Honduras
06.10.20
Intervenciones urgentes

Misión calificada advierte contra exclusión de COPINH como víctimas en caso de corrupción denunciado por Berta Cáceres antes de su asesinato

Las Américas/Europa, 6de octubre del 2020 - Esta semana, el Tribunal de Sentencia de lo Penalcon Competencia Nacional en Materia de Corrupción inicia las audiencias deproposición de prueba en el caso denominado “Fraude sobre el Gualcarque”, causarelacionada con las denuncias presentadas por Berta Cáceres en su papel decoordinadora general del Consejo Civico de Organizaciones Populares y Indigenasde Honduras (COPINH) antes de su asesinato en 2016.

El2 de marzo de 2019, la Unidad Fiscal Especial Contra la Corrupción e Impunidad(UFECIC, ahora UFERCO) presentó un requerimiento fiscal contra 16ex-funcionarios del estado por los presuntos delitos de fraude, abuso deautoridad, violación de los deberes de los funcionarios, de negociacionesincompatibles con el ejercicio de funciones públicas y falsificación dedocumentos, en perjuicio del Estado.

Delitosdenunciados por el COPINH relacionado al otorgamiento de licencias para operarel proyecto hidroeléctrico Agua Zarca de la empresa Desarrollos EnergéticosS.A. (DESA) sobre el sagrado río Gualcarque en territorio lenca, sin elconsentimiento libre, previo e informado. Constituyen crímenes que forman labase de las violaciones de los derechos humanos, fundamentalmente contra lavida del Pueblo Lenca, y que llevaron al asesinato de activistas de losderechos de los lencas, incluida Berta Cáceres, así como a la persecución encurso en la región afectada.



Duranteel proceso, COPINH ha buscado ejercer su derecho como víctima de participarcomo acusador privado, pero el 28 de agosto de 2019, COPINH fue excluido delproceso tras la aceptación de una nulidad presentada por la defensa. Comoconsecuencia, COPINH apeló la decisión y luego presentó un amparo paragarantizar sus derechos constitucionales en el proceso ante la Sala de loConstitucional de la Corte Suprema de Justicia el 4 de noviembre de 2019.

Fuehasta el 24 de septiembre, días antes de que se iniciara la audiencia deproposición de pruebas, que la Sala declaró admisible el amparo, pero sinsuspender el proceso penal en curso. Mientras no se resuelve el amparo, estosignifica una denegación efectiva del derecho de COPINH como víctima departicipar en el proceso.

Lademora en la resolución del Amparo esta impactando los derechos de las víctimasy revela un patrón preocupante para excluir a COPINH de los procesos judicialesque examinan el asesinato de Berta Cáceres y sus causas. Nos preocupaprofundamente que las demoras del Poder Judicial en responder a las accioneslegales en un plazo oportuno estén teniendo un impacto negativo para lasvíctimas y sus derechos garantizados de acceso a la justicia, al debido procesoy derechos fundamentales contemplados en convenciones internacionales enmateria de pueblos indígenas para participar en la búsqueda de la justicia.

Comolo recuerda el Sistema Interamericano, la institución procesal del amparo,según lo señalado por el art. 25 de la Convención Americana sobreDerechos Humanos, debe ser entendido como un proceso judicial sencillo ybreve que tiene por objeto la tutela de todos los derechos reconocidospor las constituciones y leyes de los Estados Partes y por la Convención.Este recurso debe garantizar su eficacia, entendida como su capacidad paraproducir el resultado para el que ha sido concebido y prevenir, detener oreparar la violación al derecho humano afectado.

Deacuerdo con la interpretación de la Corte Interamericana, no puedenconsiderarse efectivos aquellos recursos que, por las condicionesgenerales del país o incluso por las circunstancias particulares de uncaso dado, resulten ilusorios. Para la valoración de esta eficacia, es clave elelemento temporal, pudiendo constituir un retardo injustificado una denegaciónde justicia.

Eneste caso, considerando los estándares del derecho internacional a los derechoshumanos, y del derecho al acceso a la justicia de los pueblos indígenas, vemoscon preocupación la limitación de las garantías procesales que corresponden alCOPINH.

Valemencionar que “Fraude sobre el Gualcarque” se refiere a un proceso judicialvinculado a uno de los 51 proyectos concesionados por el Estado de Honduras enla región Lenca que Berta Cáceres y COPINH denunciaron antes de su asesinato en2016. Aunque han avanzando varios procesos penales relacionados al proyectohidroeléctrico de Agua Zarca, la empresa DESA todavía mantiene una licenciavigente para la implementación de dicho proyecto, a pesar de varios indiciosmostrados en los procesos penales de su implicación material e intelectual enlos asesinatos.

Firmas:

- Centropara la Acción legal en Derechos Humanos (CALDH), Guatemala

- Centrode Asistencia Legal a Pueblos Indígenas (CALPI), Nicaragua

- Centrode Investigacion y Promocion de los Derechos Humanos (CIPRODEH), Honduras

- CorporaciónColectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (CAJAR), Colombia

- ComisiónInternacional de Juristas (CIJ), Regional

- Equipode Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC-sj), Honduras

- FIDH,en el marco del Observatorio para la Protección de los Defensores de DerechosHumanos, Internacional

- GuatemalaHuman Rights Commission (GHRC-USA), Estados Unidos

- InternationalLawyers’ Guild - International Committee, Estados Unidos

- Organizaciónmundial contra la tortura (OMCT), en el marco del Observatorio para laProtección de los Defensores de Derechos Humanos, Internacional

- ProtecciónInternacional, Mesoamérica

- PromiseInstitute for Human Rights, UCLA School of Law, Estados Unidos