Paraguay
28.08.01
Intervenciones urgentes
Paraguay: los niños prisioneros continúan sufriendo malos tratos y viven en condiciones de detención crueles e inhumanas.
DERECHOS DEL NIÑO
Caso PRY 070300.2. CC
Seguimiento de los Casos PRY 070300.CC y PRY 070300.1.CC
Ginebra, 28 de agosto del 2001
El Secretariado Internacional de la OMCT solicita su intervención con carácter URGENTE a propósito de la siguiente situación en Paraguay.
Nuevas informaciones :
El Secretariado Internacional de la OMCT fue informado por una fuente confiable que los niños prisioneros en Paraguay continúan sufriendo malos tratos y viven en condiciones de detención crueles e inhumanas.
Luego de los acontecimientos del 25 de julio del 2001, en el Centro de detención para menores « Panchito López », ubicado en la ciudad de Asunción (ver llamado urgente PRY 070300.1.CC), una comisión compuesta por representantes del poder judicial, de UNICEF, de Defensa de los Niños Internacional – Sección Paraguay y de otras organizaciones de los derechos humanos emprendió una serie de visitas de control de las condiciones de detención dentro de las prisiones para los niños del país.
Según Defensa de los Niños Internacional – Sección Paraguay, los resultados de estas visitas son terribles ya que muchos de los niños detenidos viven en prisiones para adultos en donde el hacinamiento es extremo, los malos tratos son constantes y la puesta en aislamiento es cotidiana. Según las informaciones recibidas, esta situación sería particularmente grave en el Prisión de Emboscada adonde fueron transferidos un gran número de niños evacuados del Centro Panchito López.
Gracias a las presiones nacionales e internacionales respecto a esta situación, el Director del Penal de Emboscada, Sr. González Vera, fue destituido, y el Director de Institutos Penales, Sr. Marciano Rodríguez Báez, fue obligado a renunciar a su cargo.
Según las informaciones recibidas, el Viceministro de Justicia del Paraguay se vería comprometido además, a transferir los niños afectados hacia el Centro Educativo « Itaguá » el cual estaría conforme con las normas internacionales.
La OMCT se encuentra seriamente preocupada por la situation de los niños mencionados y recuerda que Paraguay, como Estado parte de la Convención sobre los Derechos del Niño, está obligado a respetar todos sus artículos ; en particular el artículo 37 de la Convención sobre los Derechos del Niño que enuncia que “Los Estados Partes velarán por que: a) Ningún niño sea sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes ». Además este artículo exige que : « c) Todo niño privado de libertad sea tratado con la humanidad y el respeto que merece la dignidad inherente a la persona humana, y de manera que se tengan en cuenta las necesidades de las personas de su edad. En particular, todo niño privado de libertad estará separado de los adultos, a menos que ello se considere contrario al interés superior del niño (…) ».
La OMCT señala además que según las normas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de la libertad, el aislamiento de los menores detenidos y la detención disciplinaria constituyen un tratamiento cruel, inhumano y degradante y deben ser prohibidos.
Breve recordatorio de la situación :
El 25 de julio del 2001 hacia las 18h00, el Centro de Detención para Menores « Panchito López », situado en Asunción, fue totalmente destruido por un incendio. Todo comenzó cuando un guardia disparó desde el tejado del establecimiento sobre un detenido : Benito Augusto Adorno, de 18 años de edad, quien se encontraba dentro del patio interior. A raíz de este incidente, los detenidos prendieron fuego a sus colchones y las llamas se extendieron rápidamente al resto del establecimiento (ver llamado urgente PRY 070300.1.CC). Según las informaciones recibidas, los niños detenidos eran sometidos regularmente a actos de tortura o a otros malos tratos, y vivían dentro de condiciones de extremo hacinamiento.
