México
12.12.07
Intervenciones urgentes

Liberación del Sr. Diego Arcos Meneses

Caso MEX 240107.2
Seguimiento de los casos MEX 240107.1 y MEX 240107
Liberación

Ginebra, 12 de diciembre de 2007

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención MUY URGENTE ante la siguiente situación en México.

Nueva información

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido nuevas informaciones de fuentes confiables y de Antenna Internacional, organización miembro de la Red SOS-Tortura de la OMCT, sobre la liberación del Sr. Diego Arcos Meneses el 4 de diciembre de 2007, debido a que el Ministerio de Justicia de Chiapas desistió de la acción penal por falta de elementos para su detención.

El Secretariado Internacional de la OMCT se alegra de la liberación del Sr. Diego Arcos Meneses pero vuelve a manifestar su preocupación por su detención arbitraria durante un año y un mes, y urge a las autoridades de llevar a cabo una investigación inmediata, exhaustiva e imparcial en torno a la detención arbitraria, y a los malos tratos y demás violaciones de derechos humanos cometidas contra el Sr. Diego Arcos Meneses, con el fin de identificar a los responsables llevarlos a ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley.

Recordatorio de la situación

La OMCT había sido informada sobre la detención, el 14 de noviembre de 2006, del Sr. Diego Arcos Meneses, de 42 años de edad, un indígena ch'ol, campesino, originario de Cololil, Tumbalá, Chiapas. Actualmente, el Sr. Arcos Meneses es poblador de la comunidad de Nuevo Tila, en Ocosingo, pertenece a la zona pastoral de la Arena, atendida por jesuitas y religiosas del Divino Pastor, y ha sido promotor de salud y catequista durante muchos años. Recientemente fue elegido por su comunidad para desempeñar el cargo de suplente del agente auxiliar municipal.

El Sr. Arcos Meneses fue detenido en momentos en que llegaba al poblado Viejo Velasco, a donde se dirigía con el fin, según se dijo inicialmente, de cosechar el maíz de una parcela. Se ha conocido que la primera motivación del Sr. Arcos Meneses, al tener conocimiento del ataque ocurrido en Viejo Velasco, fue la de “ir hasta allá para ver quién estaba herido o necesitaba auxilio”.

Luego de su detención y durante el mismo día, el Sr. Arcos Meneses fue obligado a recorrer las casas del poblado que había sufrido el ataque, incluida aquella casa en la que encontraron el cadáver de la Sra. María Núñez González, muerte por la que procedieron a interrogarlo, sin que él tuviera ningún conocimiento.

A continuación los agentes de la policía lo forzaron a cargar el cadáver de la mencionada mujer hasta un helicóptero policial en el que lo transportaron a un terreno en Palenque, al parecer perteneciente a la “policía”. De ahí se lo llevaron en carro hasta la Fiscalía en donde le preguntaron qué hacía él en Viejo Velasco e intentaron culparlo de robo debido al hecho de que en ese lugar y consecuentemente al ataque armado, las casas se encontraban abandonadas.

Según las informaciones, en la fiscalía se le hizo la prueba de parafina, cuyo resultado negativo confirmó que él no disparó ningún arma de fuego el día de los hechos. Allí mismo, a pesar de hablar mal español y no saber leer, el Sr. Diego Arcos Meneses dio testimonio de los hechos sin que se le proporcionara un intérprete. Posteriormente, intentaron obligarlo a firmar una declaración, a lo cual él se negó por miedo a que se tratara de una autoinculpación de robo, alegando que no sabe leer, escribir ni firmar. En medio de los intentos por obligarlo a firmar lo agarraron del pelo, le dieron un puñetazo en la boca, le pegaron, y en general fue víctima de abusos y malos tratos por parte de los guardias.

