Guatemala: Nuevos actos de criminalización y persecución de la abogada y exfiscal anticorrupción Virginia Laparra

CARTA PÚBLICA
RE: Guatemala: Nuevos actos de criminalización y persecución de la abogada y exfiscal anticorrupción Virginia Laparra
Honorables autoridades guatemaltecas,
Reciban un cordial saludo de las organizaciones de derechos humanos abajo firmantes.
De manera atenta nos dirigimos a ustedes con el objetivo de hacer un llamado para expresar nuestra preocupación por los recientes actos de persecución y criminalización dirigidos desde el sistema de justicia guatemalteco en contra de la Sra. Virginia Laparra, abogada y exfiscal de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) del Ministerio Público (MP) en Quetzaltenango.
Hemos recibido información de que, en fecha reciente, la Sala Quinta de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Quetzaltenango (en adelante, la Sala) recibió una solicitud del Ministerio Público a través de la Fiscal, Sra. Brenda Maribel Guzmán, solicitando revocar las medidas sustitutivas a la privación de libertad de la Sra. Laparra.
Esta solicitud fue presentada por el Sr. Omar Barrios Osorio, abogado querellante adhesivo en el caso contra la Sra. Laparra y respaldada en calidad de querellantes adhesivos, por el exjuez y actual relator de la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura en Guatemala Sr. Lesther Castellanos, y el Sr. Ricardo Méndez Ruíz de la Fundación Contra el Terrorismo.
Los querellantes solicitaron a la Sala decretar la rebeldía de la Sra. Laparra y en consecuencia, revocar las medidas sustitutivas y ordenar su aprehensión inmediata. Además, pidieron a los magistrados de esa Sala que soliciten ellos mismos a la Secretaría General de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) generar una alerta roja para su captura internacional.
Actualmente, la Sala se encuentra en proceso de revisión de la solicitud presentada, sin embargo, se podría estimar legalmente improcedente pues ya se le habían concedido al Ministerio Público suficientes oportunidades para presentar una solicitud mínimamente congruente, que resultaba manifiestamente incongruente con los medios de prueba aportados, basados exclusivamente en publicaciones realizadas en redes sociales, sin ningún otro respaldo probatorio. Cabe destacar que ya ha transcurrido el plazo otorgado a las partes procesales para pronunciarse sobre esta solicitud. Sin embargo, ante las constantes deficiencias en la solicitud del Ministerio Público, los magistrados de la Sala han comenzado a actuar de oficio, lo cual podría interpretarse como un ejercicio simultáneo de los roles de juez y parte. Esta circunstancia genera preocupación y pone en entredicho la imparcialidad de su actuación.
Como antecedente, el 23 de abril de 2025, el juez Marco Antonio Villeda del Tribunal Octavo de Sentencia Penal de Guatemala rechazó un pedido del Ministerio Público de declarar en rebeldía a la Sra. Laparra y activar una orden de captura en su contra, argumentando que en su caso ya se habían dictado dos sentencias, por lo que correspondía al Juzgado de Ejecución garantizar su cumplimiento.
Las organizaciones signatarias recordamos que estas dos sentencias han sido resultado de procesos caracterizados por arbitrariedades, irregularidades y violaciones al debido proceso, entre otras violaciones a derechos humanos en contra de la Sra. Laparra; circunstancias que han sido acreditadas incluso por organismos y mecanismos internacionales de derechos humanos. La Sra. Laparra salió al exilio en el mes de julio de 2024 con el fin único de preservar su vida, tras dos años de haber permanecido injustamente privada de su libertad y condenada en dos ocasiones.
Por todo lo anterior, manifestamos nuestra preocupación por la continuidad de la criminalización y persecución en contra de la Sra. Laparra, evidenciada por la admisibilidad de esta nueva petición del Ministerio Público, y en particular, la solicitud de ordenar su aprehensión inmediata a través de lla emisión de una alerta roja en su contra. Recordamos que cuando las solicitudes están motivadas por razones políticas se constituye una violación al artículo 3 del Estatuto de la INTERPOL, que prohíbe la intervención en asuntos de carácter político, militar, religioso o racial.
El caso de la Sra. Laparra es un ejemplo de los retos a los que se enfrentan las personas que luchan contra la corrupción, la impunidad y defienden el Estado de derecho en Guatemala. Su encarcelamiento durante más de 680 días, en represalia por sus esfuerzos contra la corrupción, ha sido ampliamente condenado por organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos, y su labor como ex fiscal y abogada ha sido reconocida a nivel internacional.
En vista de los hechos presentados, las organizaciones les solicitamos:
Garantizar los derechos al debido proceso, a la defensa legal y el acceso a la justicia en el caso de la Sra. Virginia Laparra, asegurando que cuenten con todas las garantías procesales incluidas en la Constitución Política de la República de Guatemala.
Poner fin de manera inmediata a la política de persecución y criminalización transnacional en contra de las personas defensoras de derechos humanos y abogadas en Guatemala que han tenido que salir al exilio a causa de su labor de defensa de derechos humanos y lucha anticorrupción.
Tener en cuenta los importantes y graves precedentes de criminalización de quienes han ejercido o ejercen la defensa de derechos humanos desde el sistema de justicia al momento de valorar el caso.
Atentamente
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
CIVICUS Alianza Global
Due Process of Law Foundation (DPLF)
Entraide et Fraternité- Bélgica
Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH), en el marco del Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos
Guatemala Solidarity Network - GSN -UK
Iniciativa Mesoamericana de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos
Law Society of England and Wales
Prisoners of Conscience -UK
Protección Internacional Mesoamérica
Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), en el marco del Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos
Por favor, escriban también a las Autoridades Guatemaltecas y a las Representaciones Diplomáticas de Guatemala en sus respectivos países
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