Perú
27.10.06
Intervenciones urgentes

Ataque contra gays y lesbianas en Lima, incluso menores

Caso PER 271006 / PER 271006.VAW / PER 271006.CC
Incursión ilegal / Detención arbitraria / Malos tratos

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Perú.

Descripción de la situación:

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con preocupación informaciones sobre los arrestos temporales y malos tratos perpetrados por agentes de seguridad del Estado en la ciudad de Lima, distrito de Lince, en contra de clientes de bares frecuentados por personas de la Comunidad LGBT (lesbianas, gays, bisexuales y transgénero) en hechos ocurridos en la misma ciudad.

De acuerdo con las informaciones de fuentes fidedignas[1], el 13 de octubre de 2006, efectivos de la Unidad de acciones tácticas (SUAT), de la Policía Nacional, de la policía motorizada y del “Serenazgo” Municipal[2] irrumpieron violentamente en los bares “Avenida 13” y “69”, lugares frecuentados por lesbianas jóvenes y por personas de la comunidad gay, respectivamente. Varias de estas personas, incluso menores de edad, fueron sacadas violentamente de los bares, golpeadas y obligadas a subir a los camiones policiales. Pese a que los policías suponían que entre las mujeres presentes en el bar (cuyos nombres no han sido informados hasta el momento) había menores de edad, permitieron el acceso a reporteros de distintos canales de televisión, sin respeto a la privacidad de las mismas.

El Secretariado Internacional de la OMCT manifiesta su preocupación por estos nuevos actos de agresiones y malos tratos contra personas miembros de la Comunidad LGBT en la ciudad de Lima, en este caso por parte de la Dirección Municipal de Seguridad Ciudadana a través del Serenazgo y también de efectivos de la SUAT y la Policía Nacional, y recuerda en particular las agresiones cometidas por miembros del Serenazgo el 14 de julio de 2006 contra clientes de tres bares frecuentados por personas de la Comunidad LGTB (Ver Caso OMCT PER 230806).

La OMCT condena estos hechos, que representan graves violaciones del derecho a no ser discriminado, a la libertad de reunión, a la privacidad y a la seguridad personal, y la persistente impunidad en tales casos. La OMCT manifiesta además su preocupación que los perpetradores de estos actos, al no ser llevados ante la justicia y al continuar dentro de sus unidades, continúen cometiendo este tipo de abusos.

La OMCT recuerda que el Perú es Estado Parte del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre otros instrumentos internaciones e regionales de derechos humanos, que como los Artículos 2 y 26 del PIDCP, protegen la igualdad ante la ley y el derecho a no ser discriminada/o. Asimismo, el Artículo 7 del mismo Pacto y los Artículos 2 y 16 de la Convención Contra la Tortura, garantizan el derecho a no ser sujeto a malos tratos o tortura bajo cualquier circunstancia.

La OMCT recuerda además que el Perú, también Estado Parte de la Convención sobre los Derechos del Niño, tiene por tanto el deber de: “(…) asegurar su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales.” (Artículo 2. 1), en particular su Artículo 19.1 referente al deber de “proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual.”

Se debe recordar también el deber del Estado Peruano de “proceder con la debida diligencia a fin de prevenir, investigar y, conforme a la legislación nacional, castigar todo acto de violencia contra la mujer, ya se trate de actos perpetrados por el Estado o por particulares” (Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, Artículo 4.c).

Acción solicitada:

Favor escribir a las autoridades Peruanas urgiéndolas a:

  1. tomar de manera urgente las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de todas las personas víctimas de los malos tratos y demás agresiones ocurridas en los hechos arriba mencionados, en particular de todos los miembros de la Comunidad LGBT de Lima y en general del Perú;
  2. ordenar una investigación independiente, inmediata, exhaustiva e imparcial en torno a los hechos arriba mencionados, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal independiente, competente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales, y/o administrativas previstas por la ley;
  3. garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, en particular con la Convención Contra la Tortura.

Direcciones:

  • S.E. Alan García Pérez, Presidente de la República, Plaza mayor s/n – Cercado de Lima – Lima Perú. Fax. + 51.1.311.39.17 / + 51.1.426.67.70, oginf@presidencia.gob.pe
  • Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas en Ginebra. 71, Avenue Louis Casaï, 1216 Ginebra. FAX : + 41.22.791.77.28/ 29, mission.peru@ties.itu.int
  • S.E. Luis Chuquihuara Chi, Embajador de Perú en Bruselas, avenue de Tervueren 179, Bruxelles 1150. TEL.:+32(0)2.733.33.19, comunicationes@embassy-of-peru.be; FAX: +32(0)2.733.48.19
  • Ministra del Interior: Doctora Pilar Mazzetti Soler, Ministerio del Interior Dirección: Plaza 30 de Agosto s/n Urb. Corpac - San Isidro, Lima- Perú Fax: + 51.1.225.45.37 /+ 51.1.475.29.95, E-mail: ministro@mininter.gob.pe, ofitel@mininter.gob.pe
  • Sra. María Zavala, Ministro de la Justicia, Scipión Llona 350 - Miraflores, Lima 18, Fax: + 51.1.422 35 77 / + 51.1.255 98 56, E-mail: webmaster@minjus.gob.pe
  • Cesar Dario Gonzalez Arribasplata, Alcalde del Distrito de Lince, Municipalidad Distrital de Lince, Av. Juan Pardo de Zela Nº 480, Distrito de Lince, Lima- Perú, alcaldia@munilince.gob.pe
  • Sr. Carlos Manuel Asmat Dyer, Director, Dirección Municipal de Seguridad Ciudadana, Jr. CondeSuperunda 167 - Oficina 401, Cercado de Lima, dmsgc@munlima.gob.pe
  • Dirección Municipal de Fiscalización y Control, E-mail: dfc@munlima.gob.pe
  • Sr. Luís Castañeda Lossio, Alcalde de Lima, Jr. de la Unión 300 / Jr. Conde de Superunda 177, Cercado de Lima, alcalde@munlima.gob.pe

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas del Perú en sus respectivos países.

Ginebra, el 27 de octubre de 2006

Por favor sírvanse informarnos de cualquier acción emprendida, citando el código del presente llamado en su respuesta.

[1] Comisión Internacional de Derechos Humanos para Gays y Lesbianas (IGLHRC), no miembro de la red SOS-Tortura de la OMCT.

[2] En 1996 se creó el « Serenazgo » (el término sereno se utiliza para los policías que hacen guardia durante las horas de la noche), con el fin de controlar la delincuencia y la prostitución callejeras, luego que la municipalidad metropolitana de Lima solicitara políticas concretas orientadas a la reducción de los índices delictivos que se habían incrementado en la década pasada.