El 24 de enero de 2007[1], el Secretariado Internacional de la OMCT manifestó, a través de un llamado urgente, su preocupación ante la situación y en particular ante la violación de la libertad personal del Sr. Arcos Meneses aún en ausencia de pruebas sólidas en su contra. En esa ocasión, la OMCT también condenó la prolongación a 90 días de su detención bajo Arraigo penal puesto que se presume su inocencia y puesto que esta medida lo dejaba en una situación jurídica indeterminada frente a su defensa.

Según la información recibida de fuentes confiables, el día 17 de febrero de 2007, el Fiscal del Ministerio Público, Titular de la Mesa 2 de la Fiscalía Regional Zona Selva acusó formalmente al Sr. Arcos Meneses de hechos ocurridos en el poblado Viejo Velasco el día 13 de noviembre de 2006[2] así como de pertenecer a una organización criminal.

Según las denuncias, dichas acusaciones se basaban en diversas declaraciones de los pobladores de la comunidad Nueva Palestina, es decir, de los mismos atacantes contra el poblado Viejo Velasco el 13 de noviembre, e incluso de autoridades estatales, de miembros de la Fiscalía General del Estado, de jueces y de otras personas o grupos con intereses económicos y políticos en la región de la selva Lacandona conocida como “MONTES AZULES”. Al parecer estas personas fueron interrogadas o rindieron sus versiones durante los 90 días de la detención bajo la modalidad de Arraigo[3] del acusado.

Según las informaciones, el Sr. Diego Arcos Meneses rindió su declaración preparatoria el día 17 de febrero de 2007, insistiendo en su inocencia y refutando las acusaciones de las que es objeto. A pesar de que las pruebas periciales del Sr. Diego Arcos Meneses resultaron a su favor y de que sus abogados no tuvieron acceso al expediente compilado por la Fiscalía, hasta que la acusación fue formalmente pronunciada, el acusado debió permanecer bajo custodia durante más de un año mientras se celebró el juicio.

Además, según fuentes confiables, pareciera que el fiscal trató de culpar únicamente a los mismos habitantes de Viejo Velasco Suárez del ataque del 13 de noviembre de 2006 que ocurrió contra esa misma comunidad, pese a los informes que indicaban que fueron los habitantes de Nueva Palestina quienes perpetraron el ataque con la presunta complicidad, según las denuncias, de las autoridades locales. Los únicos dos habitantes de Viejo Velasco Suárez que testificaron ante la fiscalía afirmaron que el intérprete de la lengua indígena del acusado, Sr. Arcos Meneses, registró de forma inexacta sus declaraciones y procedió a corroborar la acusación hecha en su contra por la fiscalía.

La OMCT temo que las declaraciones en contra del Sr. Diego Arcos Meneses y la acusación formal que se había proferido en su caso, tenían por único fin involucrarlo en el caso y dejarlo en prisión como “chivo expiatorio”, en una clara muestra de fabricación de pruebas en su contra.

Acción solicitada

Favor escribir a las autoridades mexicanas para urgirlas a:

  1. tomar las medidas apropiadas y necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Diego Arcos Meneses, de todos los miembros de su familia y de los demás miembros de la comunidad Viejo Velasco Suárez;
  2. llevar a cabo una investigación inmediata, exhaustiva e imparcial en torno a la detención arbitraria, y a los malos tratos y demás violaciones de derechos humanos cometidas contra el Sr. Diego Arcos Meneses, con el fin de identificar a los responsables llevarlos a ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;
  3. garantizar reparación por la víctima;
  4. garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, en particular con el Conjunto de principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión y con la Convención contra la tortura.

