Repetidas irregularidades en el proceso judicial y detención continua del Sr. David Ravelo Crespo
LLAMADOURGENTE - EL OBSERVATORIO
Nuevas informaciones
COL 003 / 0112 / OBS010.3
Detenciónarbitraria /
Ausenciade debido proceso
Colombia
6de diciembre de 2012
El Observatorio para la Protección delos Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la OrganizaciónMundial Contra la Tortura (OMCT) y de la Federación Internacional de DerechosHumanos (FIDH), ha recibido nuevas informaciones y solicitasu intervención URGENTE ante la siguiente situación en Colombia.
Nueva informaciones:
El Observatorioha recibido con muy grave preocupación nueva información de fuentes fiablessobre las repetidas irregularidades en el proceso judicial y la detención continuadel Sr. David Ravelo Crespo, Secretario de la Junta Directiva de laCorporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (CREDHOS), encarcelado desdeel 14 de septiembre de 2010.
Según la información recibida,recientemente, los abogados del Sr. David Ravelo Crespo han llamado la atencióncon respecto a varias irregularidades en el proceso judicial en su contra ydesde su privación de libertad el 14 de septiembre de 2010 (ver antecedentes).La última de estas irregularidades, que reviste particular gravedad, es aquéllaconcerniente al Fiscal William Pacheco Granados, responsable del caso del Sr.David Ravelo Crespo. El 22 de noviembre de 2012, salió a la luz pública que elFiscal Pacheco Granados, quien antes de ocupar el puesto de Fiscal fue tenientede la Policía Nacional, estuvo sujeto a investigación por parte de la ProcuraduríaDelegada para la Defensa de los Derechos Humanos y posteriormente destituido desu cargo por la misma instancia, por su involucramiento en la desapariciónforzada de un joven en Armenia en hechos ocurridos en 1991. De acuerdo alDecreto 0261 del 2000, artículo 79: “No podrá ser nombrado ni desempeñar cargoen la Fiscalía General de la Nación: (5): Quien haya sido destituido decualquier cargo público”. En virtud de ese decreto, el Sr. William PachecoGranados no hubiese debido poder ser nombrado ni haber desempeñado cargo algunodentro de la Fiscalía General de la Nación, y por tanto en el proceso judicialcontra el Sr. David Ravelo Crespo.
Según la misma información recibida, ala irregularidad antes mencionada se unen otras denuncias por los abogados delSr. David Ravelo Crespo. En primer lugar, la solicitud de condena de laFiscalía del 18 de mayo de 2012 se fundamentó sólo en tres testigos de cargopero no hizo referencia a más de treinta testimonios de diversas personalidadesde la ciudad de Barrancabermeja (donde se encuentra la sede de CREDHOS) quemostraban la falsedad de las declaraciones de dichos testigos. En segundolugar, en la fase preparatoria del caso del Sr. David Ravelo Crespo, realizadaen junio de 2011, el Fiscal cerró la fase de investigación sin efectuar todaslas pruebas y testimonios solicitadas por la defensa, lo cual impidió conectarlos hechos y otorgar una defensa al acusado. Finalmente, un testigo de ladefensa denunció en la audiencia preparatoria de octubre de 2012 que testigosen contra del acusado, los Sres. Mario Jaime Mejía, alias "ElPanadero" y Fremio Sánchez, lo habían sobornado para que inculpara al Sr.David Ravelo Crespo a cambio de beneficios en Justicia y Paz.
El Observatorio condena rotundamenteestas irregularidades en el proceso judicial en contra del Sr. David RaveloCrespo, las cuales han resultado en una ausencia de garantías del debidoproceso y en una violación de su derecho de legítima defensa.
El Observatorio subraya además que el 14de noviembre de 2012 se cumplieron dos años y dos meses desde la privación delibertad del Sr. David Ravelo Crespo, incluyendo seis meses en espera de fallo,y que su criminalización y subsecuente proceso judicial se enmarcan en uncontexto de hostigamiento judicial en contra de defensores de derechos humanosy sus actividades en Colombia.
