Ecuador
11.09.13
Intervenciones urgentes

Condena a 12 años de prisión de los Sres. José (Pepe) Acacho González y Pedro Mashiant Chamik

Nuevasinformaciones

ECU 001 / 0211 / OBS 014.3

Sentencia/ Hostigamiento judicial

Ecuador

11 de septiembre de 2013

El Observatorio para la Protección de los Defensoresde Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra laTortura (OMCT) y de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), harecibido nuevas informaciones sobre la siguiente situación en Ecuador.

Nuevas informaciones:

ElObservatorio ha recibido información de fuentes fidedignas,entre las que se encuentra la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU), sobre la condena a 12 años deprisión de los Sres. José (Pepe) Acacho González, Presidente de la Federación Interprovincial de Centros Shuar, y PedroMashiant Chamik, dirigente de organizaciones filiales de la mismafederación Shuar. En la misma sentencia judicial donde se impuso la citada penase recoge la absolución de los Sres. Fidel Kaniras Taish, SantiagoBosco Sharup Wachapa, Sharian Pedro Narankas Mashiant, Andrés JuanVizuma Shimbiu y Ernesto Washikta Chiriap, también dirigentesindígenas. Este juicio se enmarca dentro del proceso de criminalización encontra de varios dirigentes indígenas que defendieron el derecho a la consultade las comunidades indígenas frente al Proyecto de Ley de Recursos Hídricos enseptiembre de 2009[1].

Segúnla información recibida, el 19 de julio de 2013, los Sres. José Acacho Gonzálezy Pedro Mashiant Chamik fueron condenados por la Única Sala de la CorteProvincial de Justicia de Morona Santiago, ubicada en Maca, a una pena de 12años de prisión por la comisión de un delito de terrorismo organizado,tipificado en el artículo 160.1 o 160.A del Código Penal ecuatoriano. Lafundamentación de la pena recogida en la resolución judicial se basa en lacomisión de delitos contra la seguridad de las personas y sus bienes, lesionesfísicas a diversas personas, así como la muerte de Bosco Wisuma durante lacelebración de la protesta convocada en septiembre de 2009 en contra delProyecto de la Ley de Recursos Hídricos.

Respectodel conjunto de imputados en calidad de encubridores del delito de terrorismoorganizado, los Sres. Fidel Kaniras Taishlas, Santiago Bosco Sharup Wachapa,Sharian Pedro Narankas Mashiant, Andrés Juan Vizuma Shimbiu y Ernesto Washiktaquedaron absueltos, al reconocerse su inocencia durante la audiencia dejuzgamiento.

ElObservatorio manifiesta su seria preocupación por la condena a 12 años de prisión de losSres. José (Pepe) Acacho González y Pedro Mashiant Chamik, e insta a las autoridades correspondientesa poner fin a todo tipo de hostigamiento en contra de los dirigentes indígenas que defienden el derecho aser consultados sobre sus tierras, como lo establece la Constitución deEcuador, el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales(ratificado por Ecuador en 1998) y la Declaración de las Naciones Unidas sobrelos derechos de los pueblos indígenas.

Antecedentes:

El28 de enero de 2011 se llevó a cabo una audiencia preparatoria en la CorteProvincial de Justicia de Morona Santiago, tras la cual el Presidente de laCorte emitió un auto de llamamiento a juicio y una orden de detención en contrade los Sres. José Acacho González, Pedro Mashiant Chamik y Fidel Kaniras Taish,acusados del delito de “terrorismo organizado”. Además, durante la mismaaudiencia, el Presidente acusó de un delito de encubrimiento a los Sres. SantiagoBosco Sharup Wachapa, Sharian Pedro Narankas Mashiant, Andrés Juan VizumaShimbiu y Ernesto Washikta Chiriap,también dirigentes indígenas que protestaban frente al Proyecto de Ley deRecursos Hídricos, mientras que otros cuatro dirigentes, los Sres. FranciscoWashikiat Saant Tsenjush. Luis Alberto Catan Shinqui, RufinoAntonio Marian Kasent y la Sra. Clara Elena Chuncho Juanga fueronabsueltos.

