México
05.09.25
Declaraciones

¡Libertad para los 5 defensores tseltales de San Juan Cancuc!

Fotografía del Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas

México debe cumplir sus obligaciones internacionales


Personas expertas de la Organización de las Nacions Unidas (ONU) piden al Estado mexicano la liberación inmediata de Manuel Sántiz Cruz, Agustín Pérez Domínguez, Juan Velasco Aguilar, Martín Pérez Domínguez y Agustín Pérez Velasco. En su Opinión No. 21/2025 publicada en el mes de mayo del 2025, el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU reconoce que los cinco defensores del territorio, indígenas maya-tseltales originarios de San Juan Cancuc (Chiapas), fueron detenidos arbitrariamente. A la fecha, llevan más de tres años tras las rejas por un delito que no cometieron.

El grupo de trabajo de la ONU reconoce que la detención arbitraria está caracterizada en cada uno de los 4 aspectos argumentados por el Centro de Derechos Humanos Frayba: 1) no hay fundamento jurídico que justifique la detención; 2) la detención resulta del ejercicio sus derechos humanos; 3) un juicio parcial condujo a la detención; 4) y que esta detención es discriminatoria.

En mayo 2022, los cinco defensores fueron detenidos en San Juan Cancuc y en San Cristóbal, tras la muerte de un policía municipal en condiciones que aún no se han esclarecido. El Estado mexicano, como bien lo subraya el Grupo de Trabajo de la ONU, usó varias estrategias contra ellos, características del patrón de fabricación de culpables en Chiapas. Destaca la creación de un delito de posesión de drogas para mantener a los defensores presos mientras que la Fiscalía elaboraba otra orden de aprehensión por homicidio agravado, delito por el cual están actualmente cumpliendo una pena de 18 años y 9 meses.

Dicha orden de aprehensión fue emitida antes siquiera que la Fiscalía la haya solicitado, lo que evidencia el montaje. A los detenidos no les enseñaron la orden de aprehensión, ni les informaron del motivo de su detención. Además, tres de ellos estuvieron incomunicados durante 24 horas sin que se supiera nada de su paradero. Hechos por los que el Grupo de Trabajo considera que fueron sometidos a desaparición forzada.

No fue casualidad que detuvieran a Manuel, Agustín, Juan, Martín y Agustín. Como bien lo menciona el Grupo de Trabajo, son defensores de los derechos humanos y del medio ambiente, y este fue el motivo de su detención. Todos han participado en la defensa de su territorio contra proyectos de supuesto “desarrollo” como la autopista San Cristóbal de Las Casas - Palenque; y contra la militarización de la región, junto al Pueblo Creyente. En particular, Manuel Sántiz Cruz ha sido una figura muy visible por su papel como presidente del Comité de Derechos Humanos de la parroquia de San Juan Cancuc.

El Grupo de Trabajo está convencido que los 5 fueron discriminados por su calidad de defensores, pero también por su pertenencia al pueblo indígena maya-tseltal, demostrado al ser omisos en facilitarles un intérprete a pesar de que el español no es su primer idioma, y es el usado en el tribunal. Esta discriminación y racismo es un elemento que fundamenta el reconocimiento de la detención arbitraria.

En Chiapas, existe un patrón de criminalización de personas defensoras indígenas, en particular contra quienes defienden su territorio. El objetivo es generar miedo, división y por ende desmovilización en las comunidades afectadas principalmente por megaproyectos y/o por la militarización. La criminalización beneficia en primer lugar al Estado mexicano, pero también a empresas y grupos criminales facilitando su actuación para asentar sus negocios, tanto legales como ilegales. Muchos actores sociales y políticos han alertado ante los riesgos de tales proyectos, como es el caso del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), el Congreso Nacional Indígena (CNI), y también Rodrigo Aguilar Martínez, obispo de San Cristóbal de Las Casas.

Los pueblos siguen resistiendo ante la “supercarretera” San Cristóbal-Palenque en contra de la cual los 5 de Cancuc se movilizaron. Hasta la fecha, comunidades afectadas mantienen su resistencia pacífica, y su exigencia de una consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada.

Con la opinión del Grupo de Trabajo, el Estado mexicano tiene la oportunidad, y obligación, de reparar una grave injusticia. De acuerdo a los compromisos internacionales tomados por el país, las peticiones del Grupo de Trabajo son vinculantes. Es decir que la liberación inmediata no es una opción, sino una obligación legal que pesa sobre las autoridades mexicanas. De hecho, hay un precedente reciente en Chiapas, cuando en 2021 una opinión de las personas expertas de la ONU llevó a la liberación de cinco hombres indígenas detenidos arbitrariamente.

Por lo anterior, instamos al Estado implementar sin dilación las peticiones del Grupo del Trabajo:

  • Poner en libertad inmediata a Manuel Sántiz Cruz, Agustín Pérez Domínguez, Juan Velasco Aguilar, Martín Pérez Domínguez y Agustín Pérez Velasco.
  • Implementar un plan de reparación integral que no se limite a su indemnización económica, diseñado en base a un diálogo con las víctimas directas e indirectas.
  • Llevar a cabo una investigación exhaustiva e independiente de la privación arbitraria de libertad de los cinco defensores de los derechos humanos y del territorio

Reconocemos que fue la lucha de los cinco presos y sus familias, así como de colectivos y organizaciones de México y del mundo que permitió señalar esta grave injusticia y llamar la atención del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU. Esta misma lucha permitirá su liberación e implementación a cabalidad de la opinión 21/2025. Por lo tanto, hacemos un llamado a la sociedad civil local, nacional e internacional a sumarse a las acciones para la liberación de Manuel, Agustín, Juan, Martín y Agustín.

Firman

  • ACAT Francia
  • Frontline Defenders
  • Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas
  • Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH), en el marco del Observatorio para la Protección de las Personas Defensoras de Derechos Humanos
  • Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), en el marco del Observatorio para la Protección las Personas Defensoras de Derechos Humanos
  • IPRI