Asimismo, elObservatorio reitera su absoluto rechazo ante el hostigamiento judicial encontra del Sr. David Ravelo Crespo, considerando que solamente apunta a obstaculizar y sancionar susactividades de defensa de los derechos humanos.
Antecedentes:
Desde el 14 de septiembre de 2010, elSr. David Ravelo Crespo se encuentra privado de su libertad, acusado de losdelitos de “concierto para delinquir” (este cargo ha precluido en su favor) y“homicidio agravado” del ex-funcionario de la ciudad de Barrancabermeja, el Sr.David Núñez Cala en 1991. Las acusaciones se basan en las versiones libres dellíder paramilitar desmovilizado Mario Jaime Mejía, alias "ElPanadero", detenido en marzo de 1999 y condenado por la justicia ordinariacomo autor material de varias masacres, quien, para obtener los beneficios dela Ley de Justicia y Paz, acusó al Sr. Ravelo Crespo y al ex-Congresista Sr.Arístides Andrade de la autoría intelectual del homicidio del Sr. Núñez Cala,así como en las declaraciones del paramilitar desmovilizado Fremio Sánchezquien acusó al Sr. Ravelo Crespo de tener nexos con la guerrilla de las FuerzasArmadas Revolucionarias de Colombia (FARC). En los meses anteriores, el Sr.Ravelo había sido objeto de constantes amenazas.
Además, el 8 de marzo de 2012, alrededor de lascuatro y media de la tarde, el Sr. David Ravelo Gutiérrez, hijo del Sr. David Ravelo Crespo, recibió unaamenaza proveniente del correo Santiago_avellano001@hotmail.com, firmada por lasAutodefensas Unidas de Colombia (AUC). En este mensaje, las AUC declaraban queel Sr. David Ravelo Gutiérrez había sido declarado objetivo militar y le dabanun plazo de salida de 24 horas con su familia. Al verificar la procedencia dela identidad IP del ordenador que emitió dicho correo electrónico, la ubicacióncorrespondería a la dirección de reclutamiento de la Policía Nacional.
El Sr. David Ravelo Gutiérrez hasido por su parte constantemente hostigado y perseguido desde antes de ladetención de su padre, recibiendo desde mayo de 2010 a su celular variasamenazas de muerte dirigidas a su padre y a él mismo, y también siendo víctimade seguimiento desde la ciudad de Bucaramanga a la ciudad de Bogotá cuandoviajaba en avión el 10 de diciembre de 2011 para atender ese mismo día a laprimera audiencia pública de su padre.
El Observatorio recuerda también queentre el 2009 y el 2011 se han proferido amenazas de muerte en 12 ocasionescontra los integrantes de CREDHOS por parte de grupos paramilitares. ElObservatorio recuerda que varios de sus miembros han seguido siendo hostigadosy amenazados desde el inicio de este año.
Acciónsolicitada:
Favor dirigirse a las autoridades de Colombia instándolas a:
i. Adoptar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizarla seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. David Ravelo Crespo,del Sr. David Ravelo Gutiérrez, de sus familiares, de los integrantes de CREDHOSy en general de todos los defensores de derechos humanos en Colombia;
ii. Ordenar de inmediato la liberación del Sr.David Ravelo Crespo ya que su detención es arbitraria en la medida en que lleva dos años dos meses privado de su libertad, delos cuales seis meses han sido en espera de fallo, y debido a que ésta pretendemeramente sancionar susactividades de defensa de los derechos humanos;
iii. Llevar a cabo una investigación en torno a las irregularidades en elproceso judicial del Sr. David Ravelo Crespo anteriormente descritas eidentificar a los responsables de estas irregularidades, llevarlos ante untribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles lassanciones penales, y/o administrativas previstas por la ley;
iv. Velarpor que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento, incluyendo a nivel judicial,contra el Sr. David Ravelo Crespo y contra el resto de miembros de CREDHOS y engeneral contra los defensores de derechos humanos en Colombia;
v. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre losDefensores de los Derechos Humanos de la ONU, en particular en lo referente ala protección del derecho de toda persona “individual o colectivamente, apromover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertadesfundamentales en los planos nacional e internacional” (Art.1) así como en lorelativo al deber del Estado de garantizar “la protección de toda persona,individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia,discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acciónarbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en lapresente Declaración” (Art.12.2);
vi. De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos ylas libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normasinternacionales de derechos humanos ratificadas por Colombia.
