Colombia
26.11.19
Intervenciones urgentes

Asesinato del manifestante Dylan Mauricio Cruz y continuación de la represión del Paro Nacional

LLAMADO URGENTE - EL OBSERVATORIO

Nuevasinformaciones

COL 007 /1119 / OBS 095.1

Asesinato / Criminalización /

Uso excesivo de la fuerza /

Restricción al derecho deexpresión, reunión y manifestación pacífica

Colombia

26 denoviembre de 2019

El Observatorio para la Protección de losDefensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización MundialContra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, ha recibido nuevas informaciones y solicitasu intervención urgente ante la siguiente situación en Colombia.

Nuevas informaciones:

El Observatorioha recibido con profunda preocupación información pública y del Comité deSolidaridad con los Presos Políticos (CSPP) sobre el asesinato del Sr. Dylan Mauricio Cruz, de 18 años deedad, quien hacía uso del derecho a la protesta social en defensa de laeducación en Colombia, y sobre la continuación de la represión del ParoNacional[1] que iniciódesde el pasado 21 de noviembre en todo el territorio colombiano. Entre lasviolaciones de derechos humanos destacan la criminalización, el uso excesivo,indiscriminado y desproporcionado de la fuerza y la continuación de accionespor parte de las autoridades de Colombia que parecen buscar la generación de unambiente intimidatorio, así como amedrantar, obstaculizar e inhibir laparticipación de la población colombiana en el Paro Nacional.

Según lainformación recibida, el día 23 de noviembre en el marco de una de lasmovilizaciones convocadas en la ciudad de Bogotá, aproximadamente a las 15:47, elEscuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) disolvió a la fuerza (incluyendo el usode elementos como bombas aturdidoras y gases lacrimógenos) una marcha quetranscurría pacíficamente por el centro de la ciudad. En ese contexto, uno delos agentes del ESMAD disparó lo que al parecer sería un proyectil de gaslacrimógeno directamente a la cabeza del joven Dylan Cruz[2].El impacto del artefacto disparado le causó un "trauma craneoencefálicopenetrante" por lo que tuvo que ser ingresado en la Unidad de CuidadosIntensivos del Hospital San Ignacio. No obstante, en la noche del 25 denoviembre las autoridades del Hospital comunicaron su muerte.

Estos hechosocurren en el marco de un patrón de uso abusivo, innecesario y excesivo de la fuerzapor parte de la fuerza pública durante el Paro Nacional que, según datos de la Campaña“Defender la libertad asunto de todas”[3],ha dejado al menos 280 personasheridas, algunas con graves afectaciones a su salud[4]. Segúnlas mismas informaciones el ESMAD ha intervenido para disolver numerosasconcentraciones y movilizaciones que se desarrollan de manera pacífica. Porejemplo, el 22 de noviembre el ESMAD intervino con gases y bombasaturdidoras en la Plaza de Bolívar, en donde se concentraban más de 5.000 personasde manera pacífica. Dicha actuación produjo la afectación en la salud de losmanifestantes que allí se encontraban, y puso en riesgo sus vidas e integridadfísica, al actuar en desconocimiento de todas las medidas de prevención yevacuación que deben ser observadas en eventos multitudinarios.

Adicionalmente,la Campaña “Defender la libertad asunto de todas” ha registrado desde el 21 denoviembre, 839 personas manifestantes detenidas arbitrariamente en Colombia porsu participación en las protestas sociales, 47 de las cuales han sidojudicializadas bajo los supuestos de flagrancia y violencia contra servidorpúblico[5]. Sinembargo, la mayoría de estas 47 capturas fueron declaradas ilegales por juecesde control de garantías.

Además, a 392personas manifestantes les han sido impuestas sanciones o comparendos por partede la Policía Nacional, que obligan a pagar multas que pueden representar el25% del salario mínimo legal vigente, bajo el argumento de comportamientos queafectan la sana convivencia. El Observatorio muestra su preocupación por lautilización de la figura de traslado por protección establecida en el CódigoNacional de Policía[6], la cualestaría siendo utilizada para detener arbitrariamente a los manifestantes, sacarlosde las manifestaciones e imponerles sanciones pecuniarias que solo buscaríansancionar y obstaculizar el ejercicio legítimo de la protesta social enColombia.

Según las mismasinformaciones recibidas, ha continuado la generación de un ambiente intimidatoriocon el fin de obstaculizar e inhibir la participación en el Paro Nacional (verantecedentes). El día 22 de noviembre, se fomentó una campaña de pánico yterror difundida por las redes sociales en la ciudad de Bogotá, mediante lacual se difundieron mensajes falsos sobre supuestas acciones de saqueos yhurtos en conjuntos residenciales que generaron pánico en sus pobladores. Esemismo día 22 de noviembre, en Bogotá, Cali, Facatativá, Chía, Candelaria (Valledel Cauca), Jamundí y Popayán los alcaldes decretaron toques de quedatemporales, que afectaron la libertad de movimiento, reunión y protesta, sinque hubiesen existido razones suficientes para tales restricciones.

