Suiza
19.09.17

Víctima de tortura liberada : Persiste preocupación por inobservancia de estándares por parte de Suiza

Ginebra, 21 deseptiembre de 2017 – Una ciudadana española que debía ser extraditada porcolaboración con Euskadi Ta Askatasuna (ETA) fue liberada el viernes pasadodespués de pasar un año y medio en una cárcel suiza. La liberación no fueresultado de un reconocimiento de la tortura que sufrió, sino de laprescripción de la pena, declarada por parte de la Audiencia Nacional[1].

La Sra. Nekane Txapartegi – entonces madre de una niña de siete años –fue detenida en territorio suizo en abril de 2016, después de haber huido deEspaña en 2007 cuando fue condenada a una pena de seis años y nueve meses decárcel. La pena fue reducida a la mitad el pasado mes de febrero después de unamodificación del Código Penal que establecía la rebaja de penas por delitosmenos graves vinculados al terrorismo[2].

Aunque su liberación es obviamente bienvenida, la OMCT mantiene lapreocupación por la inobservancia de los estándares básicos querigen el debido proceso y el tratamiento de solicitantes de asilo ysobrevivientes de tortura en Suiza. Las autoridades suizashabían decidido extraditar a la Sra. Txapartegi a pesar de pruebas sólidas quedemostraban que había sido torturada durante los cinco días de incomunicación.

La puesta en libertad de la Sra. Txapartegi es una victoria que compensameses de esfuerzos y movilizaciones por parte de sus abogados, individuos ymuchas organizaciones de la sociedad civil incluyendo la OMCT.

“Esto es una gran noticia”, dijo el Vicepresidente de la OMCT, el Sr.Dick Marty. “Pero no podemos esperar que reducciones de pena y prescripcionesprotejan a personas que han sido torturadas o a solicitantes de asilo. Llegó lahora de que todos los países defiendan los derechos de todos y todas y lleven acabo evaluaciones escrupulosas de todas las alegaciones de tortura – inclusoaquellas que implican a regímenes democráticos”.

Condiciones de detenciónen Suiza

En junio la OMCT, escribió a la Comisión Nacional para laPrevención de la Tortura alertando sobre la integridad física y psicológica dela Sra.Txapartegi en la prisión de Zurich. Las autoridades suizas no hancumplido con su obligación de garantizar la seguridad de la Sra.Txapartegi ordenandoy manteniéndola detenida en condiciones muy estrictas de internamiento sin quese llevara a cabo un examen inmediato, exhaustivo e independiente que evaluarasus necesidades y la credibilidad de las alegaciones de tortura presentadas porella misma antes du su encarcelamiento.

El Comité contra la Tortura de Naciones Unidas ha declarado que lossobrevivientes de tortura no deberían ser detenidos durante el examen desolicitudes de extradición, dada la imposibilidad de atender las necesidadesterapéuticas y de salud, incluyendo estrés post-traumático de individuos quefueron víctimas de tortura[3].

El caso de Nekane Txapartegi ha demostrado la existencia de deficienciassignificativas en el marco legal e institucional suizo, el cual debería reconocerel Protocolo de Estambul y adoptar procedimientos para la identificación devíctimas de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes acordes conel mencionado conjunto de directrices sobre la investigación y documentacióneficaz de la tortura. Para evitar la repetición de situaciones similares, laOMCT urge a Suiza abordar estos vacíos y disfunciones.

Las autoridades suizastambién deberían reparar a la Sra. Txapartegi por los daños sufridos a causa dela privación de libertad, incluyendo apoyo psico-social y tratamiento deltrauma, en línea con los estándares internacionales que regulan interferenciasabusivas con el derecho a la libertad y la protección de las víctimas detortura[4].

Finalmente, la OMCTinsta a las autoridades españolas a reabrir motu propio la investigación de latortura y abusos sufridos por parte de la Sra. Txapartegi en el periodo dedetención incomunicada, teniendo en cuenta las pruebas aportadas en el marcodel procedimiento de extradición, garantizando que la investigación se lleva acabo de forma independiente, imparcial, exhaustiva y eficaz.

De forma más general, las autoridadesespañolas deberían abrir un debate público sobre la práctica de la tortura enlas últimas décadas, rompiendo el tabú que ha dejado a miles de víctimas detortura sin protección ni reparación.

Para informacionesadicionales, por favor contactar:

Helena Solà Martín (hs@omct.org, +41 22 809 49 39) / Lori Brumat (lb@omct.org, +41 22 809 49 39)

[1]En virtud del artículo 130.1(7) y 133.1 del CódigoPenal español.

[2] En aplicación del artículo579 bis.4 del Código Penal español, después de la modificación de 2015.

[3] CAT, Observaciones finales: Reino Unido, UN Doc. CAT/C/GBR/CO/5, 24junio 2013, párr. 30; CAT, Observaciones finales: Finlandia, UN Doc.CAT/C/FIN/CO/7, 20 enero 2017, párr. 13.

[4] Artículo 9.5 del Pacto Internacional deDerechos Civiles y Políticos.