Colombia
23.02.06
Intervenciones urgentes

Colombia: Torturas y malos tratos en contra de varios soldados

Caso COL 230206

Tortura / tratos crueles inhumanos y degradantes / temor por seguridad e integridad personal

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención con carácter MUY URGENTE ante la siguiente situación en Colombia.

Descripción de la situación:

El Secretariado Internacional de la OMCT acaba de recibir con extrema preocupación informaciones sobre la ocurrencia de graves violaciones de los derechos humanos de 21 soldados rasos (conocidos como reclutas) del ejército colombiano por parte de sus superiores durante un entrenamiento e instrucción conocida como de Evasión y Escape. Entre las graves violaciones se han denunciado golpes con puños, patadas, palos y machetes, pruebas de asfixia y ahogamientos, quemaduras en diferentes partes del cuerpo, en algunos casos dejando lesiones de por vida, y para mayor humillación, algunos de ellos fueron obligados a meter la cabeza entre excrementos de animales y otros fueron víctimas de violaciones y vejámenes sexuales.

De acuerdo con las informaciones de varias organizaciones de derechos humanos, el 25 de enero de 2006, en medio de su proceso de formación, 21 soldados de la compañía, compuesta por 66 soldados, del Batallón “Patriotas”, que tiene su sede en Honda (Tolima), tenía previsto realizar la jornada sobre “cómo escapar de la guerrilla” y “qué hacer en el caso extremo: cómo actuar cuando se es atrapado”, en el Centro de Instrucción y Entrenamiento (CIE) del Ejército Nacional, en Piedras, un poblado del departamento del Tolima.

Según las informaciones el principal ejercicio consistía en que luego que los soldados se dividieran en grupos de a cinco y se dispersaran por el área, se hicieran pasar por anónimos campesinos, sin vestir el uniforme, para posteriormente caminar alertas por una carretera considerada en teoría como “zona roja”. Posteriormente cuando sintieran la presencia de los hipotéticos insurgentes, debían emprender la huida, ejercicio que lograron hacer con habilidad 44 de los soldados que lograron “escapar” a sus hipotéticos enemigos. Desafortunadamente 21 de ellos no corrieron con la misma suerte, es decir no superaron la prueba y fueron “atrapados” por los hipotéticos enemigos.

De acuerdo con las informaciones, dentro de una nueva simulación de cuál sería la actitud que los subversivos tendrían con ellos, a los soldados “perdedores” les fueron vendados los ojos y amarradas las manos atrás, para luego obligados a atravesar 150 metros en lo que ellos llaman “la pista”, que es un camino en el que se deben sortear diferentes pruebas hasta llegar al cauce del río Honda. De allí fueron llevados a una explanada en la que debían ocultar su verdadera identidad, a pesar de las posibles presiones a que los sometieran. Esto para que la “guerrilla” nunca se enterara de que había aumentado el número de militares rehenes.

De ahí en adelante los soldados recibieron, según sus superiores al parecer no solo como simple prueba pedagógica y/o efímero ejercicio de supervivencia: violentos puñetazos en el estómago, patadas, golpes y puñetazos en el cuerpo estando en el suelo. Algunos soldados creyeron que, para continuar la simulación: "si permanecían en silencio no tendrían a nadie para delatar, por lo que los dejarían continuar su camino", sin embargo, esta primera golpiza formaba parte de una de las cinco estaciones en las que serían sometidos a violentos ataques físicos, actos considerados como tortura, e incluso en algunos casos, abusos sexuales. En esta primera parada, llamada “de ablandamiento”, a cada uno de los muchachos, mientras los golpeaban los agredían verbalmente, gritándole a cada uno de los muchachos: "Lo vamos a violar, marica, lo vamos a violar".