Direcciones:
· S.E. Juan Manuel Santos, Presidente de la República, Carrera 8 # 7-26,Palacio de Nariño, Santa Fe de Bogotá. Fax: + 57 1 596 0631 / 566 2071. Email: comunicacionesvp@presidencia.gov.co
· Sr. Angelino Garzón, Vicepresidente de la República, Tels.: +57 1 33445 07, +573772 01 30. E-mail: contactovicepresidencia@presidencia.gov.co
· Dr. Volmar Antonio Pérez Ortiz, Defensor del Pueblo, Calle 55 # 10-32,Bogotá. Fax: + 571 640 0491 E-mail: agenda@agenda.gov.co
· Sr. Fernando Carrillo Flórez,Ministro del Interior, La Giralda Carrera 8 No. 7 – 83, Bogotá D.C., Colombia.Fax: +57 1 242 74 00. Email: servicioalciudadano@mininterior.gov.co
· Sra. Ruth Stella Correa Palacio,Ministra de Justica, Carrera 9 No. 12C, Bogotá D.C., Colombia. Fax: +57 1 4443100. Email: reclamos.minjusticia@minjusticia.gov.co
· Dra. María Paulina Riveros Dueñas, Directora Programa de DerechosHumanos del Ministerio del Interior. E-mail: maria.riveros@mininterior.gov.co
· Sr. Eduardo Montealegre Lynett, Fiscal General de la Nación, Diagonal22-B # 52-01, Bogotá. Fax: +571 570 2000; +571 414 9000 Extensión 1113, E-mail:contacto@fiscalia.gov.co
· Dr. Alejandro Ordoñez Maldonado, Procurador General de la Nación, Cra.5 #. 15-80, Bogotá. Fax: +57 1 342 97 23; + 571 284 79 49 Fax: +571 342 9723;E-mail: cap@procuraduria.gov.co; quejas@procuraduria.gov.co;
· Sr. Juan Carlos Pinzón Bueno,Ministro de la Defensa, Avenida El Dorado con Carrera 52 CAN, Bogotá. Fax:+57.1.222.18.74; E-mail: mdn@cable.net.co
· S.E. Sra. Alicia Victoria Arango Olmos, Misión Permanente de Colombiaante Naciones Unidas en Ginebra. Chemin du Champ d’Anier, 17-19, 1209 Ginebra,Suiza. Fax: + 41 22 791 0787; E-mail: donuginebra@cancilleria.gov.co ; mission.colombia@ties.itu.int
· S.E. Sr. Carlos Holmes Trujillo García, Misión Diplomática de Colombiaen Bruselas, Avenue Franklin Roosevelt 96a, 1050 Bruselas, Bélgica. Fax: + 32 2646 5491
Favor escribir también a lasRepresentaciones Diplomáticas de Colombia en sus respectivos países.
***
Ginebra-Paris, 6 de diciembre de 2012
Sírvanse informarnos sobre cualquieracción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.
El Observatorio, programa conjunto de laOMCT y de la FIDH, está destinado a la protección de los defensores de losderechos humanos víctimas de violaciones y a proporcionarles una ayudacotidiana tan concreta como sea posible.
Para contactar al Observatorio,comuníquese con la Línea de Urgencia:
· E-mail: Appeals@fidh-omct.org
· Tel. y fax: OMCT : + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
· Tel. y fax: FIDH : + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80
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