de la OMCT lamenta profundamente la muerte del Sr. Miguel Peralta, así como las heridas de bala de las personas antes mencionadas, y expresa su seria preocupación ante el uso excesivo de la fuerza por parte de la Policía paraguaya. La OMCT considera que sólo la apertura de un diálogo constructivo entre las autoridades y los representantes de los pobladores y permitiría encontrar una solución duraderas a los problemas de pobreza y de discriminación contra los menos favorecidos.
Acción solicitada
Por favor escriban a las autoridades en Paraguay urgiéndolas a:
i. dar inicio inmediatamente a una investigación exhaustiva e imparcial en torno al excesivo uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional, de las circunstancias de la muerte del Sr. Miguel Peralta y de las graves heridas sufridas por los pobladores mencionados, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos a juicio y aplicar las sanciones penales y/o administrativas estipuladas en la ley;
ii. garantizar una adecuada reparación a la familia del Sr. Miguel Peralta y a todos aquellos agredidos y/o heridos como consecuencia de la acción policial en cuestión, incluyendo asistencia médica apropiada y un adecuado mecanismo de rehabilitación para estos últimos;
iii. garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los pobladores desalojados el Asentamiento Tembiapora, cautelar sus bienes materiales, y adoptar medidas urgentes para prevenir e impedir la reiteración de hechos análogos a los descritos;
iv. tomar todas las medidas necesarias para clarificar o subsanar las posibles irregularidades en los mencionados títulos de propiedad y dictar una medida judicial precautelando los cultivos existentes en el predio de Tembiaporá.
v. garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las leyes nacionales y las normas internacionales de derechos humanos.
Direcciones
· Dr. Nicanor Duarte Frutos – Presidente de la República de Paraguay – Fax: 595.21.441889
· Dr. Roberto González – Ministro del Interior– Fax: 595.21.446448/ 493661/ 452295
· Dr. Darío Monges – Ministro de Justicia y Trabajo – Fax: 595.21.208469446448
· Sr. Hermenegildo Alonso - Presidente del Instituto de Bienestar Rural (IBR) – Fax: 595.21.440200/ 446534
· Dr. Mateo Balmelli - Presidente del Senado de la Nación – Fax: 595.21.448100/ 441877/441713
· Dra. Leila Rachid Lichi - Ministra de Relaciones Exteriores – Fax: 595.21.493910
· Prof. Alonso Resck - Presidente Comisión de Derechos Humanos de Paraguay. Fax: 595.21.498889/ 444084
· Dr. Antonio Ibáñez Aquino - Ministro de Agricultura y Ganadería – Fax: 595.21.449614/ 449951
Por favor escriban también a las representaciones diplomáticas de Paraguay en sus respectivos países
Ginebra, 15 de octubre de 2003
Sírvanse informarnos de cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta
Excesivo uso de la fuerza policial en desalojo
Ginebra, 15 de octubre de 2003
El Secretariado Internacional de la OMCT solicita su intervención URGENTE en la siguiente situación en Paraguay.
Breve descripción de la situación
El Secretariado Internacional de la OMCT ha sido informado por la Comisión Latinoamericana por los Derechos y Libertades de los Trabajadores y Pueblos (CLADEHLT), miembro de la Red de la OMCT, y por otras fuentes confiables, del violento desalojo del cual fueron víctimas más de ciento veinte (120) familias campesinas pertenecientes a la Organización Nacional Campesina (ONAC), afiliada a la Central Nacional de Trabajadores (CNT), el 2 de octubre de 2003 en el Asentamiento de Tembiapora, en Paraguay.
De acuerdo con la información recibida, el desalojo fue ejecutado por la Policía Nacional del Asentamiento Tembiapora, dejando como saldo un centenar de campesinos golpeados, 26 detenidos (actualmente liberados), la muerte del Sr. Miguel Peralta, quien recibió varios impactos de bala propinados por la Policía Nacional, y cinco (5) heridos de gravedad que se encuentran internados en el Centro de Salud de Hernandarias: Reinaldo David Espinola de 16 años; Jorgelina Rolón de 36 años; Elva González de 47 años; Félix Benítez de 39 años y Felipe Ortiz de 44 años.
