Honduras
10.06.02
Intervenciones urgentes

Honduras: continúan siendo asesinados niños y jóvenes adultos; hay un total de más de 1210 víctimas desde enero de 1998

DERECHOS DEL NIÑO
Caso HND 241001.2 CC
Seguimiento de los casos HND 241001.CC y HND 241001.1.CC
Ejecuciones extrajudiciales

Ginebra, 10 de junio del 2002

El Secretariado Internacional de la OMCT solicita su intervención URGENTE en la siguiente situación en Honduras.

Breve descripción de la situación :

El Secretariado Internacional de la OMCT ha sido informado por Casa Alianza, miembro de la red de la OMCT, que niños y jóvenes adultos continúan siendo asesinados en Honduras, llegando a un total de más de 1210 víctimas desde enero de 1998. Como respuesta a la presión internacional, el Presidente Maduro decretó la formación de una Comisión de alto nivel para que investigue las sistemáticas muertes de niños en el país.

Se ha informado que la decisión de formar una comisión fue tomada en una reunión del gabinete gubernamental la semana pasada. El Presidente nombró al Ministro del Interior (Ministro de Gobernacion) a la cabeza de la comisión, la cual incluye el Ministro de Justicia, el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos y representantes de organizaciones no gubernamentales que trabajan en la ayuda de los niños. No se conoce la fecha en la que se llevará a cabo la primera reunión de la mencionada Comisión.

De acuerdo con la información recibida, en el 66% de los casos no ha sido identificado ningún asesino. El 18% de las muertes fueron atribuidas a violencia entre bandas de delincuentes; el 4% a la policía y los guardias. El resto, o sea el 12% de las muertes fueron atribuidas a una nueva e infame modalidad “el carro gris” el cual recorre los barrios matando niños con rifles de alto poder.

El Secretariado Internacional de la OMCT manifiesta su profunda preocupación acerca de la situación arriba mencionada. La OMCT desea manifestar con especial atención el hecho de que al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño, Honduras ha reconocido que « todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida » (Artículo 6).

La OMCT estima que las ejecuciones extrajudiciales, cuando los perpetradores no son identificados, puede invocar la responsabilidad del Estado por falta de la debida diligencia. La debida diligencia impone varias medidas positivas que los Estados Partes deben adoptar de conformidad con las normas internacionales de los derechos humanos, incluidas las obligaciones de prevenir, detener, investigar y castigar las violaciones de los derechos humanos, así como proveer una adecuada compensación y promover una adecuada recuperación y reintegración de la víctima.

La OMCT saluda el establecimiento de la Comisión de investigación y urge al gobierno hondureño a activarla en el menor tiempo posible y a proporcionar un adecuado apoyo a su trabajo por medio de la garantía del sostenimiento, los recursos y la transparencia.

Antecedentes de la situación :

En octubre del 2001, el Secretariado Internacional de la OMCT fue informado por Casa Alianza que más de 110 niños y jóvenes adultos habían muerto en Honduras desde el mes de agosto del 2001, cuando se realizó la visita de la Srta. Asma Jahangir, Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre las ejecuciones arbitrarias, sumarias o extrajudiciales.

De acuerdo con las estadísticas recogidas por Casa Alianza, un promedio de más de 50 niños y jóvenes adultos menores de 23 años de edad fueron asesinados en Honduras cada mes. Más de la mitad de las víctimas tenían entre 16 y 17 años de edad, y más del 22% tenían 15 años de edad o menos.

Acción solicitada:
Favor escribir a las autoridades de Honduras urgiéndolas a:

i. tomar todas las medidas necesarias para garantizar el derecho a la vida, así como la seguridad y la integridad física y psicológica de todos los niños y jóvenes adultos en Honduras, incluyendo aquellos que viven en las calles;

ii. garantizar una investigación inmediata en torno a las circunstancias de todas las muertes con el fin de identificar a los responsables, llevarlos a juicio y aplicarles las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;

iii. garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales a lo largo de todo el país de conformidad con las leyes nacionales, regionales e internacionales de derechos humanos en particular con la Convención sobre los Derechos del Niño.

Direcciones:
· Ing. Ricardo Maduro Joest, Presidente de la República de Honduras, Palacio Presidencial, Tegucigalpa, D.C., Honduras, Secretario Privado: Xavier Arguello, Teléfono: (+50 4) 235 68 43. Celular: (+504) 978 25 28 y (+504) 978 25 29. Fax: (+50 4) 221 45 92

· Crnel (r) Juan Angel Arias, Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad Pública, Ministerio de Seguridad, Barrio Casamata, Tegucigalpa, D.C., Honduras , Teléfono: (+504) 220 17 12, Fax: (50 4) 220 17 11

· Abog. Roy Edmundo Medina, Fiscal General del Estado, Ministerio Público, Col. Lomas del Guijarro, Tegucigalpa, D.C., Honduras, Teléfono: (+50 4) 221 56 70 y (+50 4) 221 30 99, E-mail: fiscal@edured.net. Fax: (+50 4) 221 30 99

· Lic. Porfirio Lobo Sosa, Presidente Congreso Nacional de Honduras, Palacio Legislativo, Tegucigalpa, D.C., Honduras, Teléfono: (+50 4) 220 53 37, E-mail: pepelobo01@hotmail.com
· Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Honduras en sus respectivos países.
Ginebra, 10 de junio del 2002
Favor informarnos sobre cualquier acción realizada acerca del presente caso, citando el código del presente llamado en su respuesta.