A continuación los hicieron avanzar por el caño seco y los subieron en diversas piedras para que se cayeran, uno de ellos, de apellido Valencia, se fue de bruces y se partió la cabeza contra otra piedra. Posteriormente los médicos de Mariquita certificaron que le debieron tomar 17 puntos en la cabeza por el tamaño de la herida. Entre otras torturas infligidas a los soldados, se han denunciado las siguientes: como tenían los ojos vendados, procedieron a desnudarles las orejas para ponerle hormigas y a algunos también en las fosas nasales, hormigas que los picaron con saña. Luego les echaron ají, hojas de pringamosa y sal en las heridas. También encendieron varias hogueras con la finalidad de “fatigar con el humo al capturado”, y de “ejercer sobre él una presión psicológica”, según explicó después el Subteniente de nombre Javier Arturo Pachón Reina, quien fue testigo de los hechos. En estos hechos también está implicado el Cabo tercero Edwin Alberto Avila Mesa.

En medio de los gritos, varios muchachos fueron desnudados diciéndoles: “Les advertimos que los íbamos a violar”, y, en efecto, a algunos de ellos se les introdujo un palo entre el ano, a otros les metieron los dedos y a otros dos más les bajaron los pantalones. Entonces, procedieron a arrodillar a un soldado humilde, con un bajo grado de escolaridad, y lo obligaron a introducirse en su boca el pene de otro soldado. Tanto él como el otro soldado buscaban zafarse para evitar la humillación. Se ha denunciado que el mayor impulsor de esta idea fue el Cabo Tercero de nombre Jairo Alonso Lora Fuentes.

Además, cada uno de los muchachos fue quemado: algunos en el rostro, otros en los brazos, otros en las piernas. "Prueben, prueben la varita mágica", anunciaba uno de los superiores mientras les pasaba por la piel una vara al rojo vivo. Al final, algunos quedaron con quemaduras hasta de segundo grado y otros con marcas de una violencia bárbara, como consta en los certificados del Instituto de Medicina Legal en donde se afirma también que varios de los reclutas quedaron marcados con lesiones físicas permanentes. Según las denuncias, un Cabo de nombre José Rafael Tarazona Villamizar gritaba en medio de risas: "Miren, este ya no tiene el tatuaje, ya se lo borramos", al ver la carne viva del soldado Cubillos Navarro. A uno de ellos, después de “marcarlo con fuego, lo levantaron y lo arrojaron a las aguas pedregosas del río tomándolo por la cabeza y hundiéndolo, mientras le gritaban “que no se iba a morir quemado sino ahogado”.

Por fin, al atardecer, les quitaron las vendas de los ojos y los dejaron allí tirados, ultrajados y heridos.

Según las informaciones, a pesar del manto de silencio que cubrió los hechos, las noticias le llegaron a las humildes madres de los soldados quienes, por su extracción social, ninguna sabía qué hacer, ni a dónde recurrir, ni a quién llamar. Sin embargo, el coronel Rubén Hernández Mosquera, comandante del Batallón Patriotas las atendió personalmente y les dijo “que tenían que tranquilizarse” y que “todo lo que se había dicho era mentira”. Según las informaciones, en la unidad militar se habría manifestado además que, “lo ocurrido forma parte de la formación militar, por lo que nadie debe escandalizarse”, y el mencionado coronel Hernández habría agregado que: “todos nuestros generales han pasado por esto”, “así es que nos formamos”, ordenando además, que se guardara silencio.

El Secretariado Internacional de la OMCT manifiesta su más seria condena de estos hechos de extrema violencia, y solicita atentamente a las autoridades colombianas que se tomen de manera muy urgente las medidas más apropiadas para garantizar tanto la seguridad como la integridad física y psicológica de los 21 soldados torturados y de todos los demás miembros de la compañía, compuesta por 66 soldados, del Batallón “Patriotas”, que tiene su sede en Honda (Tolima), así como la de todos y cada uno de los miembros de sus respectivas familias.

La OMCT recuerda que la tortura está definida en el Artículo 1 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes como:
“1. A los efectos de la presente Convención, se entenderá por el término "tortura" todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas.”

Por lo tanto, Colombia, como Estado Parte y según el artículo 2 de la Convención contra la Tortura tiene la obligación de:
1. (...) tomar medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole eficaces para impedir los actos de tortura en todo territorio que esté bajo su jurisdicción. Además, 2. En ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales tales como estado de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública como justificación de la tortura.
Y, 3. No podrá invocarse una orden de un funcionario superior o de una autoridad pública como justificación de la tortura.

