En libertad policías acusados de tortura en Quito
ECU 271107.1
Seguimiento Caso ECU 271107
Detención arbitraria/ Tortura/ impunidad
El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Ecuador.
Ginebra, 14 de abril de 2008
Nueva información
El Secretariado Internacional de la OMCT acaba de recibir con seria preocupación nuevas informaciones de fuentes fidedignas, entre ellas Antenna Internacional, organización miembro de la red SOS-Tortura de la OMCT, sobre la impunidad por los actos de tortura sufridos por el Sr. Franklin René Padilla, durante su detención arbitraria, debido a que el caso fue transferido al fuero policial, al considerar que los acusados son policías activos y que el día de los hechos se encontraban de servicio.
De acuerdo con las informaciones, mediante un auto del 23 de noviembre del 2007, la Dra. Daniela Camacho, agente fiscal de la Unidad de Delitos contra la Vida del Distrito de Pichincha, considerando que los acusados son policías y el día de los hechos se encontraban de servicio, se inhibe de continuar con el caso y remite todo lo actuado, es decir la investigación abierta en relación con las torturas infligidas al Sr. Franklin René Padilla por miembros de la policía en servicio activo, en hechos ocurridos en la ciudad de Quito en el año 2006, a la Primera Corte Distrital de Policía.
La OMCT recuerda que el Sr. Franklin René Padilla fue detenido arbitrariamente el 27 de octubre de 2006, hacia las 9:00 de la mañana, por los policías que responden a los nombres de: Héctor Gustavo Albuja Guamán, Jorge Iván Paspuel Trujillo, Franklyn Bolívar Rueda Morales, José Alberto Sánchez Estrella, Manuel Frank Delgado Chuga, y su Jefe, el Mayor Luis Ernesto Moreno Oviedo, en el sector del Recreo en las calles Calva y Maldonado de Quito y según las denuncias conducido luego a un lugar desconocido, denominado “la casa blanca”, con el fin de investigarlo por un supuesto delito de robo, y allí le infligieron numerosas formas de tortura, malos tratos y amenazas de muerte.
De acuerdo con las informaciones desde un principio, cuando el caso era llevado por la agente fiscal de la Unidad de Delitos contra la Vida del Distrito de Pichincha, la institución policial se negó a investigar la denuncia presentada contra sus miembros y cuando lo hizo encubrió los hechos a pesar de las evidencias aportadas, llegando a establecer, en la última reapertura de la investigación, que se archivaba la denuncia por cuanto los policías acusados no han cometido delito alguno. Según las informaciones, en la investigación de este grave caso no ha habido ningún avance dentro del fuero policial y por el contrario, los policías acusados de la detención y las graves torturas contra el Sr. Franklin René Padilla no han sido castigados y continúan ejerciendo su trabajo normalmente.
Se ha denunciado además, que los responsables de los hechos son policías que pertenecen al Grupo de Apoyo Operacional GAO, grupo que ha estado implicado en otros casos de tortura y ejecuciones extrajudiciales sin que hasta la fecha hayan sido enjuiciados por sus delitos, por lo cual, según las denuncias, este grupo actúa con total impunidad. Las informaciones destacan que en la mayoría de los casos de violaciones de los derechos humanos tramitadas en el fuero policial se ha terminado por absolver a los responsables o los casos han prescrito, con lo cual todo queda en la impunidad.
Por otra parte, según las nuevas informaciones, la fiscal que llevaba el caso solicitó en enero de 2007 una ampliación del Certificado médico legista inicial y en consecuencia, el mismo médico legista que examinó al Sr. Franklin René Padilla el 30 de octubre de 2006, volvió a expedir un certificado de ampliación de dicho examen, el 17 de enero de 2007. En el nuevo certificado de ampliación, el médico certificó que las lesiones sufridas por el Sr. Franklin René Padilla requerían una incapacidad no solo de tres días, como había certificado el mismo médico inicialmente el 30 de octubre, sino que determinó que las lesiones que sufre el Sr. Franklin René Padilla le producen una incapacidad para el trabajo de 30 a 90 días.
Se ha informado que para expedir este nuevo certificado el médico legista se basó no solamente en su nuevo examen físico hecho el 17 de enero de 2007, sino también en los resultados de un nuevo examen hecho por el Centro de Electrodiagnóstico Neuromuscular, el cual determinaba que el Sr. Franklin René Padilla presenta daños en los nervios de su mano derecha, por lo que además de presentar fuertes dolores, no tiene movilidad en la misma.
La OMCT recuerda que de acuerdo con la Constitución de la República de Ecuador, corresponde al Fuero Especial Policial juzgar las infracciones cometidas en el ejercicio de las labores profesionales de la fuerza pública, denominados como Delitos de Función, mientras que todo otro tipo de ilícitos debe ser procesado por la Justicia Ordinaria[1]. Sin embargo, la OMCT considera que los delitos que constituyen violaciones de derechos humanos, como la tortura, no deben ser juzgados en el Fuero Especial, al no estar parte de las labores profesionales de los miembros de la Policía Nacional. Ese tipo de delitos deben ser inequívocamente procesados ante el Sistema de Justicia Ordinario. Además, la OMCT teme que los fueros especiales no garantizan imparcialidad ni el derecho a un juicio justo.