El Observatoriomanifiesta su preocupación por el uso excesivo e indebido de la fuerza por partedel ESMAD, actuaciones contrarias a los estándares internacionales ycolombianos en materia de combate a la tortura y los malos tratos, así como lasacciones tomadas para impedir el derecho a la manifestación pacífica. Asimismo,el Observatorio hace un llamado a las autoridades a controlar, investigar ycastigar el uso excesivo de la fuerza, incluyendo a través de armas menosletales que podrían estar siendo usadas con la intencionalidad de causar daño, afectandola vida e integridad física de quienes protestan en Colombia, como en el casodel asesinato del Sr. Dylan Cruz.

Finalmente, elObservatorio reitera la preocupación expresada en el Informe publicado en mayode 2018[7]en el que se identifica como una de las causas para la vulnerabilidad de laspersonas defensoras en Colombia el hecho de que siga persistiendo un ambienteque estigmatiza y criminaliza el ejercicio del derecho a la protesta social,así como un uso excesivo de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad delEstado.

Antecedentes:

El Observatorio alertó sobrela represión de la protesta social en vísperas del Paro Nacional convocado enColombia para el día 21 de noviembre[8].

Los ataquesincluyen la criminalización y los allanamientos masivos realizados a lasviviendas de numerosas personas defensoras de derechos humanos y medios decomunicación, entre los que se encuentran la Sra. Johana Hincapié[9] y el Sr.Johan Stiven Martínez[10], la sedede la Revista Cartel Urbano[11],el colectivo artístico “Puro Veneno”[12],y el colectivo artístico “la otra danza”[13],en la ciudad de Bogotá, así como del ingreso sin orden judicial de la Policíaal edificio de la organización de derechos humanos Corporación Jurídicalibertad en la ciudad de Medellín.

Estos hechos seenmarcan en una campaña de estigmatización, señalamientos e intimidación contrala defensa de derechos humanos y la protestasocial en Colombia, auspiciada desde altos funcionarios públicos e integrantesdel partido del actual gobierno[14]que, en el último mes, se ha exacerbado con ocasión a la convocatoria del ParoNacional del próximo 21 de noviembre.

Acción solicitada:

Por favor,escriban a las autoridades de Colombia instándolas a:

i. Llevar a cabo una investigacióninmediata, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a loshechos denunciados, particularmente en lo referente al asesinato del Sr. DylanCruz, así como garantizar la integridad física y psicológica de sus familiares;

ii. Poner fin a todo tipo de amenazas,actos de hostigamiento, criminalización, así como a la campaña de desprestigioen contra de todas las personas que ejercen sus derechos a la libertad deexrepsión, reunión y a la manifestación pacífica;

iii. Llevar a cabo una reforma integral del ESMADcon participación de los actores de la sociedad civil para asegurar que suactuación se adecue a los estándares internacionales de derechos humanos, asícomo trasladar las funciones de seguridad ciudadana del Ministerio de Defensaal Ministerio del Interior;

iv. Implementar el Protócolo para lacoordinación de las acciones de respeto y garantía a la protesta pacífica,contemplado en la resolución 1190 de 2018 del Ministerio del Interior, para laplena observación de los estándares internacionales en materia de tratamiento ala protesta social y regulación de lafuerza pública en el contexto de la protesta social;

  1. Hacer efectiva laDirectiva No. 002 del 14 de junio de 2017 expedida por el ProcuradorGeneral de la Nación, mediante la cual se exhorta a los funcionariospúblicos a respetar a quienes defienden los derechos humanos y a susorganizaciones y “abstenerse de realizar conductas que los deslegitimen,descalifiquen, hostiguen e inciten al hostigamiento o estigmaticen sulabor”, e iniciar las respectivas investigaciones disciplinarias;

vi. Asegurar la aplicación de lodispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos,adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, enparticular en lo referente al artículo 1, 5.a y 12.2;

vii. De manera general, garantizar elrespeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo elpaís, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanosratificadas por Colombia.

Direcciones:

Por favor, escriban a lasautoridades de Colombia urgiéndolas a:

· Iván DuqueMárquez, Presidente de la República de Colombia. E-mail: contacto@presidencia.gov.co

· Sra. NancyPatricia Gutiérrez, Ministra del Interior. E-mail: servicioalciudadano@mininterior.gov.co / notificacionesjudiciales@mininterior.gov.co

· Sr. LorenzoGuillermo Botero Nieto, Ministro de Defensa Nacional.E-mail: usuarios@mindefensa.gov.co

· Sr. FabioEspittia, Fiscal General de la Nación (E). Email contacto@fiscalia.gov.co, denuncie@fiscalia.gov.co

· Sr. CarlosAlfonso Negret, Defensor Nacional del Pueblo. E-mail: secretaria_privada@hotmail.com, defensoria@defensoria.org.co

· Sr. FranciscoRoberto Barbosa Delgado, Consejero Presidencial para los Derechos Humanosy Asuntos Internacionales. E-mail(Secretaría):  contacto@presidencia.gov.co

· Sr. PabloElías Gonzales, Director de la Unidad Nacional de Protección. Email: correspondencia@unp.gov.co

· Sra. AdrianaMendoza Agudelo, Embajadora-Representante Permanente de Colombia ante lasNaciones Unidas en Ginebra. E-mail: donu.suiza@cancilleria.gov.co

· Sr. AlbertoBrunori, Representante en Colombia del Alto Comisionado de Naciones Unidas paralos Derechos Humanos. E-mail: oacnudh@hchr.org.co

Por favor, escriban también alas Representaciones Diplomáticas de Colombia en sus respectivos países.