Direcciones

  • Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas en Ginebra, 16 Avenue du Budé, 1202 Ginebra, Suiza. Fax :+41.22.748.07.08 TEL.: +41.22.748.07.07 ; E-mail: mission.mexico@ties.itu.int
  • Embajador Sr. Jorge Ciero, Misión Diplomática de México en Bruselas, 94 avenue F.D. Rossevelt, 1050 Ixelles, Bélgica, Tel.: + 32 2 629 07 11; Fax: + 32 2 644 08 19
  • Presidente Felipe Calderón Hinojosa, Residencia Oficial de "Los Pinos", Co. San Miguel Chapultepec, México D.F., C.P. 11850. Fax: +52.5.55.522.94.13 / +52 5 55 277 23 76. E-mail: radio@appresidencia.gob.mx ; webadmon@appresidencia.gob.mx
  • Sr. Eduardo Medina-Mora Icaza, Procuraduría General de la República, Reforma Norte esquina Violeta 75. Colonia Guerrero CP. 06300, México D.F. TEL: +525553462003 y + 525553462.03. E-mail: ofproc@pgr.gob.mx ; Fax: +525553460906
  • Dr. José Luis Soberanes Fernández, Presidente de la CNDH, E-mail: correo@cndh.org.mx TEL: 525556310040, Fax: +525556818490, E- mail: correo@fmdh.cndh.org.mx
  • Francisco Javier Ramírez Acuña, Secretario de Gobernación, Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Delegación Cuauhtemoc, México D.F., C.P.06600.Fax:+52.5.55.093.34.14 + 52.5.55.093.34.15 E-mail: santiagocreel@compuserve.com ; ghuerta@segob.gob.mx
  • Maestro Ricardo Sepúlveda, TEL: +52.5.55.128.02.23 y 24, Fax: +52.5.55.128.02.34 y + 52.5.55.128.02.24, E-mail: rsepulveda@segob.gob.mx
  • Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C. (CMDPDH), Tehuantepec 155, Col. Roma Sur, México DF, CP 5584 2731.E-mail: cmdpdh@laneta.apc.org
  • Si lo desean también pueden escribir en Chiapas a
  • Juez Primero de Distrito, del Vigésimo Circuito en el Estado de Chiapas, C.P.29240, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. Fax: +52.961.61.70.351
  • Juez del Ramo Penal de Playas de Catazajá, Chiapas, CP 29980 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. Fax: +52 916.36.60.033
  • Licenciado Walter Culebro González, Fiscal Regional Zona Centro, CP 30064, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, Fax: +52.961.61.65.724 Correo-E.: mherran@fge.chiapas.gob.mx
  • Licenciado Juan José Sabines Guerrero, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, Palacio de Gobierno Chiapas, C.P. 29009, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Fax: +52 961.61.88.088 + 52.961.61.88.056
  • Licenciado Horacio Schroeder Bejarano, Secretario de Seguridad Pública del Estado de Chiapas, C.P. 29070 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, Correo-E.: hschroeder@chiapas.gob.mx Fax: +52.961.61.77.020 Extensión 16045
  • Magistrado Milton Escobar Castillejos, Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Chiapas, Palacio de Justicia Tuxtla Gutiérrez, Conmutador:+52.961.617.87.00 FAX: +52.961.616.53.50 E-mail: presidencia@stj-chiapas.gob.mx

Les agradecemos que escriban también a las Representaciones Diplomáticas de México en sus respectivos países.

Ginebra, 12 de diciembre de 2007

Por favor infórmenos sobre cualquier acción emprendida, citando el código de éste llamado en su respuesta.

[1] Ver Llamado OMCT MEX 240107.

[2] Ver Llamado OMCT MEX 241106.

[3] El Comité Contra la Tortura (CAT), en sus sesiones celebradas los días 8 y 9 de noviembre de 2006, señala al Estado Mexicano su preocupación frente a la figura del Arraigo Penal: “Al Comité le preocupa la figura del ‘Arraigo penal’ que, según la información recibida, se habría convertido en una forma de detención preventiva con el uso de casas de seguridad (casas de Arraigo) custodiadas por policías judiciales y agentes del Ministerio Público, donde se pueden detener indiciados durante 30 días - hasta 90 días en algunos estados - mientras se lleva a cabo la investigación para recabar evidencia, incluyendo interrogatorios. (...)”