Chile
18.12.07
Intervenciones urgentes

Serio temor por seguridad e integridad física de comuneros mapuches

Caso CHL 181207

Huelga de hambre/ Serio temor por seguridad e integridad física y psicológica/ Falta de atención médica

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención MUY URGENTE respecto a la siguiente situación en Chile.

Descripción de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con mucha preocupación información de fuentes fidedignas sobre el grave estado de salud de los comuneros mapuches Sres. José Huenchunao Mariñan, Jaime Marileo Saravia, Héctor Llaitul Carrillanca, Juan Millalen Milla y la activista Sra. Patricia Roxana Troncoso Robles[1], quienes iniciaron una huelga de hambre “seca” el pasado 10 de octubre de 2007, detenidos en la prisión de Angol[2].

Según las informaciones, los Sres. José Huenchunao Mariñan, Jaime Marileo Saravia, y Juan Millalen Milla suspendieron la huelga de hambre el 14 de diciembre de 2007 dado el deteriorado estado de salud, en particular de los Sres. José Huenchunao Mariñan y Jaime Marileo Saravia, pero el Sr. Hector Llaitul Carillanca y la Sra. Patricia Roxana Troncoso Robles decidieron continuar con la huelga, de acuerdo con las informaciones, hasta que se diera inicio a la mesa de dialogo.

Según las mismas informaciones, por el trabajo de mediador del obispo de Temuco, el gobierno a través del ministro del interior ha manifestado su voluntad de conformar una mesa de negociación a partir del 17 de diciembre de 2007.

Sin embargo, según las informaciones, las autoridades competentes no proporcionaron ninguna atención médica adecuada a favor de los cinco prisioneros. El sábado 8 de diciembre de 2007 un equipo medico independiente emitieron un alarmante informe medico sobre su estado de salud. Este informe señala que todos los presos se encuentran en estado de salud crítico y que la perdida de peso fluctúa entre 13.4 a 22.6 Kg. Los síntomas incluyen entre otros, malestar general, mareos, calambres, alteraciones de sueño con despertar nocturno, acompañado de palpitaciones, desorientación, sensación de muerte inminente, sudoración palmar, asteria severa, atención disminuida, desorientación temporo-espacial.

Además, el informe medico señala que los Sres. José Huenchunao y Jaime Marileo “se encuentran actualmente en riesgo vital” y concluyen que todos los presos mapuches “requieren de supervisión medica diaria que acompañe de seguimiento con exámenes de laboratorio periódicos” y en los casos de los Sres. José Huenchunao y Jaime Marileo, recomiendan que, debido a la gravedad, “resulta imperioso la hospitalización para estabilizar su crítica condición clínica”.

La huelga de hambre iniciada por los cinco mapuches tendría el fin de pedir la libertad de todos los prisioneros políticos mapuche, la desmilitarización de las zonas en conflicto en la región de la Araucanía, y en general, que se ponga fin de la represión contra las comunidades mapuche. La decisión de la huelga de hambre fue igualmente tomada, según las informaciones, con el fin de denunciar lo que consideran montajes político-judiciales que se han efectuado en contra de los dirigentes mapuches.

La OMCT manifesta su preocupación por la seguridad, y por las condiciones de salud, en particular por las consecuencias que conlleve ésta huelga de hambre sobre la integridad física y psicológica de los Sres. Jaime Marileo Saravia, Juan Millalén Milla, Héctor Llaitul Carrillanca, José Huenchunao Mariñan, y de la Sr. Patricia Roxana Troncoso Robles.

Antecedentes y contexto de la situación

La Sra. Patricia Roxana Troncoso Robles y el Sr. Jaime Marileo Saravia, quienes fueron condenados el 21 de agosto de 2004 a penas de diez años y un día de prisión por “incendio terrorista”[3], ya habían llevado a cabo una huelga de hambre en detención a partir del 13 de marzo de 2006, con el fin de exigir la liberación inmediata de todos los prisioneros políticos mapuches al igual que la revisión de sus respectivos procesos por parte de un tribunal independiente e imparcial[4].

Consecuentemente, el 13 de mayo de 2006, los dirigentes mapuches firmaron un acuerdo con las autoridades carcelarias, comprometiéndose a poner fin a la huelga de hambre hasta que fuera discutido el proyecto de Ley que modificaría el Decreto Ley Nº 321 de 1925[5]. Finalmente, el 17 de mayo de 2006, este proyecto fue aprobado por la Comisión de Derechos Humanos del Senado. Sin embargo, a finales de 2006, éste aún no había sido adoptado.

Por su parte, los Sres. Héctor Llaitul Carrillanca y José Huenchunao Mariñan son dirigentes mapuches de la Coordinadora Arauco-Malleco, detenidos el 21 de febrero y el 20 de marzo del 2007 respectivamente, y se encuentran en prisión para cumplir las condenas, ya pronunciadas previamente en su ausencia, utilizando para ello la legislación antiterrorista. El Sr. Hector Llaitul Carrillanca había sido condenado, por la Corte de Apelaciones de Concepción, a 541 días de cárcel y el Sr. José Huenchunao Mariñan por su parte debe cumplir una condena de diez años y un día de cárcel.