***

Ginebra-París, 26 de noviembre de 2019

Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citandoel código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio para laProtección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programacreado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH ytiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas derepresión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT yFIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu,el Mecanismo de la UniónEuropea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civilinternacional.

Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:

  • E-mail: Appeals@fidh-omct.org
  • Tel.y fax: OMCT: + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
  • Tel.y fax: FIDH: + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80

[1] Es una jornada de protestaconvocada pacíficamente en la que millares de colombianos y colombianas hansalido a las calles a exigir el reconocimiento y respeto de sus derechos.

[2] Ante estos hechos una comisiónde verificación de la campaña “Defender la libertad asunto de todas”, que seencontraba en el lugar, hizo una cadena humana y posteriormente acordonaron el lugar, para que no sealterara la evidencia física, mientas exigían la presencia de la Fiscalía. Sinembargo, ésta solo llegó 6 horas después de los hechos.

[3] La Campaña Defender la Libertad: asunto de todas es una red de organizacionescontra la detención arbitraria, persecución judicial y criminalización de laprotesta social en Colombia. En ese contexto, también sistematiza, compila ydenuncia a nivel nacional e internacional las distintas modalidades de represióny uso abusivo de la Fuerza Pública. Para más información, véase: https://defenderlalibertad.com/boletin-informativo-2-22-de-noviembre/

[4] Por ejemplo, un joven perdió suojo derecho en la ciudad de Bogotá producto de una bala de goma disparada porel ESMAD, y otras 2 personas tienen su pierna en riesgo por el impacto de ungas lacrimógeno lanzado el ESMAD a poca distancia.

[5] Se conocieron 47 casos de personasjudicializadas, 19 en Bogotá, 3 en Medellín y 25 en Popayán.

[6] El artículo 155 de la Ley 1801 de2016 dispone que: “Traslado por protección Cuando la vida e integridad de unapersona o de terceros esté en riesgo o peligro, el personal uniformado de laPolicía Nacional, podrá trasladarla para su protección o la de terceros, en lossiguientes casos: Cuando deambule en estado de indefensión o de gravealteración del estado de conciencia por aspectos de orden mental, o bajoefectos del consumo de bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas o tóxicas,cuando el traslado sea el único medio disponible para evitar el riesgo a lavida o integridad de la persona o los terceros. Cuando esté involucrado en riñao presente comportamientos agresivos o temerarios, realice actividadespeligrosas o de riesgo que pongan en peligro su vida o integridad o la deterceros, o esté en peligro de ser agredido cuando el traslado sea el únicomedio disponible para evitar el riesgo a la vida o integridad de la persona olos terceros.

[7] Véase el informe de misión de investigación delObservatorio, mayo de 2018: “COLOMBIA: No Hay Paz para las personasdefensoras”, 2018: http://www.omct.org/files/2018/05/24862/informe_colombia.pdf

[8] Véase Llamado Urgente del ObservatorioCOL 007 / 1119 / OBS 095 de 20 de noviembre de 2019, disponible aquí: https://www.omct.org/es/human-rights-defenders/urgent-interventions/colombia/2019/11/d25610/.

[9] JohanaHincapié, es una lideresa social y comunitaria que promueve los derechos de lasmujeres y hace parte del colectivo Ciudad y movimiento y del Congreso de los Pueblos.

[10] Johan StivenMartínez, es un líder social y comunitario que promueve los derechos humanos enla localidad de Suba y hace parte del colectivo Ciudad y movimiento y delCongreso de los Pueblos.

[11] La Revista Cartel Urbano es unmedio de comunicación independiente creado hace más de 14 años, una plataformade difusión sobre temas culturales, agenda y arte callejero, especializada en audiencias dejóvenes y promueve el respeto a los derechos humanos. Para más informaciónvéase: https://cartelurbano.com/

[12] “Puro Veneno”es un colectivo artístico, que a través del arte gráfico promueve el respeto alos derechos humanos y el pensamiento crítico.

[13] “La otra danza” es una Compañía artística interdisciplinarpara la investigación escénica con sede en Bogotá. Véase: https://www.semana.com/nacion/articulo/asi-quedo-un-taller-de-artes-plasticas-y-teatro-tras-allanamiento-de-la-policia-antes-del-paro-del-21-de-noviembre/640889

[14] Incluyendo un comunicado de prensa delpartido Centro Democrático que criminalizaba el Paro.