Venezuela
21.02.05
Intervenciones urgentes

Venezuela: Allanamiento, malos tratos, intento de detención arbitraria y graves amenazas contra César Peña y su familia en Carabobo.

Caso VEN 210205
Graves amenazas/ malos tratos / allanamiento arbitrario


El Secretariado Internacional de la OMCT solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Venezuela.


Descripción de la situación:

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con profunda preocupación informaciones sobre el allanamiento, los malos tratos, el intento de detención arbitraria y las graves amenazas infligidos al Sr. César Peña por funcionarios adscritos a la Policía del Estado, en hechos ocurridos en el Estado de Carabobo (Venezuela).

De acuerdo con las informaciones de la Red de Apoyo Por la Justicia y la Paz (REDAPOYO), el 27 de enero de 2005, hacia las 04h00 de la tarde, funcionarios policiales armados, dos de ellos uniformados y uno vestido de civil, adscritos a la Policía Regional del Estado de Carabobo, estacionaron su patrulla oficial frente a la entrada del hogar de la familia del Sr. César Peña, la cual está ubicada en la Calle Constitución del Caserío Agua Dulce, vía Central Tacarigua, en el mismo Estado. Según las informaciones, uno de los funcionarios uniformados salió de la patrulla y solicitó al Sr. Peña, quien se encontraba estudiando en el patio de la casa, que presentara su documento de identidad, a lo cual él respondió que esperara afuera y que él entraría a buscar el mencionado documento. Según las informaciones, cuando el Sr. Peña entró a la casa, el policía lo hizo también, procediendo a arrebatarle la cédula de identidad y a regar y registrar todos los papeles que se encontraban en la casa, diciéndole al Sr. Peña que estaban buscando armas.

De acuerdo con las informaciones, al ver el sorpresivo allanamiento, el Sr. César Peña preguntó por la respectiva orden legal que los autorizaba a llevar a cabo el operativo, a lo cual el policía le respondió: “Yo soy la autoridad y hago lo que quiera” e inmediatamente desenfundó su arma, ante lo cual, atemorizado, el Sr. César Peña trato de desarmarlo y de defenderse, momento en el que los otros dos funcionarios policiales entraron a la casa, detuvieron al Sr. Peña y lo arrastraron hacia fuera intentando llevárselo detenido. Según las informaciones, la Sra. Areida Rojas de Peña, esposa del Sr. César Peña intervino para evitar que se llevaran a su esposo y fue golpeada causándole hematomas en una pierna. Según los informes, en ese momento también intervinieron otros familiares que habitan en una casa vecina a la de los hechos y en medio del forcejeo y del escándalo lograron evitar la detención y entrar al Sr. César Peña en la casa de sus padres, de nombres Desiderio Peña y María Sequera de Peña.

De acuerdo con las informaciones, algunos vecinos de la familia Peña también intervinieron para evitar la detención del Sr. César Peña y reclamaron a los policías por su actuación, frente a lo cual el funcionario que había comenzado el operativo amenazó al Sr. César Peña diciéndole: “Cuídate por que me la vas a pagar”. Según las informaciones todos estos sucesos fueron presenciados por el niño César Javier Peña, de 7 años de edad, hijo de la víctima, el Sr. César Peña.

De acuerdo con las informaciones, estos hechos fueron denunciados el mismo día ante el Fiscal de Guardia, Fiscal 3° del Ministerio Público y ante la oficina de Asuntos Internos de la Policía de Carabobo, en donde les informaron que la patrulla en la que se trasladaban los funcionarios policiales denunciados, la cual permaneció en el lugar de los hechos durante unos cuarenta y cinco minutos, no estaba en su jurisdicción en el momento de los hechos.


Antecedentes de la situación:

De acuerdo con las informaciones, el 19 de septiembre de 2004, hacia la 01h30 de la madrugada, el Sr. Carlos Eduardo Ceballos Peña, quien era funcionario de la Policía del Estado Aragua, llamó a su hermana Lorian Ceballos Peña, que en esos momentos se encontraba durmiendo, para que le ayudara a entrar su motocicleta dentro del garaje de la casa, ubicada en la Urbanización Boca de Río en Guigue, Estado de Carabobo, en la que vivían ambos. Según las denuncias, en ese momento se hizo presente una unidad de la Policía del Estado de Carabobo compuesta por los funcionarios policiales de nombres: Distinguido Franly Castro y Fidian Herrera Brizuela. Según las denuncias, el primero de ellos, Franly Castro, procedió a entrar de manera violenta en la vivienda y a pesar de los gritos de auxilio de la Sra. Lorian Ceballos, disparó contra el Sr. Carlos Eduardo Cevallos Peña. Según las informaciones, al verlo caer herido en el suelo los dos policías procedieron a sacarlo de su casa y a montarlo en el vehículo policial para, horas después, llevarlo ya muerto al hospital.

De acuerdo con las informaciones, tanto la madre del funcionario muerto, Sra. Blanca Margarita Peña como su tía la Sra. Jenny Peña denunciaron los hechos y han estado realizando las diligencias necesarias para que se haga justicia en ese caso. Las informaciones resaltan que estas dos señoras son hermanas del Sr. César Peña, quien también es tío del señor muerto, Carlos Eduardo Cevallos Peña, por lo que se teme que el allanamiento y el intento de detención del Sr. César Peña hayan sido una represalia contra la familia por estar denunciando la muerte de su familiar a manos de funcionarios policiales.