Los informes indican que aproximadamente a las 09:00 de la mañana del 2 de octubre pasado, 80 efectivos policiales con armas de guerra (metralletas, revólveres y pistolas de distintos calibres), sin exhibir ninguna orden judicial, pero actuando supuestamente por Orden del Agente Fiscal de Hernandarias, Abogado Cantalicio Avalos, habrían llegado al asentamiento, procedido a quemar ranchos y, ante el pedido de diálogo y explicación sobre el procedimiento, habrían respondido directamente abriendo fuego contra el grupo de campesinos, ocasionando la muerte de uno de ellos, el Sr. Miguel Peralta (3 impactos de balas), y 5 heridos graves, todos con impactos de balas: Elva González, con 3 impactos; Félix Benítez, con 2 impactos; Felipe Ortiz, con 2 impactos; Reinaldo Espinola, con 1 impacto y Jorgelina González, con 1 impacto. Los 5 heridos habrían sido imputados por el Fiscal Cantalicio Avalos y contarían con Orden de Captura en su contra. En esta operación también habrían estado presentes el Jefe de la IV Zona Policial, Comisario Centurión, el Jefe de la Policía Departamental del Alto Parana, Comisario Arístides Cabral, y el Jefe de Orden y Seguridad, Comisario Morel. Luego, alrededor de las 16 horas, la policía volvió a incursionar en el lugar y detuvo a 26 campesinos (actualmente en libertad).
Nuestras fuentes señalan, además, que, alrededor del mediodía del 3 de octubre, continuaba el desalojo, con las mismas acciones violentas de quema de ranchos y persecución de campesinos, pese a que la mayoría de los campesinos, ante las acciones de la Policía, ya había abandonado pacíficamente el predio en cuestión, ubicándose en improvisadas carpas en la calle. Sin embargo, seguían siendo desalojados de allí con una violencia innecesaria. Finalmente, mediante la rápida intervención de los dirigentes de la Organización Nacional Campesina (ONAC), de la Central Nacional de Trabajadores (CNT); el Senador Nacional Estanislao Martínez y el acompañamiento oportuno de las autoridades de la Gobernación del Alto Paraná y la Junta Departamental, y algunos Diputados, se habría logrado devolver la tranquilidad y garantizar la permanencia de los campesinos en la carpa denominada “Carpa de la Resistencia”.
Según nuestras fuentes, la razón alegada por la Policía para el desalojo sería "la restitución" de la propiedad a sus supuestos propietarios: "Gladis Comercial e Industrial" de la familia Duarte Alder (el General Enrique Duarte Alder fue Personero de la Dictadura de Alfredo Stroessner que gobernó Paraguay desde 1954 al 1989), que las habría adquirido de “Industrial Paraguaya SA”. Indican que para el desalojo no hubo ni notificación previa ni orden judicial alguna, pues el caso remite al fuero penal bajo la figura de “Invasión de Propiedad Privada”, con lo cual los pobladores habrían estado en calidad de “invasores”. Si bien es cierto que los pobladores no tienen título de propiedad, la ocupación de dichas tierras, nos informan, se encontraría legitimada por diversas razones, pues correspondería a un excedente fiscal propiedad del Instituto de Bienestar Rural (organismo competente del Estado sobre tierra y Reforma Agraria), y existirían serias dudas sobre la legalidad del título que posee la familia Duarte Alder y sobre la posibilidad de atribuirse legalidad sobre la propiedad de dicha tierra, improductiva antes de la ocupación en el año 1998. Los informes señalan que el General Enrique Duarte Alder habría utilizado influencias para apropiarse indebidamente de una parte del excedente fiscal, y que habría fraguado un título ya que de otra manera dicha tierra nunca podría pasar a sus manos, por no ser él mismo sujeto de la Reforma Agraria (ninguno de los ex personeros del Régimen de Alfredo Stroessner podría ser sujeto de la Reforma Agraria).