El1° de febrero de 2011 fueron detenidos los Sres. Acacho González, MashiantChamik y Kanira Taish en una operación conjunta entre el Ejército y la PolicíaNacional. Los detenidos fueron trasladados a la Comandancia de Policía de Macasy posteriormente a una cárcel en la ciudad de Quito.

El 8 de febrero de 2011, sellevó a cabo una audiencia de habeas corpus en Quito a petición de los Sres.Acacho González, Mashiant Chamik y Kanira Taish, tras la cual se ordenó supuesta en libertad. Los Sres. Acacho González, Mashiant Chamik y Kanira Taishfueron liberados la tarde del mismo día 8 de febrero. Sin embargo, el procesopenal en su contra siguió pendiente.

Acción solicitada:

Favor dirigirse a lasautoridades de Ecuador instándolas a:

i. Velar por que se ponga fin a todo tipo dehostigamiento - incluyendo a nivel judicial - contra losSres. José Acacho González y Pedro Mashiant Chamik y, en general, contra todoslos defensores de derechos humanos en Ecuador;

ii. Asegurarla aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de losDerechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembrede 1998, en particular en lo referente al:

· Artículo 1: “Toda personatiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la proteccióny realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en losplanos nacional e internacional.”

· Artículo 5.a: “A fin depromover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, todapersona tiene derecho, individual o colectivamente, en el plano nacional einternacional a reunirse o manifestarse pacíficamente.”

· Artículo 12.2: “El Estadogarantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona,individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia,discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acciónarbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en lapresente Declaración.”

iii. De manera general, garantizar el respetopor los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país deconformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas porEcuador.

Direcciones:

· Sr. Rafael Correa, Presidente de laRepública, Palacio de Gobierno, García Moreno y Chile 1043, Quito, Ecuador.Fax: +593.2.258.07.35; +593.2.258.07.79; + 593.2.258 0761. Correo Electrónico(E-mail): despresi@presidencia.ec-gob.net

· Dr. José Serrano, Ministro del Interior, Ministeriodel Interior, Benalcázar N4-24 y Espejo, Quito, Ecuador. E-mail: informacion@ministeriodelinterior.gob.ec

· Sr. Lenin Lara Rivadeneira,Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Culto,Av. Colón entre Diego de Almagro y Reina Victoria, Quito, Ecuador. Fax:+593 2 2550 089

· Dr. Galo Alfredo Chiriboga Zambrano, Fiscal General del Estado.Patria s/n y Av. 12 de Octubre, Quito, Ecuador. E-mail: despacho@minpec.gob.ec, Tel: +593 2 398 5800/59

· Dr. Milton ÁvilaCampoverde, Presidente de la CorteProvincial de Justicia de Morona Santiago, E-mail: Milton.Avila@funcionjudicial.gob.ecSr.Embajador Luis Gallegos Chiriboga,Misión Permanente del Ecuador ante Naciones Unidas en Ginebra, 80-82, RueLausanne, 4to Piso, 1202 Ginebra, Suiza. Fax: +41.22 732.48.34 E-mail: onuginebra@mmrree.gov.ec

· Sr.Embajador Fernando Yépez Lasso, Misión del Ecuador ante la Unión Europea, Av. Louise 363.-Noveno Piso. 1050 Bruselas, Bélgica. Fax: +32.2.644.28.13 E-mail: amb.equateur@skynet.be

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Ginebra-Paris, 11 de septiembre de 2013

Favor de informarnos sobrecualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio, programa conjunto de la OMCT y la FIDH, está destinadoa la protección de los y las defensores de los derechos humanos víctimas deviolaciones y a proporcionarles una ayuda cotidiana tan concreta como seaposible.

Para contactar al Observatorio, comuníquese con laLínea de Urgencia:

· E-mail: Appeals@fidh-omct.org

· Tel. y fax: OMCT : + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29

· Tel. y fax: FIDH : + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80

[1] Lascomunidades consideran que la Ley de Aguas permite el desarrollo de proyectosmineros en nacimientos de agua, asegura la provisión de aguas para las mineraspero no para las comunidades indígenas y campesinas, y no resuelve el temaurgente de la contaminación de los cursos hídricos. Además, pretende englobaren una autoridad estatal centralizada los sistemas de agua, con lo que lascomunidades perderían el control del recurso.