Detenciones arbitrarias y alegaciones de tratos inhumanos y degradantes ocurridos en la ciudad de Kogo, por miembros del ejército
Caso GUI 190110
Detenciones arbitrarias y malos tratos/ Riesgo de impunidad
El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Guinea Ecuatorial.
Descripción de la situación
El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con seria preocupación informaciones de fuentes fidedignas, entre ellas Antenna Internacional, organización miembro de la red SOS-Tortura de la OMCT, sobre la detención arbitraria y las alegaciones de tratos inhumanos y degradantes ocurridos en la ciudad de Kogo, por miembros del ejército.
De acuerdo con las informaciones recibidas, el 10 de enero de 2010, el Sr. Antonio Angoso Mba, presidente del Consejo de Poblado de Miguala (situado al sur de la ciudad de Kogo), quien se encontraba en su domicilio con su familia, fue detenido sin ningún motivo por el Sr. Saturnino Motuhu Ndong, jefe militar del distrito de Kogo. Estos hechos ocurrieron después de que el militar provocara, sin intención, un accidente con su auto sobre una vivienda en la que se encontraban algunas personas. El militar prometió reparar los daños pero se enfrentó al dueño de la vivienda y llamó a 10 soldados armados. Como el propietario desapareció el jefe militar hizo detener al Sr. Antonio Angoso Mba, acusándolo de haber permitido que se lo agrediera. Según las mismas informaciones, el Sr. Antonio Angoso Mba fue esposado y severamente maltratado, incluso con golpes con las manos, y fue pateado en la espalda por los soldados lo que produjo que se desplomara en el suelo lastimándose el rostro, antes de ser conducido al cuartel militar de Kogo, donde también se ubica la cárcel del distrito. Horas más tarde, el delegado del gobierno del distrito negoció la libertad provisional del Sr. Antonio Angoso Mba, quien permaneció en el hospital de Kogo, con lesiones en su rostro, hasta el 12 de enero de 2010. Junto con él, fue detenido también el Sr. José Eyegue, de nacionalidad gabonesa, que se encontraba en ese momento en el lugar por razones familiares. El Sr. José Eyegue, que fue golpeado con las manos, y con patadas, permaneció detenido hasta el 12 de enero de 2010. Ambas detenciones fueron sin mandato judicial y las liberaciones sin cargos.
Por otra parte, ese mismo día (el 10 de enero de 2010), el Sr. Pascual León Magno Engono Mansogo, alias Piño, fotógrafo, en compañía del Sr. Gregorio Obame Nze, ingresó al recinto militar de Kogo para entregar, al parecer a pedido de los mismo militares, fotografías de varios de ellos en el día del año nuevo. Una vez en el interior del cuartel, se los acusó de pertenecer a la oposición y, por tanto, de ser peligrosos por el potencial riesgo de fotografiar instalaciones militares. Según las mismas informaciones, ambos fueron detenidos por el Coronel Juan Engonga, comisario de Policía del distrito de Kogo. Fueron obligados a cargar agua para los militares, a limpiar el cuartel militar y a trabajar como peones en la obra personal que el comisario lleva adelante en la zona de Kogo II. Además, el coronel les hizo saber que de haber ingresado al cuartel por la noche, les hubiera disparado a matar. Según las mismas informaciones, al día siguiente, fueron puestos en libertad tras pago de 2.000 Francos CFA (USD 4,38) cada uno.
La OMCT manifiesta su seria preocupación por la seguridad y por la integridad física y psicológica de los Sres. Antonio Angoso Mba, José Eyegue, Pascual León Magno Engono Mansogo y Gregorio Obame Nze y solicita a las autoridades de Guinea Ecuatorial que se realice una investigación inmediata, rápida, independiente, completa, efectiva e imparcial sobre las detenciones arbitrarias y tratos inhumanos y degradantes anteriormente detallados, con el fin de identificar a los responsables llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley, además de que las conclusiones de esta investigación sean publicadas.
La OMCT recuerda que Guinea Ecuatorial es Estado parte de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de Naciones Unidas, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y de la Carta africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos, los cuales prohíben la tortura y cualquier otro tratamiento cruel, inhumano o degradante. En este sentido, la OMCT recuerda al Estado de Guinea Ecuatorial que de acuerdo con estos tratados, en particular con el artículo 13 de la Convención contra la Tortura, las autoridades están llamadas a considerar seriamente todas las alegaciones de malos tratos recibidos por las víctimas y a llevar a cabo una investigación profunda e independiente a este respecto.
Por último, la OMCT urge a las mismas autoridades a que apliquen los principios y normas regionales e internacionales que prohíben, salvo en circunstancias de carácter excepcional, las detenciones arbitrarias.
Acción solicitada
Favor escribir a las autoridades de Guinea Ecuatorial con el fin de urgirlas a:
- tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica los Sres. Antonio Angoso Mba, José Eyegue, Pascual León Magno Engono Mansogo y Gregorio Obame Nze;
- llevar a cabo una investigación inmediata, rápida, independiente, completa, efectiva e imparcial, sobre las detenciones arbitrarias y tratos inhumanos y degradantes que sufrieron los Sres. Antonio Angoso Mba, José Eyegue, Pascual León Magno Engono Mansogo y Gregorio Obame Nze, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal independiente, competente, e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley, además de que las conclusiones de esta investigación sean publicadas;
- otorgar una apropiada reparación a las respectivas victimas que incluya una rehabilitación y una compensación adecuadas;
- garantizar en Guinea Ecuatorial el respeto a los derechos humanos de todas las personas que sean privadas de la libertad, de acuerdo con sus leyes nacionales y con sus compromisos adquiridos con los instrumentos internacionales de derechos humanos;
Direcciones
- General Teodoro Obiang Nguema Mbasogo, Presidente de la República, Gabinete del Presidente de la República, Malabo, Guinea Ecuatorial, Fax:+ 240 09 3313 / 3334
- Señor Don Carlos Mangue Elunku, Fiscal General de la República, Fiscalía General de la República, Malabo, Guinea Ecuatorial, Fax:+ 240 09 1338
- Señor Don Salomón Nguema Owono, Vice primer Ministro Tercero, Encargado de Derechos Humanos y Acción Social, Primatura del Gobierno, Malabo, Guinea Ecuatorial
- Señor Don Nicolás Obama Nchama, Ministro de Seguridad Nacional, Dirección General de Seguridad Nacional, Malabo, Guinea Ecuatorial, Fax:+ 240 09 8259
- Señor Don Pastor Michá Ondó Bile, Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional, Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional, Malabo, Guinea Ecuatorial, Fax:+ 240 09 3132/ 2320
- Misión Permanente de Guinea Ecuatorial ante las Naciones Unidas en Ginebra, 70 Quai de Cologny, 1223 Ginebra, Suiza, Fax: + 41.22.700.86.77 E-mail: mission@guinee-equatoriale.ch
- Misión Permanente de Guinea Ecuatorial ante las Naciones Unidas en Nueva York, 242 East 51 Street, New York 10022 USA, Fax: + 1 2122232366
Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Guinea Ecuatorial en sus respectivos países.
Ginebra, 19 de enero de 2010
Favor informarnos sobre cualquier acción realizada acerca del presente caso, citando el código del presente llamado en su respuesta.