Acción solicitada:

Favor escribir a las autoridades de Chile urgiéndolas a:

  • tomar las medidas más adecuadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. José Huenchunao Mariñan, Jaime Marileo Saravia, Héctor Llaitul Carrillanca, Juan Millalen Milla y la Sra. Patricia Roxana Troncoso Robles en particular proporcionarle, de suma urgencia la atención médica adecuada y gratuita que su estado requiera;
  • ordenar la libertad inmediata de los Sres. José Huenchunao Mariñan, Jaime Marileo Saravia, Héctor Llaitul Carrillanca, Juan Millalen Milla y la Sra. Patricia Roxana Troncoso Robles en caso de encontrarse detenido en ausencia de cargos legales válidos, o, si estos cargos existen llevarlo ante un tribunal independiente, competente, justo e imparcial y respetarle, en todo momento, todos sus derechos al debido proceso;
  • llevar a cabo una investigación exhaustiva, independiente e imparcial, por parte de instancias civiles, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales, y/o administrativas previstas por la ley;
  • garantizar en todas las circunstancias el respeto por los Derechos Humanos y las libertades fundamentales de conformidad con las leyes internacionales sobre Derechos Humanos.

Direcciones

  • Sra. Michelle Bachelet Jeria, Presidenta de la República, Palacio de La Moneda, Santiago, Chile. Fax: (+562) 690 4958, opinion@presidencia .cl, internet@presidenci a.cl , mhansen@presidencia .cl
  • Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Ministra Secretaría General de la Presidencia, Palacio de La Moneda, 1160 Entrepiso, Santiago, Chile, fax: + 562. 69.04.329, gjoignant@minsegpre s.cl· Sr. Belisario Velasco Barahona, Ministro del Interior, Palacio de la Moneda s/n, Santiago de Chile, fax: (+562) 69 68 740, lguzmanp@interior. gov.cl
  • Sr. Isidro Solís Palma, Ministro de Justicia, Morandé 107, Santiago Casilla 21, Santiago, Chile, fax: (+562) 698 70 98, minju@reuna. cl; minju@minjusticia. cl ; rmadrid@minjusticia .cl· Sr. Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Relaciones Exteriores, Catedral 1158, Piso 3, Santiago, Chile, fax: (+562) 696 87 96, minrel@minrel. cl; mdelaguarda@ minrel.gov. cl
  • Sr. Tucapel Jiménez F., Presidente Comisión de DDHH, Nacionalidad y Ciudadanía de la Cámara de Diputados, tjimenez@congreso. cl· Senador Sr. Carlos Ignacio Kuschel Silva, Presidente de las Comisión de DDHH, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado, ddhhsen@senado. cl
  • Cárcel de Angol: Pedro Aguirre Cerda No 80 y Los Confines; tel: 56-45-718072/718560; fax: +56-45-711560· Misión Permanente de Chile ante las Naciones Unidas en Ginebra, 58, Rue de Moillebeau (4º piso), CH-1209, Ginebra, fax: + 4122.734.52. 97, misionchile@ misginchile. org
  • Misión de Chile ante la Unión Europea, 106 Rue des Aduatiques, 1040 Bruselas, Bélgica, Fax.: +32 (02) 736 49 94, embachile@embachile .be

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Chile en sus respectivos países.

Ginebra, 18 de diciembre de 2007

Agradeceremos informarnos de toda acción emprendida, indicando el código del presente llamado en su respuesta.

[1] Ver Comunicado de prensa de la OMCT difundido el 30 de octubre de 2007.

[2] Ver Informes Anuales 2005 y 2006 del Observatorio para la protección de los defensores de derechos humanos, un programa conjunto OMCT-FIDH.

[3] Tres de los siete prisioneros mapuches actualmente en huelga de hambre: la Sra. Patricia Roxana Troncoso Robles, y los Sres. Florencio Jaime Marileo Saravia y José Huenchunao Mariñan, fueron condenados, en primera instancia, acusados de haber provocado un incendio, el 19 de diciembre de 2001, en el predio denominado “Poluco Podenco”, propiedad de la empresa forestal “Mininco” y juzgados bajo el cargo de “Incendio terrorista”, delito en el que ellos niegan haber participado.

En esa ocasión también fueron condenados los líderes mapuches: José Huenchunao Mariñan, Werken (portavoz) de la Coordinadora mapuche Arauco Malleco y Juan Millacheo Licán, Lonko (líder) de la comunidad de Chekenko, además del comunero mapuche Sr. José Patricio Marileo Saravia.Varios de los imputados, entre ellos José Osvaldo Cariqueo Saravia, lonko de San Ramón, Luis Catrimil, lonko de Tricauko, Myreya Figueroa dirigente de Tricauko y José Llanquileo, dirigente de la mencionada Coordinadora, fueron declarados en rebeldía por su no comparecencia y se dictó una orden de detención permanente en su contra. Posteriormente, el 7 abril de 2006, el Tribunal Oral en lo Penal de la ciudad de Angol, absolvió en por insuficiencia de pruebas a los Sres. José Osvaldo Cariqueo Saravia y Juan Antonio Colihuinca Ancaluán.

[4] En esa ocasión, el 6 de mayo de 2006, dos meses después de comenzada la huelga de hambre, los huelguistas fueron esposados y conducidos a la fuerza a un centro de asistencia donde fueron obligados a practicarse un examen médico que fue calificado por los familiares de los mismos como una “excusa mediática” ya que no fueron revisados concienzudamente.

[5] Este proyecto, presentado por el Senador Navarro, prevé que quienes hayan sido condenados por los delitos mencionados en la Ley antiterrorista, que no impliquen actos contra las personas, puedan beneficiarse de la libertad condicional, en el contexto de la reivindicación de tierras indígenas.