El Secretariado Internacional de la OMCT se encuentra muy preocupado por estos hechos efectuados por funcionarios adscritos a la Policía del Estado de Carabobo, contra la familia Peña, cuyo procedimiento, según las denuncias, ha sido arbitrario y violatorio de la normativa nacional e internacional que regula los allanamientos y requisas. En este sentido, la OMCT recuerda que, según las informaciones, en ningún momento los funcionarios policiales mostraron la correspondiente orden de allanamiento y que por lo tanto, durante el procedimiento no se respetó el derecho a la inviolabilidad del hogar, establecido en el primer aparte del artículo 47 de la Constitución Nacional de Venezuela, el cual establece: “ El hogar doméstico y todo recinto privado de persona son inviolables. No podrán ser allanados, sino mediante orden judicial, para impedir la perpetración de un delito o para cumplir de acuerdo con la Ley las decisiones que dicten los tribunales, respetando siempre la dignidad del ser humano”.

El Secretariado Internacional de la OMCT urge al Gobierno venezolano a tomar todas las medidas necesarias para otorgar la seguridad que requieren todos los miembros de la familia Peña, en particular el Sr. César Peña, su esposa Areida Rojas de Peña, su sobrina Lorian Ceballos Peña, su hermana Jenny Peña, sus padres, Sres. Blanca Margarita Peña y Desiderio Peña y todos los demás miembros de esta familia, quienes se encuentran amenazados y, también, la seguridad de las demás personas que presenciaron los hechos ocurridos el 27 de enero de 2005 en el Caserío Agua Dulce, en el Estado de Carabobo. La OMCT expresa también su preocupación en cuanto al hecho de que graves crímenes contra los derechos humanos puedan quedar impunes y sus perpetradores sin sanción alguna, y por lo tanto solicita a las autoridades de Venezuela la puesta en marcha, o la debida continuidad, de una investigación exhaustiva e imparcial de todos los graves hechos arriba denunciados, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos a juicio y aplicar las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley.


Acción solicitada
Por favor escriban a las autoridades en Venezuela para urgirlas a:
i. tomar de manera urgente todas las medidas apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. César Peña, Areida Rojas de Peña, Lorian Cevallos Peña, Jenny Peña, Blanca Margarita Peña, Desiderio Peña y todos los demás miembros de esta familia, quienes se encuentran amenazados, y también la de las demás personas que presenciaron los hechos ocurridos el 27 de enero de 2005 en el Caserío Agua Dulce, en el Estado de Carabobo;

ii. llevar a cabo una investigación inmediata, exhaustiva e imparcial en torno a los hechos arriba mencionados, en particular sobre las amenazas y malos tratos infligidos a los miembros de la familia Peña en los hechos arriba mencionados, con el objeto de identificar a todos quienes sean responsables, llevarlos a juicio y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;

iii. otorgar una adecuada reparación a las víctimas de estos abusos;

iv. de manera general, conformar sus acciones a lo dispuesto por la Declaración Universal de los derechos Humanos y por los Pactos y Convenciones Internacionales ratificados por Venezuela.

Direcciones :
  • Presidente de la Republica, S.E. Hugo Chávez Frías, - Palacio de Miraflores, Caracas, Venezuela;Fax:+58.212.801.36.44E-mail:presidencia@venezuela.gov.ve venezuela@venezuela.gov.ve

  • Misión Permanente de Venezuela ante la ONU en Ginebra, 18-a, Chemin François-Lehmann, 1218, Ginebra. FAX:+ 41.22.723.28.81 ; TEL.: + 41.22.717.09.40; + 41.22.717.09.42; E-mail: mission.venezuela@ties.itu.int

  • Dr. Isaías Rodríguez Díaz, Fiscal General de la República, Avenida Universidad, Edificio Ministerio Público. Caracas. TEL: +58.212.509.81.34 ; +58.212.509.80.93 +58.212.509.72.11 +58.212.509.33.11 Fax: +58.212.577.21.54 ; +58.212.577.11.44.; E-mail: isaiasrodriguez@fiscalia.gov.ve; mp@fiscalía.gov.ve

  • Dr. Germán Mundaraín, Defensor del Pueblo, Av. México frente al Ateneo de Caracas. Plaza Morelos, Caracas. Fax: +58.212.575.44.67
    E-mail: gmundarain@defensoria.gov.ve

  • Sr. Jesse Chacón Escamillo, Ministro del Interior y Justicia, Avenida Urdaneta Esquina de Platanal, Despacho del Ministro, piso 3, Caracas, Venezuela,
    Fax: + 58.212.506.15.57

  • Sr. Luis Felipe Acosta Carles, Gobernador del Estado de Carabobo, Av. Montes de Oca entre Páez y Colombia, frente a la Plaza Sucre, Edificio Capitolio, Valencia, Venezuela,
    Fax: +58.241.857.25.01

  • Coronel Nictor López, Director de la Policía del Estado de Carabobo, Av. Bolívar, Calle Navas Espinola, Comandancia General de la Policía del Estado de Carabobo, Valencia, Venezuela, Fax: +58.241.857.41.96

  • Dra. Flavietta Di Pede Romero, Fiscal Superior del Estado Carabobo,
    E-mail: fcarabobo@fiscalia.gov.ve Calle Colombia, entre Boyacá y Urdaneta, Edificio La Curia, piso 2, Valencia, Estado de Carabobo, Venezuela, TEL: +58.241.857.46.69

  • Dr. Yoel Pérez Marcano, Defensoría Delegada del Estado Carabobo, E-mail: dcarabobo@defensoria.gov.ve Fax: +58.241.857.64.36 Urbanización Lomas del Este, Torre Mercantil, piso 3, oficinas 31-a y 31-B, Valencia, Carabobo

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Venezuela en sus respectivos países


Ginebra, 21 de febrero de 2005

Sírvanse informarnos de cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.