Ecuador
09.12.09
Intervenciones urgentes

Caso de torturas y malos tratos en detención infligidas al Sr. Jesús Tranquilino Vélez Loor, ciudadano de nacionalidad ecuatoriana

CARTA ABIERTA AL DOCTOR RICARDO MARTINELLI,
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE PANAMA

Ginebra, 9 de diciembre de 2009

RE: caso de torturas y malos tratos en detención infligidas al Sr. Jesús Tranquilino Vélez Loor, ciudadano de nacionalidad ecuatoriana

Excelentísimo Señor Presidente Martinelli,

De manera muy atenta nos dirigimos a Usted desde el Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), el cual coordina la red SOS-Tortura, la principal coalición internacional de organizaciones no gubernamentales (ONG) que luchan contra la tortura, las ejecuciones sumarias, las desapariciones forzadas y cualquier otro tratamiento cruel, inhumano o degradante, con el fin de manifestarle nuestra seria preocupación por las alegaciones de torturas[1] y otros malos tratos infligidos al Sr. Jesús Tranquilino Vélez Loor por agentes policiales y carcelarios panameños, durante el periodo de diez meses en que él estuvo detenido en dos centros de detención panameños, primero en la Cárcel de La Palma, Provincia del Darién y posteriormente en el Centro penitenciario La Joya-Joyita, en Ciudad de Panamá.

La OMCT ha conocido que el 10 de noviembre de 2002, el Sr. Jesús Tranquilino Vélez Loor, ciudadano de nacionalidad ecuatoriana, fue detenido por la Policía fronteriza panameña en la Provincia del Darién, por encontrarse indocumentado y sin la visa correspondiente y trasladado primero al centro de detención de Metetí también en El Darién y una semana después a la Cárcel de La Palma. Posteriormente, recibió una condena administrativa que fue emitida en su contra luego de un proceso en el cual no se le reconoció el derecho a la defensa, no tuvo acceso a un abogado, ni se le garantizó su derecho a contar con asistencia consular, e incluso no tuvo la posibilidad de hacer una llamada telefónica y, consecuentemente, permaneció detenido en Panamá durante cerca de diez meses.

El Sr. Jesús Tranquilino Vélez Loor permaneció luego detenido desde el 18 diciembre de 2002 en el Centro penitenciario La Joya-Joyita, adonde fue trasladado luego que el Director Nacional de Migración dictara contra él una condena de dos años de detención. Finalmente, el 10 de septiembre de 2003 fue deportado a Ecuador, luego de la intervención de funcionarios de la Embajada de ese país en Panamá.

Se ha conocido que durante el tiempo en que el Sr. Vélez Loor estuvo detenido en los mencionados centros de detención, recibió diversos tipos de torturas y malos tratos, incluyendo desde severas golpizas en diferentes partes del cuerpo, sobre todo durante su estancia en La Palma, sofocación con polvos irritantes y gases lacrimógenos, hasta agresiones y ultrajes de índole sexual, cuando se encontraba detenido en La Joya-Joyita. Además, aunque los informes de la dirección del Centro Penal La Joyita afirman que él recibió una asistencia médica básica, esta atención médica no fue adecuada para curar las secuelas de los malos tratos, entre ellas una aparente fractura craneal.

Señor Presidente, la OMCT le manifiesta a Usted su extrema preocupación por el caso de la detención y posterior procesamiento del Sr. Jesús Tranquilino Vélez Loor, por delitos relacionados con su situación migratoria, sin las debidas garantías y sin la posibilidad ser oído y de ejercer su derecho de defensa. También le preocupa a la OMCT la falta de investigación de las denuncias de tortura y otros malos tratos presentadas por el Sr. Vélez Loor ante autoridades panameñas a través del Defensor del Pueblo de Panamá, estando en detención, en marzo de 2003, y posteriormente ante la Embajada de Panamá en Ecuador en 2004, así como las condiciones inhumanas de detención[2], además del hacinamiento, a las que estuvo sometido en centros penitenciarios panameños desde el momento de su privación de libertad en noviembre de 2002, hasta su deportación en septiembre de 2003.

Señor Presidente, la OMCT recuerda que las autoridades competentes deben considerar seriamente cualquier alegación de tortura y otras formas de maltrato, y emprender una investigación inmediata, completa, independiente, efectiva e imparcial en torno a todas las alegaciones de violaciones de los derechos humanos cometidas contra el Sr. Jesús Tranquilino Vélez Loor y que los resultados de la misma se hagan públicos con el fin de que se identifique a los responsables y que estos sean conducidos ante un tribunal civil, competente, independiente e imparcial y se les apliquen las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley. Al mismo tiempo, la OMCT considera de suma importancia que se garantice al Sr. Jesús Tranquilino Vélez Loor un recurso efectivo y una reparación adecuada, incluida una indemnización y una rehabilitación.

La OMCT recuerda que el Estado de Panamá está obligado a respetar los derechos consagrados en los tratados regionales e internacionales de derechos humanos suscritos por Panamá, en particular la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, en el sentido de que nadie debe ser sometido a tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Por último, de manera general, la OMCT solicita a Usted y a las demás altas autoridades de Panamá que garanticen el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en el país, de acuerdo con lo estipulado en la legislación nacional y en los acuerdos internacionales de derechos humanos.