También, de acuerdo con la mencionada Convención, Colombia como Estado Parte:
“(...) velará por que, siempre que haya motivos razonables para creer que dentro de su jurisdicción se ha cometido un acto de tortura, las autoridades competentes procedan a una investigación pronta e imparcial (Artículo 12), y,
“(...) velará por que toda persona que alegue haber sido sometida a tortura en cualquier territorio bajo su jurisdicción tenga derecho a presentar una queja y a que su caso sea pronta e imparcialmente examinado por sus autoridades competentes. Se tomarán medidas para asegurar que quien presente la queja y los testigos estén protegidos contra malos tratos o intimidación como consecuencia de la queja o del testimonio prestado” (Artículo 13).

Acción solicitada:

Favor escribir a las autoridades Colombianas urgiéndolas a:
i. tomar de inmediato las medidas necesarias y apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los 21 soldados torturados, incluyendo la atención médica gratuita y apropiada que cada uno necesite, la de todos los miembros de la compañía, compuesta por 66 soldados, del Batallón “Patriotas”, así como la de todos y cada uno de los miembros de sus respectivas familias;
ii. llevar a cabo una investigación exhaustiva, completa, independiente e imparcial en torno a las graves violaciones de los derechos humanos de los 21 soldados ocurridas en los hechos arriba mencionados, con el fin de identificar a todos los responsables, llevarlos ante un tribunal que ofrezca todas las garantías de justicia, independencia e imparcialidad hacia la jerarquía militar, y aplicarles las sanciones penales, y/o administrativas previstas por la ley;
iii. dar inmediato cumplimiento a las recomendaciones dadas por los organismos internacionales y regionales de derechos humanos, incluyendo la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos;
iv. de manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, en particular con la Convención Contra la Tortura, ratificada por Colombia.

Direcciones:

  • Misión Permanente de Colombia ante las Naciones Unidas en Ginebra. Chemin du Champ d'Anier, 17-19, 1209 Ginebra. FAX : + 41.22.791.07.87; TEL.:+ 41.22.798.45.55. E-mail: mission.colombia@ties.itu.int
  • S.E. Álvaro Uribe Vélez, Presidente de la República, Cra. 8 # 7-26, Palacio de Nariño, Santa Fe de Bogotá.Fax:+57.1.566.20.71 Francisco Santos, Vicepresidente: E-mail: fsantos@presidencia.gov.co ; buzon1@presidencia.gov.co
  • Programa DDHH de Vicepresidencia: ppdh@presidencia.gov.co
  • Observatorio DDHH de Vicepresidencia: obserdh@presidencia.gov.co
  • Doctor Volmar Antonio Pérez Ortiz, Defensor del Pueblo, Calle 55 # 10-32, Bogotá. Fax: + 57.1.640.04.91 E-mail: secretaria_privada@hotmail.com ; agenda@agenda.gov.co
  • Doctor Mario Hernán Iguarán Arana, Fiscal General de la Nación, Diagonal 22-B # 52-01, Bogotá. Fax: +57.1.570.20.00 E-mail: contacto@fiscalia.gov.co; denuncie@fiscalia.gov.co
  • Doctor Edgardo José Maya Villazón, Procurador General de la Nación, Cra. 5 #. 15-80, Bogotá. Fax: +57.1.342.97.23; E-mail: webmaster@procuraduria.gov.co; cap@procuraduria.gov.co ; reygon@procuraduria.gov.co ; anticorrupcion@presidencia.gov.co
  • Dr. Camilo Ospina Bernal, Ministro de la Defensa, Avenida El Dorado con Cra. 52 CAN, Bogotá. Fax: +57.1.222.18.74; E-mail : siden@mindefensa.gov.co ; infprotocol@mindefensa.gov.co ; mdn@cable.net.co
  • Dr. Carlos Franco, Director del Programa Presidencial de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario. E-mail : cefranco@presidencia.gov.co
  • Dr. Fernando Ibarra, Asesor del Programa Presidencial de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario. Tel.: +57.1.336.03.11 Fax : +57.1.337.46.67 E-mail: fibarra@presidencia.gov.co


Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Colombia en sus respectivos países.

Ginebra, 23 de febrero de 2006

Favor informarnos sobre cualquier acción realizada acerca del presente caso, citando el código del presente llamado en su respuesta.