Acciones solicitadas :
El Secretariado Internacional de la OMCT agradece a todos aquellos - instituciones, organizaciones y particulares – que han intervenido en favor de los niños detenidos y les solicita el favor de continuar interviniendo ante las autoridades de Paraguay urgiéndolas a :
i. poner término inmediatamente a toda forma de tortura y de trato cruel, inhumano o degradante, de conformidad con la legislación nacional e internacional;
ii. ubicar a los niños en secciones separadas de los prisioneros adultos, a menos que ello se considere contrario al interés superior del niño de mantenerse reunido;
iii. garantizar una investigación inmediata, independiente e imparcial sobre las denuncias sobre la presunta utilización de métodos disciplinarios que incluyen abusos físicos sobre los niños, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal civil, competente e imparcial y aplicarles las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;
iv. asegurar que las condiciones de detención de los niños estén conformes con las normas internacionales sobre esta materia, particularmente con la Convención sobre los Derechos del Niño y con las normas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de la libertad ;
v. garantizar el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de todos los niños dentro de todo el país, de conformidad con las leyes nacionales e internacionales, y particularmente con la Convención sobre los Derechos del Niño y con la Convención Contra la Tortura, ratificadas por Paraguay.
Direcciones :
· Don Luis Angel González Macchi Presidente de la República del Paraguay, Palacio de López-El Paraguayo Independiente y Ayolas Telefax: (0541)(021)441889 Email: webmaster@presidencia.gob.py
· Don Julio César Ramón Franco Gómez Vice-Presidente de la República del Paraguay, Edificio ¨Vicepresidencia¨-General Díaz esq. Alberdi Telefax: (0541)(021)450001/5
· Don Silvio Ferreira Fernández Ministro de Justicia y Trabajo, Gaspar Rodríguez de Francia esq. EEUU Telefax: (0541)(021)208469
· Don Fernando Canillas Vera Vice-Ministro de Justicia, Herrera y Paraguarí Telefax: (0541)(021)498339
· Don Juan Antonio Moreno Rufinelli, Ministro de Relaciones Exteriores, O´Leary esq. Pte.Franco Telefax:(0541)(021)493910
Favor escribir a las representaciones diplomáticas de Paraguay en sus respectivos países.
Ginebra, 28 de agosto del 2001
Favor informarnos sobre cualquier acción realizada acerca del presente caso, citando el código del presente llamado en su respuesta.
Caso PRY 070300.2. CC
Seguimiento de los Casos PRY 070300.CC y PRY 070300.1.CC
Ginebra, 28 de agosto del 2001
El Secretariado Internacional de la OMCT solicita su intervención con carácter URGENTE a propósito de la siguiente situación en Paraguay.
Nuevas informaciones :
El Secretariado Internacional de la OMCT fue informado por una fuente confiable que los niños prisioneros en Paraguay continúan sufriendo malos tratos y viven en condiciones de detención crueles e inhumanas.
Luego de los acontecimientos del 25 de julio del 2001, en el Centro de detención para menores « Panchito López », ubicado en la ciudad de Asunción (ver llamado urgente PRY 070300.1.CC), una comisión compuesta por representantes del poder judicial, de UNICEF, de Defensa de los Niños Internacional – Sección Paraguay y de otras organizaciones de los derechos humanos emprendió una serie de visitas de control de las condiciones de detención dentro de las prisiones para los niños del país.
Según Defensa de los Niños Internacional – Sección Paraguay, los resultados de estas visitas son terribles ya que muchos de los niños detenidos viven en prisiones para adultos en donde el hacinamiento es extremo, los malos tratos son constantes y la puesta en aislamiento es cotidiana. Según las informaciones recibidas, esta situación sería particularmente grave en el Prisión de Emboscada adonde fueron transferidos un gran número de niños evacuados del Centro Panchito López.
Gracias a las presiones nacionales e internacionales respecto a esta situación, el Director del Penal de Emboscada, Sr. González Vera, fue destituido, y el Director de Institutos Penales, Sr. Marciano Rodríguez Báez, fue obligado a renunciar a su cargo.
Según las informaciones recibidas, el Viceministro de Justicia del Paraguay se vería comprometido además, a transferir los niños afectados hacia el Centro Educativo « Itaguá » el cual estaría conforme con las normas internacionales.