Antecedentes
El asentamiento de Tembiapora se conformó el 9 de julio de 1998, está integrado por 127 familias y cuenta con viviendas, una capilla, una Escuela Primaria reconocida por el Ministerio de Educación y Cultura, y cultivos de diferentes rubros. El Asentamiento, que se ubica dentro de la Finca No. 1340, y ambos dentro de un Excedente Fiscal, habría sido indebidamente anexado a las tierras pertenecientes a la Firma “La Industrial Paraguaya S.A.”. El Instituto de Bienestar Rural no habría nunca inscrito ese excedente a nombre de la Institución y hasta la fecha, no se ha podido hacer dicho trámite por hallarse extraviado el expediente judicial en referencia.
Cabe señalar también que desde la década de los 70, y con la construcción de la Itaipú y el proyecto de la Supercarretera hasta Saltos del Guairá, además de la incursión de un modelo de producción de rubros agrícolas en gran escala, se ha generado un enorme interés sobre la posesión de las tierras en esa zona. En este contexto, hay serias sospechas en cuanto a la desaparición del Expediente Judicial y a la no inscripción del Excedente Fiscal a nombre del IBR, y serias dudas sobre la propiedad a nombre de “La Industrial Paraguaya S.A”. y, consecuentemente, de “Gladis Comercial e Industrial”.
El Secretariado Internacional de la OMCT lamenta profundamente la muerte del Sr. Miguel Peralta, así como las heridas de bala de las personas antes mencionadas, y expresa su seria preocupación ante el uso excesivo de la fuerza por parte de la Policía paraguaya. La OMCT considera que sólo la apertura de un diálogo constructivo entre las autoridades y los representantes de los pobladores y permitiría encontrar una solución duraderas a los problemas de pobreza y de discriminación contra los menos favorecidos.
Acción solicitada
Por favor escriban a las autoridades en Paraguay urgiéndolas a:
i. dar inicio inmediatamente a una investigación exhaustiva e imparcial en torno al excesivo uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional, de las circunstancias de la muerte del Sr. Miguel Peralta y de las graves heridas sufridas por los pobladores mencionados, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos a juicio y aplicar las sanciones penales y/o administrativas estipuladas en la ley;
ii. garantizar una adecuada reparación a la familia del Sr. Miguel Peralta y a todos aquellos agredidos y/o heridos como consecuencia de la acción policial en cuestión, incluyendo asistencia médica apropiada y un adecuado mecanismo de rehabilitación para estos últimos;
iii. garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los pobladores desalojados el Asentamiento Tembiapora, cautelar sus bienes materiales, y adoptar medidas urgentes para prevenir e impedir la reiteración de hechos análogos a los descritos;
iv. tomar todas las medidas necesarias para clarificar o subsanar las posibles irregularidades en los mencionados títulos de propiedad y dictar una medida judicial precautelando los cultivos existentes en el predio de Tembiaporá.
v. garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las leyes nacionales y las normas internacionales de derechos humanos.
Direcciones
· Dr. Nicanor Duarte Frutos – Presidente de la República de Paraguay – Fax: 595.21.441889
· Dr. Roberto González – Ministro del Interior– Fax: 595.21.446448/ 493661/ 452295
· Dr. Darío Monges – Ministro de Justicia y Trabajo – Fax: 595.21.208469446448
· Sr. Hermenegildo Alonso - Presidente del Instituto de Bienestar Rural (IBR) – Fax: 595.21.440200/ 446534
· Dr. Mateo Balmelli - Presidente del Senado de la Nación – Fax: 595.21.448100/ 441877/441713
· Dra. Leila Rachid Lichi - Ministra de Relaciones Exteriores – Fax: 595.21.493910
· Prof. Alonso Resck - Presidente Comisión de Derechos Humanos de Paraguay. Fax: 595.21.498889/ 444084
· Dr. Antonio Ibáñez Aquino - Ministro de Agricultura y Ganadería – Fax: 595.21.449614/ 449951
Por favor escriban también a las representaciones diplomáticas de Paraguay en sus respectivos países
Ginebra, 15 de octubre de 2003
Sírvanse informarnos de cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta