Sri Lanka
04.12.02
Intervenciones urgentes

Sri Lanka: severas torturas infligidas al Sr. Mohamed Najeed Rukshan por parte la policía en Gokarella. La víctima presenta dificultades para caminar.

Caso LKA 041202
Tortura / Impunidad

El Secretariado Internacional de la OMCT pide su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Sri Lanka.

Breve descripción de la situación:

La Comisión Asiática de Derechos Humanos (AHRC-HK) (Asian Human Rights Commission), miembro de la red de la OMCT, ha informado al Secretariado Internacional de la OMCT que un hombre ha sido sometido a tortura por la policía srilankesa de Gokarella, hasta el punto de no poder mantenerse en pie ni caminar, en Sri Lanka.

A tenor de la información recibida, el Sr. Mohamed Najeed Rukshan, de 28 años, encargado de desarrollo de la Empresa Hevanegedera Samurdi (development officer of the Hevanegedera Samurdi Society) y residente del pueblo de Dethilianga, fue golpeado por un oficial del distrito policial de Gokarella en la madrugada del 14 de noviembre del 2002.

Según el Dr. M.B Almeda, médico especialista que examinó al Sr. Mohamed Najeed Rukshanen su llegada a urgencias en el hospital central de Kurunegala (Emergency Section of the Kurunegala Base Hospital), éste presentaba varias fracturas de hueso y cartílago como consecuencia de los golpes que había recibido en los pies. La víctima ha interpuesto una demanda ante las organizaciones de derechos Humanos y en la oficina del vice inspector general de Kurunegala (DIG) (office of the Deputy Inspector General) por los abusos sufridos.

A tenor de los informes, las agresiones se deben a un lugar en un establo del pueblo de Dethilianga que no le fue cedida al Sr. Rushan que ofrecía 210'000 (doscientos diez mil unidades de la moneda de Sri Lanka LKR), la cual le fue cedida a una persona que ofrecía 180'000 (ciento ochenta mil unidades de la moneda de Sri Lanka LKR) LKR (1’866USD). El Sr. Mohamed Najeed Rukshan declaró que su competidor le presionó para que retirara su propuesta, pero él se negó.

Acto seguido se incendió el establo y se presentó una demanda en comisaría contra el Sr. Mohamed Najeed Rukshan. Este, que temía las represalias, se presentó en comisaría el 13 de noviembre de 2002 acompañado por su abogado y permitió que se lo llevaran a prisión preventiva. Al parecer hacia la 15h00 del día siguiente los oficiales de la policía le proporcionaron una fuerte paliza tras la cual ya no le fue posible levantarse y caminar. El 18 de noviembre, el Sr. Mohamed Najeed Rukshan fue conducido ante el magistrado de Kurunegala (Kurunegala Magistrate) y luego, por ordenes del tribunal fue admitido en el hospital de Kurunegala.

Este incidente se inscribe dentro de un marco que recoge ya un número bastante elevado de informes que denuncian casos de tortura o malos tratos de detenidos a manos de la policía de srilankesa (Sri Lankan Police) que, por lo demás, parece beneficiar de total impunidad en la mayoría de los casos a pesar de que Sri Lanka tiene la obligación, por ser parte de varios tratados internacionales y según su propia constitución y leyes (particularmente el acta n°22 de 1994) (Acta No. 22 of 1994), de garantizar que todos los responsables de actos de tortura sean juzgados ante un tribunal y de asegurar que todos los individuos reciban un juicio justo.

El Secretariado Internacional de la OMCT se encuentra seriamente consternado por estos nuevos informes sobre prácticas de tortura por parte de las fuerzas de seguridad de Sri Lanka y está particularmente preocupado por el hecho de que el Sr. Mohamed Najeed Rukshan no reciba asistencia médica adecuada ni reparación alguna por los daños que le causaron las autoridades a través de sus prácticas de tortura. La OMCT lanza un llamamiento urgente a las autoridades para que garanticen una investigación eficaz e imparcial de estos hechos e imponga sanciones sobre la base de la ley a todas las personas responsables de violar los Derechos Humanos en lo relacionado con este caso.

Acción solicitada:
Por favor escriban a las autoridades de Sri Lanka pidiendo urgentemente:

i. garantizar una reparación adecuada al Sr. Mohamed Najeed Rukshan;

ii. ordenar una investigación eficaz e imparcial de las circunstancias en las que se produjo este arresto con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal y aplicarles las sanciones penales, civiles y /o administrativas previstas por la ley;

iii. garantizar el respeto de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales en todo el país de acuerdo con las normas internacionales de los Derechos Humanos.

Direcciones:
§ Her Excellency President Chandrika Bandaranaike Kumaratunga, President's House, Colombo 3, Sri Lanka. Fax: + 94 1 333703, E-mail: for_min@sri.lanka.net

§ Hon. Prime Minister Ranil Wickremasinghe, Cambridge Place, Colombo 7, Sri Lanka. Fax: + 94 1575 454. E-mail: secpm@sltnet.lk

§ Hon. Mr. K. C. Kamalasabesan, Attorney General, Attorney General's Department, Colombo 12, Sri Lanka. Fax: + 94 1 436-421, E-mail: attorney@sri.lanka.net or counsel@sri.lanka.net

§ Honourable Minister for Justice and Constitutional Affairs, 37, Kirula Place, Colombo 5. Sri Lanka. Fax: + 94 1 437680

§ Honourable Minister of Interior John Amaratunga, Colombo, Fax: + 94 1387 526, + 94 1698 282
· Hon. Ambassador, Permanent Mission and Consulate General of Sri Lanka, 56, Rue De Moillebeau, 5th Floor, 1 209, Geneva 19, Switzerland, Fax: (+ 41 22) 734 90 84, E-mail: mission.srilanka@itu.ch
· Hon. High-Commissioner, The High Commission of the Democratic Socialist Republic of Sri Lanka 13 Hyde Park Gardens London W2 2LU United Kingdom Fax: 0044 207 262-7970

Favor escribir también a las Embajadas de Sri Lanka en sus respectivos países.

Ginebra, 4 de diciembre del 2002

Se ruega nos informen de cualquier acción emprendida señalando el número de este llamado en su respuesta.