La OMCT se encuentra seriamente preocupada por la situation de los niños mencionados y recuerda que Paraguay, como Estado parte de la Convención sobre los Derechos del Niño, está obligado a respetar todos sus artículos ; en particular el artículo 37 de la Convención sobre los Derechos del Niño que enuncia que “Los Estados Partes velarán por que: a) Ningún niño sea sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes ». Además este artículo exige que : « c) Todo niño privado de libertad sea tratado con la humanidad y el respeto que merece la dignidad inherente a la persona humana, y de manera que se tengan en cuenta las necesidades de las personas de su edad. En particular, todo niño privado de libertad estará separado de los adultos, a menos que ello se considere contrario al interés superior del niño (…) ».
La OMCT señala además que según las normas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de la libertad, el aislamiento de los menores detenidos y la detención disciplinaria constituyen un tratamiento cruel, inhumano y degradante y deben ser prohibidos.
Breve recordatorio de la situación :
El 25 de julio del 2001 hacia las 18h00, el Centro de Detención para Menores « Panchito López », situado en Asunción, fue totalmente destruido por un incendio. Todo comenzó cuando un guardia disparó desde el tejado del establecimiento sobre un detenido : Benito Augusto Adorno, de 18 años de edad, quien se encontraba dentro del patio interior. A raíz de este incidente, los detenidos prendieron fuego a sus colchones y las llamas se extendieron rápidamente al resto del establecimiento (ver llamado urgente PRY 070300.1.CC). Según las informaciones recibidas, los niños detenidos eran sometidos regularmente a actos de tortura o a otros malos tratos, y vivían dentro de condiciones de extremo hacinamiento.
Acciones solicitadas :
El Secretariado Internacional de la OMCT agradece a todos aquellos - instituciones, organizaciones y particulares – que han intervenido en favor de los niños detenidos y les solicita el favor de continuar interviniendo ante las autoridades de Paraguay urgiéndolas a :
i. poner término inmediatamente a toda forma de tortura y de trato cruel, inhumano o degradante, de conformidad con la legislación nacional e internacional;
ii. ubicar a los niños en secciones separadas de los prisioneros adultos, a menos que ello se considere contrario al interés superior del niño de mantenerse reunido;
iii. garantizar una investigación inmediata, independiente e imparcial sobre las denuncias sobre la presunta utilización de métodos disciplinarios que incluyen abusos físicos sobre los niños, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal civil, competente e imparcial y aplicarles las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;
iv. asegurar que las condiciones de detención de los niños estén conformes con las normas internacionales sobre esta materia, particularmente con la Convención sobre los Derechos del Niño y con las normas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de la libertad ;
v. garantizar el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de todos los niños dentro de todo el país, de conformidad con las leyes nacionales e internacionales, y particularmente con la Convención sobre los Derechos del Niño y con la Convención Contra la Tortura, ratificadas por Paraguay.
Direcciones :
· Don Luis Angel González Macchi Presidente de la República del Paraguay, Palacio de López-El Paraguayo Independiente y Ayolas Telefax: (0541)(021)441889 Email: webmaster@presidencia.gob.py
· Don Julio César Ramón Franco Gómez Vice-Presidente de la República del Paraguay, Edificio ¨Vicepresidencia¨-General Díaz esq. Alberdi Telefax: (0541)(021)450001/5
· Don Silvio Ferreira Fernández Ministro de Justicia y Trabajo, Gaspar Rodríguez de Francia esq. EEUU Telefax: (0541)(021)208469
· Don Fernando Canillas Vera Vice-Ministro de Justicia, Herrera y Paraguarí Telefax: (0541)(021)498339
· Don Juan Antonio Moreno Rufinelli, Ministro de Relaciones Exteriores, O´Leary esq. Pte.Franco Telefax:(0541)(021)493910
Favor escribir a las representaciones diplomáticas de Paraguay en sus respectivos países.
Ginebra, 28 de agosto del 2001
Favor informarnos sobre cualquier acción realizada acerca del presente caso, citando el código del presente llamado en su respuesta.