Contexto y Antecedentes de la situación
De acuerdo con las informaciones, el Sr. Franklin René Padilla fue detenido el 27 de octubre del 2006 y durante ese día fue torturado de manera colectiva. Los policías lo golpearon, le pisaron las manos y las piernas, y le echaron agua en la cara tras haberle tapado su rostro con una tela, con lo que le ocasionaban dificultades a respirar, mientras le decían “muérete rápido”. Además, el Sr. Franklin René Padilla sufrió varios golpes en el abdomen, permaneció esposado todo el día lo que también le causó lesiones, y fue amenazado de muerte con una pistola, diciéndole que lo iban a matar y que no sería el primero ni el último (Ver Llamado Urgente OMCT, ECU 271107).
A continuación, el Sr. Franklin René Padilla fue llevado a Quito, en el Subcentro de Salud N-4, donde los policías habrían pagado un dólar cincuenta para que un médico de turno emitiera un certificado afirmando que el Sr. Franklin René Padilla no presentaba lesiones. Posteriormente, hacia las 18:00 de la tarde de ese mismo día, el Sr. Padilla fue ingresado a los calabazos de la policía judicial.
Posteriormente, el Sr. Franklin René Padilla salió en libertad el 1 de noviembre del 2006.
Como producto de las lesiones producidas en su mano y que constan en el certificado médico legal realizado el 30 de octubre en las instalaciones de la Policía Judicial, el Sr. Franklin René Padilla presenta secuelas por cuanto no tiene movilidad en su mano derecha y tiene fuertes dolores. Según las denuncias, por ello se realizó un examen en el centro de Electrodiagnóstico Neuromuscular donde tras realizarle varios exámenes se determinó que él tiene daños en los nervios de su mano derecha. Según las denuncias, con base en dicho examen el Sr. Franklin René Padilla solicitó al Ministerio Público que se realizara una ampliación al examen médico legal realizado inicialmente.
Acción solicitada
Favor escribir a las autoridades del Ecuador para urgirlas a:
- tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Franklin René Padilla incluyendo la atención médica adecuada y gratuita que su estado requiera, así como la seguridad y la integridad personal de todos los miembros de su familia;
- llevar a cabo una investigación independiente, completa, exhaustiva e imparcial en torno a estos graves hechos, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo, e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;
- otorgar una adecuada reparación al Sr. Franklin René Padilla;
- garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, en particular con la Convención Contra la Tortura y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Direcciones
Misión Permanente de Ecuador ante las Naciones Unidas en Ginebra. 145, Rue de Lausanne, 1202 Ginebra. Tel.: + 41.22.732.49.55; FAX: + 41.22.732.48.34
E-mail: onuginebra@mmrree.gov.ec
- Dr. Rafael Correa Delgado, Presidencia de la República del Ecuador, Palacio de Gobierno, García Moreno y Chile 1043, Quito, Ecuador. Fax: +593.2.258.07.35; +593.2.258.07.79; + 593.2.258 0761. Correo Electrónico (E-mail): despresi@presidencia.ec-gov.net
- Embajada de Ecuador en Bruselas, 363 avenue Louise, 1050 Ixelles, Bélgica. Fax: + 32 2 644 28 13. E-mail: amb.equateur@skynet.be
- Doctor Gustavo Larrea, Ministerio de Gobierno y Policía, Espejo y Benalcázar, Quito, Ecuador. E-mail: informacion@mingobierno.goc.ec, Tel: +593.2.2955666 /+ 593. 2.295.86.77
- Dra. Lorena Escudero Durán, Ministerio de Defensa Nacional, Av. Maldonado parque la Recoleta, E-mail: midenasocial@org, Tel.: + 593-2-2952043, Fax: + 593.2.258.04.31
- Dra. María Fernanda Espinosa, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, Carrión y Av. 10 de Agosto, E-mail: gabminis@mmrree.gov.ec, Tel.: 593-2-2993279/503159
- Comandante General de la Policía Nacional, Ramírez Dávalos 612 y Av. 10 de Agosto, Quito, Ecuador. Fax: + 593.2.250.60.66
- Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, La Exposición 208, (La Recoleta), Quito, Ecuador. Fax: + 593 2258.33.94
- Dr. Jorge Germán Ramírez, Ministro Fiscal General del Estado. Calle Eloy Alfaro N-32-250 y Republica. Edificio Tocuyo, Quito. E-mail: chiriboga@limpec.gov.ec, Tel.: +593.2.255.85.61, +593.2.255.85.61. Fax: +593.2.255.94.47
- Dr. Washington Pesantez, Ministerio Fiscal Distrital de Pichincha, Calle Roca y Juan Leon Mera, Quito. Tel.: +593.2.290.50.53. Fax: +593.2.290.46.76
- Dra Daniella Camacho Herold, Fiscal de Pchincha, Calle Roca y Juan Leon Mera, Quito. Tel.: +593.2.290.50.53; +593.2.290.40.76. Fax: +593.2.290.50.5
Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Ecuador en sus respectivos países.
Ginebra, 14 de abril de 2008
Favor informarnos sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.
[1] El Artículo 187 de la Constitución Política de la República de Ecuador señala: "[l]os miembros de la fuerza pública estarán sujetos a fuero especial para el juzgamiento de las infracciones cometidas en el ejercicio de sus labores profesionales. En caso de infracciones comunes, estarán sujetos a la justicia ordinaria".