Confiando en su apego por los derechos humanos y a la espera de que usted tenga en cuenta nuestra solicitud, le saluda atentamente,

Eric Sottas,
Secretario General de la OMCT


Copias:

  • S.E. Señor Embajador Juan Alberto Castillero Correa, Misión Permanente de Panamá ante las Naciones Unidas en Ginebra. 72, Rue de Lausanne, 1202 Ginebra. FAX: + 41 22 738 03 63 TEL.: + 41 22 715 04 50 E-mail: mission.panama@bluewin.ch ; mission.panama@ties.itu.int
  • Sr. José Raúl Mulino, Ministro de Gobierno y Justicia, E-mail: Contactenos@Gobiernoyjusticia.gob.pa; FAX: + 507 212 2126, Avenida Central, entre calles 2a. y 3a., San Felipe Apartado Postal 1628, Zona 1, Panamá
  • Sr. Jimmy Papadimitriu, Ministro de la Presidencia, E-mail: ofasin@presidencia.gob.pa; FAX: + 507 227 4119 + 507 527 7693 TEL.: + 507 227 96 00 Palacio de Las Garzas, Corregimiento de San Felipe, Apartado Postal: Presidencia de la República, Zona 1, Panamá, Secretaría de Comunicación del Estado: TEL.: + 507 227 9637 Prensa: TEL.: + 507 527 9840 + 507 527 9867
  • Sr. Ricardo Vargas, Defensor del Pueblo, E-mail: quejas@defensoriadelpueblo.gob.pa; FAX: + 507 214 3324 Avenida Nicanor de Obarrio (Calle 50) Edificio Don Camilo, Planta baja Apartado Postal 0832-16950 Panamá
  • Sr. Juan Carlos Varela, Ministro de Relaciones Exteriores, E-mail: prensalibre@mire.gob.pa; FAX: + 507 211 04 16. Antiguo Instituto Bolívar, calle 3a., San Felipe Apartado Postal: Panamá, Zona 4, Panamá

[1] Según las denuncias, durante su detención tanto en la prisión de La Palma como en la prisión de La Joya-Joyita, el Sr. Vélez Loor recibió en varias ocasiones violentos golpes en varias partes del cuerpo como la espalda, la cabeza - con rotura del cráneo -, las piernas y los pies. En una ocasión, como castigo porque había emprendido una huelga de hambre, estando en la Joya-Joyita, le sacaron la ropa y totalmente desnudo, lo tiraron al suelo y lo golpearon con un garrote policial en la espalda, las piernas y los pies, mientras le raspaban el cuero cabelludo con las botas. Le rociaron gas lacrimógeno en la cara y en los ojos, le garrotearon en las plantas de los pies cuando se le encogían los tendones de las piernas. Luego de esta larga tortura, un teniente quien se ha conocido solamente como P. lo encerró, todavía desnudo, en una pequeña celda llamada « La Discoteca » en el Pabellón 12 de la prisión La Joyita, donde utilizaban la “rotura blanca” que es una tortura que no deja huellas. Allí le tiraron el polvo del gas lacrimógeno en su cuerpo y alrededor de la celda, (los reos a este polvo lo denominan “ántrax” por la terrible sofocación que produce después de haber pasado este castigo). Además, un guardia le propuso que se dejara practicar sexo oral con el objeto de ser sacado de allí. Como el Sr. Vélez Loor se negó, el guardia sacó un polvo blanco de una bolsa y se lo echó en la espalda, lo untó en un lápiz y se lo introdujo en el ano, causándole un ardor como fuego y dejándole enrojecido todo el cuerpo. Luego, en esa misma ocasión lo sacaron de « La Discoteca » y lo ingresaron en una pequeña celda oscura, fría y húmeda, donde había otros cuatro prisioneros de alta peligrosidad, en donde se acostó al suelo sobre un pedazo de papel periódico y tuvo mucha fiebre.

[2] Tras una visita efectuada a Panamá y específicamente al penal de La Joya-Joyita en junio de 2001, la Comisión (CIDH) emitió un comunicado de prensa (No. 10/01) en los siguientes términos: “La situación de las cárceles de la Joya y La Joyita, en cambio, es realmente deplorable. Las dos prisiones, las más grandes del país, albergan en conjunto más de 4.000 hombres, casi el doble de su capacidad física. Como consecuencia, un gran número de presos están obligados a dormir en el suelo o colgados en hamacas, colocadas a veces a cuatro metros de altura del piso. Las instalaciones sanitarias se encontraban deterioradas y son insuficientes, lo que pone en riesgo la salud de la población existente. Asimismo, la CIDH constató serias deficiencias en los servicios de salud accesibles a los detenidos, así como la falta de oportunidades de ocupación laboral, programas de rehabilitación y actividades recreativas”;
ver: http://www.cidh.org/Comunicados/English/2001/Press10-01.htm, § 30.